Nueva normativa sobre circulación de vehículos eléctricos
Las nuevas normas de circulación para vehículos eléctricos son las siguientes:
1. Cuando las bicicletas eléctricas circulen por carriles no motorizados, la velocidad máxima no excederá los 15 kilómetros por hora.
2. El peso del vehículo no puede exceder los 55KG.
3. La potencia del motor del vehículo eléctrico es de 400W.
4. Debe tener función de pedal. Si la bicicleta eléctrica supera la norma, será tratada como una motocicleta eléctrica, y los procedimientos para la obtención de la licencia y el permiso de conducir son similares a los de los vehículos de motor.
Base jurídica:
"Ley de Seguridad Vial de la República Popular China"
Artículo 57: Conducción de vehículos no motorizados en la carretera Al conducir, debe cumplir con las normas de seguridad vial pertinentes. Los vehículos no motorizados deberán circular por carriles no motorizados; en vías sin carriles no motorizados, deberán circular por el lado derecho de la calzada.
Artículo 58: Cuando en carriles no motorizados circulen sillas de ruedas motorizadas y bicicletas eléctricas para personas con discapacidad, la velocidad máxima no deberá exceder los 15 kilómetros por hora.
Artículo 59: Los vehículos no motorizados se estacionarán en lugares prescritos. Si no existiera plaza de aparcamiento, el estacionamiento de vehículos no a motor no deberá obstaculizar el paso de otros vehículos y peatones.