Disolución y terminación del Reglamento de Contratos Laborales de Shanghai
Artículo 29
El contrato de trabajo podrá rescindirse por consenso de las partes del contrato de trabajo.
Artículo 30
Para rescindir el contrato de trabajo, el trabajador deberá comunicarlo por escrito al empleador con 30 días de antelación.
Artículo 31
En cualquiera de las siguientes circunstancias, el trabajador podrá notificar al empleador la terminación del contrato de trabajo en cualquier momento.
(1) Durante el período de prueba;
(2) El empleador utiliza violencia, amenazas o restricciones ilegales a la libertad personal para forzar el trabajo
(3); ) El empleador no paga la remuneración laboral ni proporciona condiciones laborales de acuerdo con el contrato de trabajo.
Artículo 32
En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo, pero deberá notificarlo por escrito al trabajador con treinta días de antelación:
(1) El empleado está enfermo o lesionado no debido al trabajo, y después de la expiración del período de tratamiento médico, no puede realizar el trabajo original u otro trabajo organizado por el empleador;
(2 ) El empleado es incompetente para el trabajo y aún no puede realizar el trabajo después de capacitarse o ajustar el puesto de trabajo;
(3) Las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo han sufrido cambios importantes, haciendo es imposible cumplir el contrato de trabajo original, y el contrato de trabajo no puede ejecutarse después de que la negociación entre las partes haya llegado a un acuerdo sobre el cambio del contrato de trabajo.
Si el empleador no notifica al empleado con 30 días de anticipación la rescisión del contrato como se requiere, el empleador asumirá las obligaciones estipuladas en el contrato de trabajo para con el empleado dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la notificación.
Artículo 33
Si un trabajador concurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo en cualquier momento:
(1) Está empleado durante el período de prueba demostrar que no cumple con las condiciones de empleo;
(2) violar gravemente la disciplina laboral o las normas y reglamentos del empleador;
(3) descuidar gravemente los propios deberes, incurrir en malas prácticas para beneficio personal y causar daño significativo a los intereses del empleador Daño;
(4) Ser penalmente responsable de conformidad con la ley;
(5 ) Otras circunstancias previstas por las leyes y reglamentos.
Artículo 34
Si un trabajador concurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador no podrá rescindir el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 y 35 de este Reglamento: p>
(1) Sufre enfermedades profesionales o lesiones relacionadas con el trabajo y se confirma que ha perdido total o parcialmente la capacidad para trabajar;
(2) Estar enfermo o lesionado dentro del período médico prescrito. ;
(3) Empleadas durante el embarazo, parto o período de lactancia;
(4) Otras situaciones previstas por las leyes y reglamentos.
Artículo 35
Si el empleador realmente necesita despedir a sus empleados de conformidad con la ley, deberá explicar la situación al sindicato o a todos los empleados y escuchar sus opiniones. El plan de despido del empleador se determinará sobre la base de medidas correctivas en consulta con el sindicato o los representantes de los trabajadores, y se informará al departamento administrativo del trabajo y de la seguridad social.
Cuando un empresario implementa un plan de despidos, debe comunicarlo al sindicato y a los propios trabajadores con 30 días de antelación.
Si un empresario reduce su plantilla de acuerdo con lo dispuesto en este artículo y contrata personal en el plazo de seis meses, dará prioridad al personal que haya sido despedido.
Artículo 36
Cuando un empleador rescinda unilateralmente el contrato de trabajo de un empleado, deberá notificar al sindicato con antelación las razones que considere que el empleador ha violado las leyes, reglamentos. y contratos pertinentes y requiere una nueva terminación. Al estudiar y tramitar el caso, el empleador deberá estudiar las opiniones del sindicato y notificar al sindicato por escrito los resultados del tratamiento.
Artículo 37
El contrato de trabajo se extinguirá en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) El contrato de trabajo expira;
(2) Aparecen las condiciones para la terminación del contrato de trabajo pactado por las partes;
(3) El empleador quiebra, se disuelve o revoca;
(4) El jubilación del empleado, Jubilación y fallecimiento.
Si las partes del contrato de trabajo efectivamente no han cumplido el contrato de trabajo durante tres meses, el contrato de trabajo podrá rescindirse.
Si un empleado sufre una enfermedad profesional o se lesiona en el trabajo, y se confirma que ha perdido parcialmente la capacidad para trabajar, y el empleador paga subsidios de empleo por discapacidad de acuerdo con las regulaciones, el contrato de trabajo puede ser finalizado.
Artículo 38
Si un empleado padece una enfermedad profesional o se lesiona en el trabajo y se confirma que ha perdido toda o la mayor parte de su capacidad para trabajar, el empleador no podrá rescindir el contrato. contrato de trabajo, pero si las partes del contrato llegan a un consenso y el empleador paga subsidios de empleo por discapacidad de acuerdo con la reglamentación, el contrato de trabajo también puede rescindirse.
Artículo 39
Si expira el contrato de trabajo o aparecen las condiciones para la terminación del contrato de trabajo pactadas por las partes, y el trabajador concurre con alguna de las siguientes circunstancias, no no estar comprendidos al mismo tiempo en el artículo 30 de este Reglamento. Según lo establecido en los incisos 2, 3 y 4 del artículo 3, la duración del contrato de trabajo se prorrogará hasta que desaparezcan las siguientes circunstancias:
(1). ) Enfermedad o lesión dentro del período médico prescrito;
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(2) Empleadas durante el embarazo, parto o período de lactancia
(3) Otras situaciones estipuladas por; leyes, reglamentos y reglas.
Artículo 40
Si se debe celebrar un contrato de trabajo y no se celebra, el trabajador podrá dar por terminada la relación laboral en cualquier momento.
Si se concluye un contrato de trabajo pero no se ha celebrado, y el empleador propone terminar la relación laboral, deberá notificarlo al trabajador con 30 días de anticipación, no obstante, si el trabajador concurre con alguna de las circunstancias. estipulado en el artículo 39, la relación laboral se prorrogará hasta que desaparezca la situación.
Artículo 41
En caso de rescisión o terminación de un contrato de trabajo, el empleador deberá expedir un certificado válido de rescisión o terminación de la relación contractual de trabajo.
Los trabajadores pueden gestionar directamente los trámites de registro de desempleo con materiales de certificación válidos.
Artículo 42
En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador deberá pagar al trabajador un mes de salario por cada año completo con base en el número de años que haya trabajado en la unidad Económica. compensación:
(1) El empleador propone rescindir el contrato de trabajo con el empleado de conformidad con el artículo 29 de este Reglamento;
(2) El empleado propone rescindir el contrato de trabajo de conformidad con el artículo 29 de este Reglamento, los incisos 2 y 3 del artículo 31 prevén la terminación del contrato de trabajo;
(3) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con el inciso 2 del artículo 32, Párrafo 1 de este Reglamento;
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(4) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32, párrafo 1, inciso 1 y inciso 3 de este Reglamento
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(5) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con este Reglamento; el artículo 35 prevé la rescisión del contrato de trabajo;
(6) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con este Reglamento; lo dispuesto en el artículo 37, apartado 3, de este Reglamento.
En el caso de cualquiera de las circunstancias especificadas en los puntos 1, 2 y 3 del párrafo anterior, el importe total de la indemnización no excederá, con carácter general, de los ingresos salariales del trabajador durante doce meses, no obstante, si las partes. acuerda que el monto excede el monto, se aplicará el monto total de la compensación del Acuerdo.
Artículo 43
Si las condiciones de terminación estipuladas en el contrato de trabajo son las mismas que las condiciones de terminación estipuladas en este reglamento, el empleador deberá indemnizar de acuerdo con las normas de compensación correspondientes al contrato. Terminación en estas normas. Compensación económica para los trabajadores.
Artículo 44
Si el empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32, párrafo 1, inciso 1 de este Reglamento, además de proporcionar la compensación económica que corresponda, También deberían proporcionarse subsidios médicos que no sean inferiores a los ingresos salariales de seis meses del trabajador.
Artículo 45
Los salarios e ingresos de los artículos 42 y 44 de este Reglamento se basarán en los salarios devengados en los doce meses anteriores a que el trabajador termine o rescinda el contrato de trabajo. En el cálculo del ingreso salarial promedio, si el ingreso salarial mensual promedio de los trabajadores es inferior al estándar de salario mínimo para los empleados de esta ciudad, se calculará de acuerdo con el estándar de salario mínimo para los empleados de esta ciudad.
Si el número de años de servicio en la unidad especificada en el artículo 42 de este Reglamento es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año.