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¿Qué condiciones se exigen a los garantes de fondos de previsión?

Análisis jurídico: 1. Tener plena capacidad para la conducta civil.

2. Tener residencia permanente urbana local o estatus de residencia válido y tener ingresos relativamente estables.

3. Haber pagado y depositado el fondo de previsión de vivienda normalmente durante más de 6 meses seguidos y tener más de 1 año de monto de depósito en su cuenta.

4. No existen saldos de préstamos de fondos de previsión y otras deudas morosas.

5. El prestatario no podrá retirar el fondo de previsión para vivienda ni solicitar un préstamo del fondo de previsión para vivienda mientras no haya reembolsado en su totalidad el principal y los intereses del préstamo. 6. La edad del garante del préstamo del Fondo de Previsión para la Vivienda y el período del préstamo garantizado no excederán la edad legal de jubilación.

6. La persona física garante del préstamo del Fondo de Previsión para la Vivienda deberá presentar su documento de identidad, registro de domicilio, certificado de ingresos y número de cuenta del Fondo de Previsión para la Vivienda y firmar un contrato de garantía con el banco fiduciario.

Base jurídica: Artículo 688 del Código Civil: Si las partes acuerdan en el contrato de garantía que el fiador y el deudor responderán solidariamente de la deuda, se trata de una garantía de responsabilidad solidaria. Cuando el deudor bajo garantía solidaria no cumple con la deuda vencida o ocurre una situación estipulada por las partes, el acreedor puede solicitar al deudor que cumpla con la deuda, o puede solicitar al garante que asuma el pasivo de la garantía dentro del alcance de su garantía. .