¿Qué es un transportista?

El remitente es el remitente. En un contrato de transporte de carga, se denomina cargador a la parte que encomienda al porteador el transporte de las mercancías hasta el lugar designado según el tiempo estipulado en el contrato y paga la remuneración correspondiente al porteador.

El artículo 42 (3) de la Ley Marítima de mi país estipula: “Cargador es una persona que celebra un contrato de transporte marítimo de carga con un transportista en su propio nombre o encomienda a otra persona la celebración de un contrato para el transporte de mercancías por mar con la persona porteadora; persona que personalmente o encomienda a otra persona la entrega de las mercancías al porteador relacionadas con el contrato de transporte de mercancías por mar en su propio nombre o por cuenta de éste."

Contenido:

1. La persona que efectivamente entrega la mercancía puede convertirse en cargador en el contrato de transporte conforme a la ley.

2. El transportista real que posee el conocimiento de embarque tiene derechos de litigio más sustanciales que el transportista indicado en el conocimiento de embarque.

Los derechos y obligaciones básicos del transportista:

Derechos:

1. Exigir al transportista que transporte el equipaje y los bultos hasta el destino en tiempo y condiciones. condición;

2. Se requiere compensación cuando el equipaje o bultos se pierden, dañan, deterioran o contaminan.

Obligaciones:

1. Pagar las tarifas de transporte, completar la carta de porte de forma completa y precisa, cumplir con las leyes nacionales y las normas y reglamentos ferroviarios pertinentes y mantener la seguridad del transporte ferroviario;

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2. Si el porteador u otro cargador o destinatario sufre pérdidas por su propia culpa, será responsable de la indemnización.