¿Puedo presentar el examen judicial a los 40 años?
2. Para postularte para ejercer la abogacía, debes cumplir las siguientes condiciones. :
(1) Apoyar la Constitución de la República Popular China;
(2) Aprobar el examen judicial nacional unificado
(3) Pasar en una ley; firma por un año;
(4) Buena conducta.
El certificado de calificación de abogado obtenido antes de la implementación del Examen Judicial Unificado Nacional tiene el mismo efecto que el certificado del Examen Judicial Unificado Nacional al momento de solicitar el ejercicio de la abogacía.
3. Para postularse para ejercer la abogacía, se debe presentar una solicitud al departamento administrativo judicial del gobierno popular de una ciudad distrital o municipio directamente dependiente del Gobierno Central, y se deben presentar los siguientes materiales:
(1) Aprobó el Certificado de Examen Judicial Unificado Nacional;
(2) Materiales emitidos por el Colegio de Abogados que indiquen que el solicitante ha aprobado la evaluación de la pasantía;
(3) Certificado de identidad del solicitante;
(4) Certificado del despacho de abogados que acepta aceptar al solicitante.
Si solicita ejercer como abogado a tiempo parcial, también debe presentar prueba de que su empleador acepta la ocupación de abogado a tiempo parcial del solicitante.
El departamento que acepte la solicitud deberá realizar un examen dentro de los 20 días siguientes a la fecha de aceptación y presentar las opiniones del examen y todos los materiales de la solicitud al departamento administrativo judicial del gobierno popular de la provincia, región autónoma, o municipio directamente dependiente del Gobierno Central. El departamento administrativo judicial del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central revisará los materiales presentados dentro de los diez días siguientes a la fecha de recepción y tomará una decisión sobre si permite la práctica. Si al solicitante se le permite ejercer la abogacía, se le expedirá un certificado de ejercicio de la abogacía; si no se le permite ejercer la abogacía, se le dará una explicación por escrito de los motivos.
4. Base jurídica: Artículos 5 y 6 de la Ley de Abogados.