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Cooperación entre sociedades fiduciarias y empresas

Después de leer su situación, creo que ahora es imposible comprar acciones. No tiene fondos ni activos (incluidos derechos de propiedad intelectual y derechos de uso de la tierra) y no puede registrarse ante la autoridad de registro. Por lo tanto, la mejor manera para usted ahora es adoptar un modelo operativo cooperativo. Usted firma un acuerdo de cooperación con la empresa, acordando que la empresa se gestionará según su plan de negocios y que las ganancias anuales se distribuirán a usted en proporción. Este dividendo puede servirle como capital. Si el negocio va bien, se acuerda que el capital registrado de la empresa se sumará a su patrimonio dentro de 2 años, es decir, se incrementará a partir de su desempeño. De esta manera, tu deseo puede hacerse realidad. Si otros accionistas también confían en usted después de comprar acciones, modifique los estatutos de la empresa y elíjalo como representante legal de la empresa.

Algunas cosas que deben explicarse:

1. Si coopera personalmente con una empresa, es mejor certificar el acuerdo de cooperación ante notario, lo cual es más confiable;

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2. Durante el período de cooperación, debe disfrutar del salario de los empleados superiores, que no tiene nada que ver con los dividendos de fin de año.

3. debe tener sus propias regulaciones operativas independientes: al igual que en el contrato, usted es totalmente responsable del funcionamiento de un equipo, con medio año como período de evaluación y las ganancias pagadas como objetivo de evaluación en circunstancias especiales, si no puede completarlo; La tarea en medio año, puedes compensarla en la evaluación anual. La evaluación anual determina si te retendrán, por lo que tienes un gran poder de decisión.

4. Por último, un recordatorio especial: la responsabilidad por incumplimiento de contrato debe ser clara para evitar que usted quede excluido después de una operación exitosa. Puede establecer la cláusula predeterminada en una compensación de decenas de miles (equivalente al capital social de la empresa), que es el mayor pasivo de la empresa, y luego puede obtener el 100% del capital social de la empresa mediante un litigio.