¿Por qué la reestructuración empresarial requiere una evaluación de activos?
En cuanto al alcance de la evaluación de la reestructuración de empresas estatales, ha habido una gran controversia en la industria, es decir, si los derechos de patentes, tecnologías no patentadas, derechos de marcas, La plusvalía y otros activos intangibles deben incluirse en el alcance de la evaluación durante la reestructuración. Se entiende que en reformas anteriores de las empresas estatales, especialmente en las ventas de pequeñas empresas en todo el país a mediados y finales de la década de 1990, la mayoría de las empresas estatales no incluían estos activos intangibles (especialmente los derechos de marcas y el fondo de comercio) en El alcance de la evaluación y, por supuesto, no los incluyeron. El alcance de la reestructuración no está incluido en el alcance de las transacciones de activos de empresas estatales, lo que hace que el valor de estos activos intangibles desaparezca durante la reestructuración de las empresas estatales. Por supuesto, esto también puede estar relacionado con la escasa conciencia de las empresas estatales en términos de protección de tecnología, creación y mantenimiento de marcas, pero la razón más importante es que las partes relevantes en la reforma y venta de empresas estatales están deliberadamente evitando este problema y jugando sistemáticamente las llamadas "bolas de borde". Dichos activos intangibles no existen dentro del alcance de la evaluación, reestructuración y venta de empresas estatales. Sin embargo, una vez que la reestructuración o transacción sea exitosa, el nuevo cesionario puede tomar posesión de estos activos intangibles de forma natural y directa. lo que lleva a la pérdida "oculta" de activos estatales. Por otro lado, debido a las restricciones y regulaciones del sistema contable actual y de las normas contables, los activos intangibles como los derechos de patentes, las tecnologías no patentadas, los derechos de marcas registradas y el fondo de comercio de las empresas estatales a menudo no se reflejan o son seriamente insuficientes en los estados financieros. El balance de la empresa también constituye otra razón para los jugadores "laterales" antes mencionados.
Por supuesto, en evaluaciones anteriores de reestructuraciones o ventas de empresas estatales, correspondía al cliente decidir si los activos intangibles como derechos de patentes, tecnologías no patentadas, derechos de marcas registradas y fondo de comercio debían ser incluido en el alcance de la evaluación, y las agencias de evaluación a menudo solo hacen revelaciones vagas en el informe de evaluación, como "el alcance de esta evaluación se limita a los activos declarados por el cliente". la empresa estatal es propietaria de estos activos intangibles y si estos activos intangibles están incluidos en el alcance de la evaluación promulgada por los "Dictámenes". Las nuevas opiniones exigen claramente que "los derechos de patentes de una empresa, las tecnologías no patentadas, los derechos de marcas, el fondo de comercio y otros activos intangibles deben incluirse en el alcance de la evaluación", resolviendo por completo este delicado tema que ha sido controvertido durante mucho tiempo. De acuerdo con los derechos y obligaciones de la parte encargante y de la parte encargada, la determinación específica del alcance de la evaluación será determinada por la parte encargante (en este caso se refiere a la empresa estatal o su departamento superior competente) después de revisar el activo. proceso de verificación. Los "Dictámenes" también reiteraron las responsabilidades del sujeto de liquidación de activos y verificación de capital: "El representante legal y responsable financiero de la empresa reestructurada será responsable de la autenticidad y exactitud de los resultados de la liquidación de activos y de la verificación de capital". Como parte encargada de la valoración de activos, la agencia de tasación debe verificar los resultados de la verificación de activos y capital de la parte encargada, especialmente los activos intangibles que han sido incluidos en el alcance de la evaluación pero no incluidos en el alcance de la evaluación. Si los activos intangibles no están incluidos en el alcance de la evaluación después de haber sido presentados a la parte encargada, deben revelarse claramente en el informe de evaluación.
Además, según el principio de conservadurismo, la práctica actualmente aceptada internacionalmente es que los activos contingentes y los activos relacionados o ventajosos generalmente no se divulguen. Por lo tanto, estos activos contingentes y activos relacionados o ventajosos no pueden incluirse en el alcance de la evaluación. Sin embargo, para reflejar el uso correcto del informe de evaluación por parte de los usuarios y evitar la pérdida oculta de activos estatales durante el proceso de reestructuración. deben enumerarse elemento por elemento al definir el alcance de la evaluación, los activos contingentes existentes de la empresa y los activos relacionados o ventajosos.