¿Cuál es la tasa por pago atrasado de las tasas anuales de patentes?
Según la Ley de Patentes, el titular de la patente tiene la obligación de pagar tasas anuales de acuerdo con la ley. Excepto la tasa anual del año en que se concede el derecho de patente, que debe pagarse al mismo tiempo que se completan los trámites de registro, las tasas anuales posteriores deben pagarse por adelantado dentro del mes anterior al vencimiento del año anterior. El año aquí se refiere al año de la patente y no está necesariamente relacionado con el año natural. El año de la patente se calcula a partir de la fecha de presentación y no se ve afectado por la fecha de prioridad ni la fecha de concesión. Si el titular de la patente no paga la tasa anual de conformidad con la ley (excluida la tasa anual del año en que se concede el derecho de patente) o la cantidad pagada es insuficiente, el titular de la patente podrá pagar la tasa anual dentro de los seis meses siguientes a la expiración. fecha. Si el período de mora excede el período prescrito pero es inferior a un mes, no se pagará ningún cargo por mora; si el período de mora excede el tiempo prescrito en un mes, el cargo por mora se pagará de acuerdo con las regulaciones;
2. ¿Cómo calcular las tasas por pagos atrasados de las tasas anuales de patentes?
(1) Si el período excede de 1 día a 1 mes (incluido 1 mes completo), solo deberá pagar la tarifa anual y no deberá pagar cargos por pagos atrasados.
(2) Si el pago está vencido por más de 1 mes a 2 meses (incluidos 2 meses completos), el monto de la tarifa por pago atrasado a pagar es el 5 % de la tarifa anual para todo el año.
(3) Si el pago está vencido por más de 2 a 3 meses (incluidos 3 meses completos), el monto de la tarifa por pago atrasado a pagar es el 10% de la tarifa anual para todo el año.
(4) Después del período especificado de 3 meses a 4 meses (incluidos 4 meses completos), el monto de la tarifa por pago atrasado a pagar es 65438 + 05% de la tarifa anual.
(5) Si el período excede los 4 a 5 meses prescritos (incluidos 5 meses completos), el monto de la tarifa por pago atrasado a pagar es el 20% de la tarifa anual.
(6) Si el pago excede el período prescrito de 5 a 6 meses (incluidos 6 meses completos), el monto de la tarifa por pago atrasado a pagar es el 25% de la tarifa anual.