Estándares de compensación para quemaduras de segundo grado
Las quemaduras de segundo grado requieren una evaluación de la capacidad laboral;
1. La compensación se calcula en función de los resultados de la evaluación. Si se trata de una discapacidad de segundo grado, un subsidio único por discapacidad de. 22 meses serán proporcionados por la seguridad social Pago por la institución;
2. La institución de seguridad social pagará el subsidio por discapacidad mensualmente. El pago estándar es el 85% del salario antes de la lesión. hasta la muerte.
3. Para otros grados de invalidez, el cálculo se basará en el “Reglamento del Seguro de Accidentes de Trabajo” y la normativa local.
4. Gastos médicos, incluidos honorarios de diagnóstico y tratamiento, gastos médicos, honorarios de hospitalización y otros gastos médicos, determinados con base en la discapacidad y con referencia a; las opiniones de la institución médica;
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6. La compensación por tiempo de trabajo perdido, si la víctima tiene un ingreso fijo, se calculará multiplicando el tiempo de trabajo perdido por el ingreso fijo. Si la víctima no tiene ingresos fijos, el cálculo se basará en el ingreso promedio de los últimos tres años o el salario promedio de los empleados de la misma industria en el año anterior donde se encuentra el tribunal donde se presenta la demanda.
Cómo evaluar el nivel de discapacidad de las quemaduras
1. Quemaduras de tercer grado en cabeza y cuello, con una superficie mayor o igual al 8% de la superficie corporal total. ; Nivel 2;
2. El daño en la piel del cuello provoca la formación de cicatrices y la movilidad del cuello se pierde por completo. Nivel 3;
3. la pérdida de movilidad del cuello es mayor o igual al 75%, nivel 4;
4. Quemaduras de tercer grado en cabeza y cuello, el área es mayor o igual al 5% de la superficie corporal total. , y menos del 8%.
Como se desprende de lo anterior, los principales conceptos de indemnización por quemaduras de segundo grado incluyen prestaciones por incapacidad, gastos médicos, gastos de alojamiento, gastos de transporte, gastos de enfermería, salarios perdidos, gastos médicos posteriores, equipo auxiliar para incapacidad. Gastos, colchas, gastos de manutención de dependientes y otros artículos.
Base jurídica:
"Reglamento del Seguro de Accidentes de Trabajo"
Artículo 35
Empleado incapacitado por razón del trabajo se identifica como Quienes con discapacidad de Grado 1 a Grado 4 mantendrán sus relaciones laborales, renunciarán a sus empleos y disfrutarán de los siguientes beneficios:
(1) Se pagará un subsidio por discapacidad por única vez del Fondo de seguro de accidentes de trabajo según el nivel de invalidez. Los estándares son: 1. La invalidez de primer nivel es de 27 meses de salario personal, la invalidez de segundo nivel es de 25 meses de salario personal y la invalidez de tercer nivel es de 23 meses. salario personal, y la invalidez de cuarto nivel es de 21 meses de salario personal;
(2) Las asignaciones por invalidez se pagan mensualmente con cargo al fondo del seguro de accidentes laborales. El estándar es: la invalidez de primer nivel es 90. % del salario, la discapacidad de segundo nivel es el 85% del salario, la discapacidad de tercer nivel es el 80% del salario y la discapacidad de nivel 4 es el 75% del salario. Si el monto real del subsidio por discapacidad es inferior al estándar de salario mínimo local, la diferencia será compensada por el fondo del seguro de lesiones relacionadas con el trabajo;
(3) Después de que el empleado lesionado alcance la jubilación edad y pasa por los procedimientos de jubilación, se suspenderá el subsidio de invalidez y se suspenderá el pago de acuerdo con las regulaciones nacionales. Está estipulado para disfrutar de los beneficios del seguro de pensión básico. Si la prestación del seguro de pensión básica es inferior al subsidio de invalidez, el fondo del seguro de accidentes laborales cubrirá la diferencia.
Si un empleado queda discapacitado debido al trabajo y se le identifica como una discapacidad de grado uno a cuatro, el empleador y el empleado individual deberán pagar primas de seguro médico básicas basadas en el subsidio por discapacidad.