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¿Cómo pagar los gastos de calefacción de jubilación en noviembre?

Se cobra directamente en la Seguridad Social y se transfiere directamente a la tarjeta. Una vez que el asegurado haya establecido una relación de seguro de pensión básica y haya pagado las primas de acuerdo con las normas del nuevo lugar de trabajo, el empleador o el asegurado deberá presentar una solicitud por escrito para la transferencia y continuación de la relación de seguro de pensión básica a la sociedad agencia de seguridad en el nuevo lugar asegurado.

Los gastos de calefacción después de la jubilación los cubren las agencias de seguridad social para aquellos que se han jubilado como empleados flexibles y han transferido su relación a la oficina de seguridad social de la calle. Todas las pensiones están bajo la jurisdicción de los departamentos locales de seguridad social y son emitidas por el estado. Participar en el seguro de pensiones social mancomunado y recibir pensiones de jubilación de los bancos encomendadas por la agencia local de seguro social.

El estándar de pago de los gastos de calefacción para los jubilados se divide principalmente según el tiempo de jubilación y el nivel de pensión. Los estándares específicos son los siguientes: el estándar de pago de la tarifa de calefacción es el 10% de la pensión mensual para quienes se han jubilado por menos de diez años. La tarifa de calefacción para quienes se han jubilado por más de diez años pero menos de 20 años es 15. % de la pensión mensual La tarifa de calefacción para quienes se han jubilado durante más de 20 años es inferior a 20 años. El estándar de pago de la tarifa de calefacción durante 30 años es el 20% de la pensión mensual, y el estándar de pago de la tarifa de calefacción para quienes. tener más de 30 años de jubilación es el 25% de la pensión mensual.

Espero que el contenido anterior le resulte útil. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.

Base jurídica: "Medidas provisionales del Consejo de Estado sobre jubilación y renuncia de los trabajadores"

Artículo 1 Trabajadores de empresas, instituciones públicas, organismos del partido y del gobierno y organizaciones de masas de propiedad por todo el pueblo deberán cumplir las siguientes condiciones: uno de ellos deberá jubilarse: los hombres mayores de sesenta años, las mujeres mayores de cincuenta años y los que tengan diez años consecutivos de servicio. Quienes realicen trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, especialmente pesados ​​u otros trabajos nocivos para la salud, hombres mayores de cincuenta y cinco años, mujeres mayores de cuarenta y cinco años y que haber trabajado durante diez años consecutivos. Esta disposición también se aplica a los cuadros de base cuyas condiciones de trabajo sean las mismas que las de los trabajadores. Los hombres tienen más de cincuenta años, las mujeres tienen más de cuarenta y cinco años, han trabajado continuamente durante diez años, están certificados por el hospital y confirmados por el Comité de Evaluación Laboral y han perdido por completo la capacidad para trabajar. Incapacitado por razón del trabajo, certificado por el hospital y determinado por el Comité de Evaluación Laboral como consecuencia de pérdida total de la capacidad para el trabajo.