¿Cuáles son las características de la empresa?
La naturaleza operativa de la empresa incluye: empresas estatales, empresas colectivas, empresas privadas, hogares industriales y comerciales individuales, sociedades, empresas asociadas y empresas cooperativas por acciones.
Generalmente existen dos estándares para determinar el tipo de empresa: estándares académicos y estándares legales. Los estándares académicos son explicaciones teóricas y clasificaciones de tipos de empresas realizadas por académicos que estudian las empresas y el derecho empresarial basándose en las condiciones objetivas de las empresas y los estándares legales de las empresas. Esta clasificación no es jurídicamente vinculante ni obligatoria, pero la interpretación académica sirve como guía y referencia para la formulación e implementación de leyes corporativas.
(1) Empresas de propiedad estatal: toda la propiedad de la empresa pertenece al estado y la empresa está financiada por el estado.
(2) Propiedad colectiva: se refiere a empresas financiadas por trabajadores dentro de un cierto rango. Empresas reconocidas por la administración industrial y comercial como empresas de propiedad colectiva de conformidad con la ley.
(3) Empresa privada: organización económica con fines de lucro establecida con inversión o controlada por personas naturales y basada en mano de obra contratada.
(4) Empresa por acciones: Empresa cuyos activos son invertidos conjuntamente por dos o más inversores y constituidas en forma de acciones. Al mismo tiempo, las sociedades anónimas se dividen en los dos tipos siguientes:
Sociedad de responsabilidad limitada: constituida por aportaciones de capital de menos de 50 accionistas. Cada accionista asume la responsabilidad limitada de la empresa en función del importe. de aporte de capital suscrito. La empresa es una persona jurídica. Una organización económica que asume la responsabilidad total de las deudas de la empresa con todo su patrimonio. Este tipo de empresa es más adecuada para el emprendimiento. La mayoría de los planes de inversión y financiación, estructuras de VIE, etc. están diseñados en base a sociedades de responsabilidad limitada.
Sociedad limitada por acciones: Está formada por más de 2 pero no más de 200 promotores. El capital total de la empresa es de acciones iguales y los accionistas son responsables de la empresa en la medida de las acciones que poseen. .
(5) Sociedad en comandita: Está compuesta por socios colectivos y socios comanditarios. Los socios colectivos asumen responsabilidad solidaria e ilimitada por las deudas de la sociedad, y los socios comanditarios se limitan al importe de sus deudas. Aportes de capital suscrito. Responsabilidad limitada por deudas corporativas. Aplicable a fondos de capital riesgo, plataformas de incentivos de capital de empresas (plataformas de propiedad de acciones para empleados), etc.
(6) Empresas conjuntas: Se refiere a las empresas conjuntas entre empresas o entre empresas e instituciones para formar una nueva entidad económica; las empresas conjuntas que cumplan con las calificaciones de una persona jurídica soportarán la responsabilidad civil de forma independiente; no cumplen con los requisitos de persona jurídica Empresas en las que las partes de la empresa conjunta asumirán la responsabilidad civil con los bienes de propiedad o administración de cada parte de acuerdo con la proporción del aporte de capital o el acuerdo estipulado en el acuerdo. Si usted es responsable solidariamente de acuerdo con disposiciones o acuerdos legales, deberá asumir la responsabilidad solidaria.
Base jurídica:
"Ley de Sociedades de la República Popular China"
Artículo 3 Una empresa es una persona jurídica empresarial, tiene propiedad de persona jurídica independiente, y goza de derechos de propiedad de persona jurídica. La totalidad de los bienes de la empresa responden de las deudas de la empresa.
Los accionistas de una sociedad de responsabilidad limitada serán responsables ante la sociedad por la cantidad de su aporte de capital suscrito; los accionistas de una sociedad anónima serán responsables ante la sociedad por la cantidad de las acciones que suscriban.