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Texto completo de las reglas de implementación de la Bolsa de Valores de Shanghai para operaciones de comercio de margen y préstamos de valores

Capítulo 1 Disposiciones Generales

Artículo 1: Con el fin de regular las operaciones de negociación de margen y de préstamo de valores, mantener el orden del mercado de valores y proteger los derechos e intereses legítimos de los inversores, De acuerdo con el "Reglamento sobre la administración de márgenes y negocios de préstamo de valores de las compañías de valores", las "Reglas comerciales de la Bolsa de Valores de Shanghai" y las reglas comerciales pertinentes de la Bolsa, se formulan estas reglas detalladas.

Artículo 2 El término "transacciones de préstamo de valores y márgenes", tal como se menciona en estas reglas detalladas, se refiere a las compañías de valores (en lo sucesivo, "miembros") que son miembros de la Bolsa de Valores de Shanghai (en lo sucesivo, "miembros") que son miembros de la Bolsa de Valores de Shanghai (en lo sucesivo, como la “Bolsa”) proporcionada por los inversionistas. Garantía, el acto de tomar prestados fondos para comprar valores cotizados en la Bolsa o tomar prestados valores cotizados en la Bolsa y venderlos.

Artículo 3 Estas normas detalladas se aplicarán a las operaciones de negociación de margen y de préstamo de valores en la Bolsa. Si no hay disposiciones en estas reglas detalladas, se aplicarán las "Reglas de Transacciones de la Bolsa de Valores de Shanghai" y otras regulaciones relevantes de la Bolsa.

Capítulo 2 Proceso comercial

Artículo 4 La Bolsa implementa la gestión de autoridad de transacción para operaciones de comercio de margen y préstamos de valores. Los miembros que soliciten la autoridad de negociación de margen de la Bolsa deben presentar un informe de solicitud por escrito y los siguientes materiales a la Bolsa:

(1) Aprobación emitida por la Comisión Reguladora de Valores de China (en lo sucesivo, "CRVS" ) La "Licencia comercial de valores" y otros documentos de aprobación relevantes para el negocio de comercio de margen y préstamo de valores;

(2) Documentos relacionados sobre el plan de implementación y el sistema de gestión interna para el negocio de comercio de margen y préstamo de valores;

(3) Lista de altos directivos y personal comercial responsable del comercio de margen y negocios de préstamo de valores y su información de contacto;

(4) Otros materiales requeridos por la Bolsa.

Artículo 5 Los miembros que participen en transacciones de margen y préstamos de valores en la Bolsa abrirán cuentas de valores especiales para préstamos de valores, cuentas de valores garantizadas para transacciones de crédito de clientes, cuentas de fondos especiales de financiamiento y cuentas de fondos garantizados para transacciones de crédito de clientes de conformidad con con las regulaciones pertinentes, e informarlo a la Bolsa para su presentación dentro de los 3 días hábiles posteriores a la apertura de la cuenta.

Artículo 6 Antes de proporcionar financiamiento o préstamo de valores a los clientes, los miembros deberán firmar un contrato de negociación de margen y préstamo de valores y una carta de divulgación del riesgo de transacción de negociación de margen y préstamo de valores con el cliente de acuerdo con las regulaciones pertinentes, y abrir una cuenta de valores de crédito y una tarjeta de crédito para los mismos.

Artículo 7 Los inversores que realicen transacciones de margen y préstamos de valores en la Bolsa a través de miembros deberán seleccionar a un miembro para abrirles una cuenta de valores de crédito de conformidad con las regulaciones pertinentes.

La apertura y cancelación de cuentas de valores de crédito se tramitará de conformidad con las normas pertinentes de los socios y de la institución de registro y compensación designada por la Bolsa.

Cuando un miembro abra una cuenta de valores de crédito para un cliente, deberá declarar el número de unidad de negociación de la transacción prevista. Las solicitudes de transacciones designadas para cuentas de valores de crédito serán aceptadas por la institución de registro y compensación designada encomendada por la Bolsa.

Artículo 8 Si un miembro se ve privado de la autoridad de negociación de margen, deberá liquidar el contrato de negociación de margen correspondiente con su cliente de conformidad con el acuerdo y no participará en ninguna nueva transacción de negociación de margen.

Artículo 9 Cuando un miembro acepta la encomienda de negociación de margen de un cliente, deberá declarar de acuerdo con el formato prescrito por la Bolsa. Las instrucciones de declaración incluirán el número de cuenta de valores de crédito del cliente, el código de la unidad de negociación y el código de valores. , dirección de compra y venta, y precio, cantidad, logotipo de préstamo de valores y financiación de margen, etc.

Artículo 10 La cantidad declarada para financiar compras y préstamos de valores para ventas será de 100 acciones (shares) o un múltiplo entero de la misma.

Artículo 11 El precio declarado para el préstamo de valores no será inferior al último precio de transacción del valor; si no se produce ninguna transacción ese día, el precio declarado no será inferior a su precio de cierre anterior. Las declaraciones inferiores a los precios anteriores son declaraciones no válidas.

Durante el período de préstamo de valores, si un inversionista posee los mismos valores que los valores vendidos a través de cuentas de valores de propiedad o controladas por el inversionista, el precio al que se venden los valores deberá cumplir con las disposiciones de la párrafo anterior, pero excederá del importe del préstamo de valores excepto la parte.

Artículo 12 La Bolsa no acepta órdenes a precio de mercado para el préstamo de valores.

Artículo 13 Después de que los clientes compren valores con financiación, pueden reembolsar los fondos prestados a los miembros vendiendo valores para su reembolso o reembolso directo.

El reembolso por la venta de valores se refiere a un método de pago en el que los clientes solicitan vender valores a través de sus cuentas de valores de crédito, y los fondos obtenidos de la venta de valores durante la liquidación se transfieren directamente a la cuenta de financiamiento especial del miembro.

Si los fondos prestados se reembolsan mediante reembolso directo, la operación específica se gestionará de conformidad con el acuerdo entre el miembro y el cliente.

Artículo 14 Después de que un cliente vende valores, puede reembolsar los valores prestados al miembro comprándolos y reembolsándolos o reembolsándolos directamente.

La compra de bonos y el pago de bonos se refieren a un método de pago de bonos en el que los clientes declaran comprar valores a través de sus cuentas de valores de crédito, y los valores comprados se transfieren directamente a la cuenta de valores especial del miembro para el préstamo de valores durante la liquidación. .

El reembolso de los valores incorporados mediante el reembolso directo de los bonos se realizará de conformidad con el acuerdo entre el miembro y el cliente y las regulaciones pertinentes de la institución de registro y compensación designada por la Bolsa.

Artículo 15 Si un inversor vende una cuenta de valores de crédito y utiliza financiación para comprar valores que aún no han celebrado un contrato, el inversor primero debe reembolsar la deuda de financiación del inversor.

Artículo 16 Antes de que se complete la operación de préstamo de valores correspondiente, los inversores no podrán utilizar el producto de la venta de valores más que para comprar y reembolsar valores.

Artículo 17 El período de financiamiento y préstamo de valores acordado entre el miembro y el cliente se computará a partir de la fecha en que el cliente efectivamente utilice fondos o valores, y el período de financiamiento y préstamo de valores no excederá los 6 meses.

Artículo 18 Las cuentas especiales de valores de los Miembros para el préstamo de valores no se utilizarán para la negociación de valores.

Artículo 19 Las cuentas de valores de crédito de los inversionistas no podrán comprar ni transferir valores distintos de los que puedan ser utilizados como valores de margen, ni podrán utilizarse para participar en colocaciones privadas, suscripciones y rescates de fondos de inversión en valores, bonos Operaciones de reporto, etc.

Artículo 20: La financiación de márgenes y el préstamo de valores no adoptarán por el momento operaciones masivas.

Artículo 21 Si un inversionista no paga el monto total de la garantía a tiempo o no paga la deuda de financiamiento de margen y préstamo de valores a su vencimiento, el miembro deberá tomar medidas de liquidación obligatoria de acuerdo con el acuerdo y disponer de la garantía del cliente. La parte insuficiente podrá recurrirse a los clientes.

Artículo 22 Si un miembro toma medidas de liquidación forzosa de conformidad con el acuerdo con un cliente, deberá declarar una instrucción de liquidación forzosa en el formato prescrito por la Bolsa. La instrucción de declaración incluirá la cuenta de valores de crédito del cliente. número, código de unidad de transacción, código de seguridad, dirección de compra y venta, precio, cantidad, marca de cierre, etc.

Capítulo 3 Valores Subyacentes

Artículo 23 Los siguientes valores cotizados para negociarse en la Bolsa, con la aprobación de la Bolsa, podrán utilizarse como valores subyacentes para compra de margen o préstamo de valores. Valores (en adelante “valores subyacentes”):

(1) Acciones que cumplan con lo dispuesto en el artículo 24 de este Reglamento;

(2) Fondos de inversión en valores;

(3) Bonos;

(4) Otros valores.

Artículo 24 Si los valores subyacentes son acciones, deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Cotizar y negociarse en Bolsa por más de 3 meses;

(2) El capital circulante de las acciones subyacentes compradas mediante financiación no es inferior a 100 millones de acciones o el valor de mercado circulante no es inferior a 500 millones de yuanes, y el capital circulante de las acciones subyacentes vendidas mediante préstamo de valores no es inferior de 200 millones de acciones o el valor de mercado circulante no es inferior a 800 millones de yuanes;

(3) El número de accionistas no es inferior a 4.000;

(4) Ninguno de ellos. Las siguientes situaciones han ocurrido en los últimos tres meses:

1. La tasa de rotación promedio diaria es inferior al 15% de la tasa de rotación promedio diaria del índice de referencia, y el monto promedio de transacciones diarias es menor que 50 millones de yuanes;

2. El aumento y la disminución promedio diarios son consistentes con el aumento y la disminución del índice de referencia. El valor de desviación del promedio de amplitud supera 4;

3. La amplitud de fluctuación alcanza más de 5 veces la amplitud de fluctuación del índice de referencia.

(5) La sociedad emisora ​​de acciones ha completado la reforma de la negociación de acciones;

(6) La transacción de acciones no ha sido objeto de un tratamiento especial por parte de la Bolsa;

(7) Otras condiciones especificadas por la Bolsa.

Artículo 25 Si los valores subyacentes son fondos indexados abiertos negociados en bolsa, deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Cotizar y negociarse durante más de tres meses;

(2) El tamaño promedio diario de los activos en los últimos tres meses no será inferior a 2 mil millones de yuanes

(3) El número de hogares que poseen fondos no será inferior a 4.000; .

Salvo que la Bolsa disponga lo contrario.

Artículo 26 La Bolsa seleccionará y determinará la lista de valores subyacentes del alcance de los valores que cumplan con las disposiciones de estas Reglas Detalladas de acuerdo con los principios de estricto a indulgente, de pocos a grandes, y Ampliar progresivamente y presentar la lista anunciada al mercado.

La Bolsa podrá ajustar los criterios de selección y la lista de valores subyacentes en función de las condiciones del mercado.

Artículo 27 La lista de valores subyacentes anunciada por los miembros a sus clientes no excederá el alcance de los valores subyacentes anunciados por la Bolsa.

Artículo 28: Se suspende la negociación de los valores subyacentes, y los miembros y sus clientes podrán liquidar los contratos de financiación de margen y préstamo de valores pertinentes según lo acordado por ambas partes.

Si se suspende la negociación de los valores subyacentes y la fecha de reanudación de la negociación es posterior a la fecha de vencimiento de la deuda de financiación de margen y préstamo de valores, el período de financiación de margen y préstamo de valores puede ampliarse. La extensión será acordada por el miembro y su cliente.

Artículo 29: Si la operación accionaria subyacente está sujeta a tratamiento especial, la Bolsa ajustará la acción fuera del alcance de los valores subyacentes a partir del día en que la acción esté sujeta a tratamiento especial.

Artículo 30: Si los valores subyacentes entran en el procedimiento de terminación de cotización, la Bolsa ajustará el alcance de los valores subyacentes a partir del día en que el emisor haga el anuncio correspondiente.

Artículo 31 Si los valores se ajustan fuera del alcance de los valores subyacentes, los contratos de negociación de margen y de préstamo de valores incompletos antes de que se implemente el ajuste seguirán siendo válidos. Los miembros y sus clientes pueden liquidar por adelantado, de común acuerdo, los contratos de financiación de margen y de préstamo de valores pertinentes.

Capítulo 4 Margen y Garantía

Artículo 32 Cuando los miembros proporcionen financiación o préstamo de valores a los clientes, deberán cobrar una determinada proporción del margen de los clientes. El margen podrá ser compensado con los valores subyacentes y otros valores reconocidos por la Bolsa.

Artículo 33 Para los valores que pueden utilizarse como margen, al calcular el monto del margen, el valor de mercado o el valor neto del valor se convertirá a la siguiente tasa de conversión:

( 1) Índice SSE 180 La tasa de conversión máxima para las acciones constituyentes no excederá de 70, y la tasa de conversión máxima para otras acciones de acciones A no excederá de 65. La tasa de conversión para las acciones de acciones A sujetas a un tratamiento especial y suspendidas de cotización es 0;

(2) Transacciones La tasa de conversión máxima de los fondos indexados abiertos negociados en bolsa no excederá 90;

(3) La tasa de conversión máxima de los bonos gubernamentales no exceder 95;

(4) La tasa de conversión de otros valores cotizados, fondos de inversión y bonos. La tasa máxima no excederá 80;

(5) La tasa de conversión de los warrants es 0.

Artículo 34: La Bolsa deberá seguir el principio de prudencia, revisar, seleccionar y determinar la lista de valores que pueden utilizarse como margen, y anunciarlo al mercado.

La Bolsa podrá ajustar la lista y tasa de conversión de los valores que pueden ser utilizados como margen de acuerdo a las condiciones del mercado.

Artículo 35 La lista de valores que pueden usarse como márgenes publicada por los miembros no excederá el alcance de los valores que pueden usarse como márgenes publicados por la Bolsa.

Los miembros pueden determinar diferentes tasas de conversión para varios valores que pueden usarse como márgenes basados ​​en la liquidez, la volatilidad y otros indicadores.

La tasa de conversión de los valores que pueden ser utilizados como margen anunciada por los miembros no deberá ser superior a los estándares estipulados por la Bolsa.

Artículo 36 Cuando los inversores compren valores con financiación, el ratio del margen de financiación no será inferior al 50%.

El índice de margen de financiación se refiere a la relación entre el margen entregado por los inversores al comprar financiación y el monto de las transacciones de financiación. La fórmula de cálculo es:

El índice de margen de financiación = margen/. (valores adquiridos mediante financiación cantidad

El índice de margen para el préstamo de valores se refiere a la relación entre el margen entregado cuando un inversor vende valores y el monto de la transacción de préstamo de valores. La fórmula de cálculo es:

El índice de margen. para préstamo de valores = margen/( (Cantidad de valores vendidos mediante préstamo de valores × precio de venta) × 100

Artículo 38 El margen utilizado por los inversores al comprar mediante financiación de margen o vender mediante préstamo de valores no excederá el disponible equilibrio de su margen.

El saldo de margen disponible se refiere al margen total formado después de convertir el efectivo, el valor de mercado de los valores y las ganancias flotantes generadas por las transacciones comerciales de margen utilizadas por los inversores para compensar el margen, menos el margen comercial no finalizado de los inversores. La transacción ha ocupado el saldo del margen y los intereses y comisiones relacionados.

La fórmula de cálculo es:

Saldo disponible de margen = efectivo ∑ (valor de mercado de los valores que se pueden utilizar como margen × tasa de conversión) ∑ [(valor de mercado de los valores adquiridos mediante financiación – cantidad de financiación adquirida) × tasa de conversión] ∑ [ (Cantidad vendida mediante préstamo de valores - Valor de mercado de los valores vendidos mediante préstamo de valores) × Tasa de conversión] - ∑ Cantidad vendida mediante préstamo de valores - ∑ Cantidad de valores comprados mediante negociación de margen × Relación de margen de financiación - ∑ Valor de mercado de valores vendidos mediante préstamo de valores × Relación de margen de préstamo de valores - Intereses y comisiones

En la fórmula, la cantidad de valores vendidos mediante préstamo de valores = la cantidad de valores vendidos mediante préstamo de valores × el precio de venta, el valor de mercado de los valores vendidos mediante préstamo de valores = número de valores vendidos mediante préstamo de valores × precio de mercado, valores vendidos mediante préstamo de valores El número de valores vendidos se refiere al número de valores que aún no se han reembolsado después de vender los valores; ∑[(valor de mercado de los valores adquiridos mediante financiación de margen – cantidad de valores vendidos mediante financiación de margen) × tasa de conversión], ∑[(cantidad vendida mediante préstamo de valores – valor de mercado de los valores vendidos mediante financiación de margen) × tasa de conversión] se refiere al tasa de conversión correspondiente a los valores adquiridos mediante financiación de margen y los valores vendidos mediante préstamo de valores Cuando el valor de mercado de los valores adquiridos mediante financiación de margen sea inferior al importe adquirido mediante financiación de margen o el valor de mercado de los valores vendidos mediante financiación de margen sea superior a dicho importe. vendido a través de préstamo de valores Cuando, la tasa de conversión se calcula como 100.

Artículo 39 El margen cobrado por un miembro del cliente, todos los valores comprados por el cliente a través de financiación y todos los fondos obtenidos de la venta de préstamos de valores se utilizarán colectivamente como garantía de la deuda contraída por el cliente. contra la financiación y el préstamo de valores del miembro.

Artículo 40 Los miembros deben realizar un seguimiento general de las garantías presentadas por los clientes y calcular su índice de garantía de mantenimiento. El índice de garantía de mantenimiento se refiere a la relación entre el valor de la garantía del cliente y su margen de financiación y deuda de préstamo de valores. La fórmula de cálculo es:

El índice de garantía de mantenimiento = (el valor total de mercado de los valores en. la cuenta de valores de crédito en efectivo)/(el monto de la compra financiera) El número de valores vendidos mediante préstamo de valores × la suma de los intereses y tarifas del precio de mercado actual)

Los valores en la cuenta de valores de crédito del cliente se eliminan de la gama de valores que pueden utilizarse como margen, están suspendidos de negociación, están sujetos a un tratamiento especial, etc. Para valores en tránsito que aún no han llegado por circunstancias o por enajenación de capital, etc., al calcular el valor del cliente. índice de garantía de mantenimiento, el miembro puede calcular su valor de mercado en función del precio justo u otros métodos de fijación de precios de acuerdo con el acuerdo con el cliente.

Artículo 41 El ratio de garantía de mantenimiento del cliente no será inferior a 130.

Cuando el cliente mantenga el ratio de garantía por debajo de 130, el miembro deberá notificar al cliente para añadir garantía adicional dentro del plazo acordado. El citado plazo no podrá exceder de 2 días hábiles.

El índice de garantía de mantenimiento después de que el cliente agregue garantía adicional no será inferior a 150.

Artículo 42 Cuando el índice de garantía de mantenimiento excede 300, el cliente puede retirar efectivo del saldo disponible del margen o valores para compensar el margen, pero el índice de garantía de mantenimiento después del retiro no será inferior a 300. Salvo que la Bolsa disponga lo contrario.

Artículo 43 Cuando la Bolsa lo considere necesario, podrá ajustar el índice de margen para financiamiento y préstamo de valores y las normas para mantener el índice de garantía, y anunciarlo al mercado.

Artículo 44 El índice de margen de financiación, el índice de margen de préstamo de valores y el índice de garantía de mantenimiento anunciados por los miembros no serán inferiores a los estándares prescritos por la Bolsa.

Artículo 45 Los inversores no presentarán como garantía valores que hayan sido garantizados o tengan otros derechos de terceros y hayan sido objeto de medidas judiciales como embargo o embargo, y los socios no prestarán dichos valores a clientes. .

Capítulo 5 Divulgación de información y presentación de informes

Artículo 46 Los miembros deberán informar a la Bolsa el monto de compra de cada financiamiento de valores subyacentes ese día antes de las 22:00 horas de cada día de negociación, financiamiento. monto de reembolso, saldo de financiamiento, volumen de ventas de préstamos de valores, volumen de reembolso de préstamos de valores y saldo de préstamos de valores y otros datos.

Los miembros deben asegurarse de que los datos enviados sean verdaderos, precisos y completos.

Artículo 47 Antes de la apertura del mercado en cada día de negociación, la Bolsa anunciará al mercado la siguiente información con base en los datos presentados por los miembros:

(1) Órdenes únicas en el día de negociación anterior Información sobre las transacciones de negociación de margen de valores subyacentes, incluido el monto de compra de margen, el saldo de financiamiento, el volumen de ventas de préstamos de valores, el saldo de préstamos de valores y otra información;

(2) Transacciones totales de negociación de margen de mercado y préstamos de valores en la cantidad de información del día de negociación anterior.

Artículo 48 Los Miembros deberán informar a la Bolsa dentro de los 7 días hábiles siguientes al final de cada mes, el estado de sus negocios de negociación de margen y préstamo de valores en ese mes.

Capítulo 6 Control de Riesgos

Artículo 49: Cuando el saldo de financiamiento de un único título subyacente alcance el 25% del valor de mercado negociable del título, la Bolsa podrá Suspender sus compras de financiamiento y anunciarlo al mercado.

Cuando el saldo financiero del valor subyacente cae por debajo de 20, la Bolsa puede reanudar sus compras financieras el siguiente día de negociación y anunciarlo al mercado.

Artículo 50: Cuando el margen de préstamo de valores de un único título subyacente alcance el 25% del monto negociable cotizado de los valores, la Bolsa podrá suspender su préstamo y venta de valores el siguiente día de negociación y anunciarlo al mercado. .

Cuando el margen de préstamo de valores del valor subyacente cae por debajo de 20, la Bolsa puede reanudar su préstamo y venta de valores el siguiente día de negociación y anunciarlo al mercado.

Artículo 51 La Bolsa vigilará las operaciones de negociación con margen de mercado y de préstamo de valores. Cuando se presenten anomalías en las operaciones de negociación de margen, la Bolsa podrá tomar las siguientes medidas según las circunstancias y anunciarlas al mercado:

(1) Ajustar los estándares o alcance de los valores subyacentes

;

(2) Ajustar la posible tasa de conversión de los valores utilizados como margen;

(3) Ajustar la relación de margen para financiamiento y préstamo de valores;

(4) Ajustar la ratio de garantía de mantenimiento;

(5) ) Suspensión de transacciones de compra o venta en corto de margen de valores subyacentes específicos;

(6) Suspensión de transacciones de compra o venta en corto de margen de todo el mercado ;

(7) Otras medidas que la Bolsa considere necesarias.

Artículo 52 Si hay comportamientos comerciales anormales en el comercio de margen y el préstamo de valores, la Bolsa podrá tomar medidas tales como restringir las transacciones en las cuentas de valores relevantes, según corresponda.

Artículo 53 Los miembros deberán monitorear las transacciones de margen comercial y de préstamo de valores de sus clientes de acuerdo con los requisitos de la Bolsa, e informarán de manera proactiva y oportuna a la Bolsa las transacciones de margen anormales y de préstamo de valores de sus clientes.

Artículo 54 La Bolsa podrá, según sea necesario, revisar los sistemas de control interno de los miembros, las especificaciones operativas comerciales, las medidas de gestión de riesgos y el funcionamiento seguro del sistema de tecnología de negociación relacionado con el comercio de margen y el negocio de préstamo de valores, según así como los pertinentes de la Bolsa. Verificar la ejecución de las reglas comerciales, etc.

Artículo 55 Si un miembro viola estas reglas, la Bolsa podrá tomar medidas regulatorias pertinentes e imponer sanciones de acuerdo con las regulaciones pertinentes, y podrá suspender o cancelar sus transacciones de financiamiento o préstamo de valores en la Bolsa, según corresponda. permisos.

Capítulo 7 Otras Materias

Artículo 56: Las acciones mantenidas por los socios a través de cuentas de valores garantizados por transacciones de crédito de clientes no se incluyen en sus propias acciones, y los socios no están obligados a pagar por cambios en el número de acciones y realizar las correspondientes obligaciones de presentación de información, divulgación u oferta pública de adquisición.

Cuando los inversores y sus personas actuando concertadamente posean el número total de acciones y participaciones patrimoniales de una sociedad cotizada a través de cuentas de valores ordinarias y cuentas de valores de crédito, o su aumento o disminución alcance una proporción prescrita, deberán realizar obligaciones correspondientes de conformidad con la ley.

Artículo 57 Respecto de los valores registrados en la cuenta de valores garantizados de operaciones crediticias del cliente, el miembro ejercerá sus derechos frente al emisor en nombre propio y en beneficio del cliente. Cuando los miembros ejerzan sus derechos contra el emisor, deberán buscar previamente la opinión de los clientes y tratar el asunto de acuerdo con sus opiniones. Si el cliente no ha expresado su opinión, el miembro no podrá tomar la iniciativa de ejercer sus derechos frente al emisor.

Los derechos frente al emisor mencionados en el párrafo anterior se refieren a solicitudes para convocar a una asamblea de tenedores de valores, participar en una asamblea de tenedores de valores, hacer propuestas, votar, suscribir acciones de adjudicación, solicitar la distribución de rentas de inversiones, etc. Derechos derivados de valores.

Artículo 58 El manejo de dividendos, dividendos, adjudicaciones y otros derechos e intereses de valores en las cuentas de valores garantizados para negociación de crédito de los clientes miembros se manejará de conformidad con las “Medidas Administrativas para el Préstamo de Margen y Valores Negocios de Sociedades de Valores” y la agencia de registro y compensación que designe la Bolsa. Manejar las normas pertinentes.

Capítulo 8 Disposiciones Complementarias

Artículo 59 Los siguientes términos de estas reglas tienen los siguientes significados:

(1) Tasa de rotación promedio diaria, se refiere al pasado 3 La tasa de rotación diaria promedio del valor subyacente o índice de referencia dentro de un mes;

(2) Aumento o disminución diario promedio, que se refiere al aumento o disminución diaria absoluta del valor subyacente o índice de referencia en los últimos tres meses El valor promedio;

(3) El rango de fluctuación se refiere a la relación entre la diferencia entre el precio más alto y el precio más bajo del valor subyacente o índice de referencia y el promedio del precio más alto y el precio más bajo de los últimos tres meses;

(3) Rango de fluctuación p>

(4) El índice de referencia se refiere al índice compuesto de Shanghai;

(5) Anormal; El comportamiento comercial se refiere al comportamiento comercial anormal estipulado en las "Reglas comerciales de la Bolsa de Valores de Shanghai".

(6) El valor de mercado negociable cotizado de un fondo indexado abierto cotizado en bolsa se refiere al producto de su precio de cierre del día y las acciones después de la liquidación del día.

Artículo 60 Los inversores solo pueden presentar sus valores como garantía para transacciones de negociación de margen después de que las acciones de asignación del mercado de Shanghai mantenidas en el mercado de Shenzhen a través de la cuenta de valores general de Shanghai se transfieran a la cuenta de valores general de Shenzhen.

Los inversores pueden presentar como garantía para transacciones de negociación de margen sólo después de que las acciones emitidas en el mercado de Shenzhen mantenidas a través de la cuenta de valores ordinaria de Shenzhen se transfieran a la cuenta de valores ordinaria de Shanghai.

Artículo 61 Para las operaciones de negociación de margen y de préstamo de valores celebradas de conformidad con estas Normas Detalladas, las reglas específicas de compensación y liquidación se aplicarán de conformidad con las normas de la institución de registro y liquidación designada por la Bolsa.

Artículo 62 Los términos "más que", "menos que" y "menos que" mencionados en estas reglas detalladas no incluyen el número original, y "arriba", "abajo" y "alcance" incluyen el número original.

Artículo 63 La Firma es responsable de la interpretación de este Reglamento.

Artículo 64 Las presentes normas detalladas entrarán en vigor en la fecha de su promulgación.