Red de conocimiento del abogados - Bufete de abogados - Tengo 21 años, ¿todavía puedo servir como soldado?

Tengo 21 años, ¿todavía puedo servir como soldado?

Puedes incorporarte al ejército a los 21 años. Los requisitos de edad específicos para incorporarte al ejército son los siguientes:

Hombre: de 18 a 20 años Jóvenes graduados. desde la escuela secundaria se puede relajar hasta los 21 años. El límite de edad se puede relajar hasta los 22 años para los estudiantes de la escuela, el límite de edad se puede relajar hasta los 23 años para los graduados universitarios de nivel vocacional superior y el límite de edad se puede relajar hasta los 21 años. 24 años para estudiantes universitarios o superiores.

Mujer: los recién graduados de escuelas secundarias ordinarias deben tener entre 17 y 19 años en 2015. Los estudiantes actualmente en colegios y universidades ordinarias deben tener 20 años y los recién graduados deben tener 22 años. Información ampliada

Serán reclutados para el servicio activo los ciudadanos varones que cumplan 18 años antes del 31 de diciembre de cada año. Aquellos que no fueron reclutados ese año aún pueden ser reclutados para el servicio activo antes de los 22 años.

En función de las necesidades del ejército, las ciudadanas podrán ser reclutadas para el servicio activo de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. De acuerdo con las necesidades de los militares y el principio de voluntariedad personal, los ciudadanos y ciudadanas que tengan 17 años pero no 18 años antes del 31 de diciembre de ese año pueden ser reclutados para el servicio activo.

Están exentos del servicio militar los ciudadanos con defectos físicos graves o discapacidades graves que no sean aptos para el servicio militar. Los ciudadanos reclutados son la única fuerza laboral que mantiene a sus familias o son estudiantes que asisten a escuelas de tiempo completo y pueden aplazar el reclutamiento.

No se reclutarán personas que hayan sido privadas de derechos políticos de conformidad con la ley. No serán reclutados los ciudadanos que se encuentren detenidos y estén siendo investigados, procesados ​​o juzgados, o que hayan sido condenados a prisión, detención penal o vigilancia y estén cumpliendo sus penas.

Red Nacional de Contratación-Reglamento de Contratación