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Los derechos de patente han caducado. ¿Puedo solicitar la restauración?

Análisis legal: si el derecho de patente ha terminado, puede solicitar la restauración. Sin embargo, si los derechos del titular de la patente terminan por causa de fuerza mayor, podrá solicitar el restablecimiento de sus derechos dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se eliminen los obstáculos y, a más tardar, dos años después de la fecha de vencimiento.

Base jurídica: Artículo 6 de las “Normas de Desarrollo de la Ley de Patentes”. Si una parte retrasa el plazo estipulado en la Ley de Patentes o estas Reglas o el plazo designado por el Departamento de Administración de Patentes del Consejo de Estado por razones de fuerza mayor, resultando en la pérdida de sus derechos, la parte podrá, dentro de los dos meses a partir de la fecha en que se elimine el obstáculo, o a más tardar a partir de la fecha de vencimiento del plazo, solicitar al departamento de administración de patentes del Consejo de Estado la restitución de los derechos. Si una parte solicita el restablecimiento de derechos de conformidad con lo dispuesto en los párrafos 1 ó 2 de este artículo, deberá presentar una solicitud de restablecimiento de derechos, explicar los motivos, adjuntar los documentos justificativos pertinentes si fuera necesario y completar los trámites correspondientes que correspondan. completarse antes de perder los derechos de conformidad con el párrafo 2 de este artículo. Según la normativa, si solicita la restitución de sus derechos, también deberá pagar una tarifa; Lo dispuesto en los apartados 1 y 2 de este artículo no se aplicará a los plazos señalados en los artículos 24, 29, 42 y 68 de la Ley de Patentes.