Segundo año de patente

El artículo 98 de las Normas de aplicación de la Ley de Patentes estipula que las tasas anuales posteriores al año en que se concede el derecho de patente se pagarán antes de la expiración del año anterior.

En otras palabras, no tienes que esperar hasta el último mes; también dice que debes pagar el año actual antes de que expire el “año anterior”.

Por ejemplo, si lo pagas en junio de este año, podrás pagarlo ahora, pero será difícil pagarlo el año que viene.