Interpretación de la Ley de Extradición de la República Popular China: Artículo 35
Artículo 35: Si la persona solicitada en extradición que deba ser extraditada y detenida padece una enfermedad grave, o es mujer embarazada o amamantando a su propio bebé, podrán adoptarse medidas de extradición y vigilancia residencial. .
Interpretación Este artículo es una disposición especial en materia de extradición y detención.
La extradición y el arresto es una medida coercitiva severa entre las medidas obligatorias de extradición. Se diferencia mucho de la extradición y la vigilancia residencial en que restringe la libertad personal. La persona solicitada para ser extraditada y arrestada debe ser encarcelada. La persona solicitada en extradición que está bajo vigilancia de extradición no necesita ir a una prisión para su ejecución. El artículo 32 de esta Ley estipula las condiciones para la extradición y el arresto, es decir, si la falta de adopción de las medidas de extradición y arresto puede afectar el desarrollo normal de la extradición, será arrestado. Sin embargo, teniendo en cuenta las diversas situaciones complejas que pueden surgir en la realidad de la persona a la que se solicita la extradición, siempre se estipula que la detención es necesaria, lo que no favorece la protección de los derechos e intereses legítimos de la persona a la que se solicita la extradición. Desde la perspectiva del humanitarismo y la protección de los derechos humanos, este artículo debe ser extraditado. Hay dos circunstancias especiales para el arresto: (1) la persona solicitada en extradición padece una enfermedad grave (2) la persona solicitada en extradición es una mujer; que está embarazada y amamantando a su propio bebé. En las dos situaciones anteriores, la ley estipula que se pueden tomar medidas de extradición y vigilancia domiciliaria sin extradición ni arresto. Este propósito también es beneficioso para el tratamiento de enfermedades o el desarrollo y crecimiento de fetos y bebés. Esta disposición también es consistente con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Penal de nuestro país.
Las "personas que deban ser extraditadas y detenidas" según lo estipulado en este artículo se refieren a situaciones que reúnen las condiciones para la extradición y detención previstas en el artículo 32 de esta Ley. Incluye tanto los casos en los que los órganos de seguridad pública han adoptado medidas obligatorias de extradición y detención contra la persona solicitada en extradición, como los casos en los que se han adoptado medidas obligatorias de extradición y vigilancia domiciliaria. Cabe señalar que la ley no utiliza "las medidas de extradición y vigilancia residencial deben o deben tomarse" para las dos circunstancias especiales en la extradición y el arresto aquí, pero estipula que "se pueden tomar medidas de extradición y vigilancia residencial". Esta disposición tiene como objetivo permitir a las autoridades judiciales tomar decisiones basadas en las circunstancias específicas del caso. Para algunas personas que deban ser extraditadas y arrestadas, aunque padezcan enfermedades graves, puedan representar un gran peligro social o tener otras circunstancias que afecten el desarrollo normal de la extradición, no se podrán adoptar medidas de extradición y vigilancia domiciliaria y se podrá extraditar y arrestar. llevarse a cabo.