¿Cuáles son los tres principales sistemas jurídicos de la OMC del Convenio de París?
Los objetos protegidos por el Convenio de París son patentes, modelos de utilidad, diseños, marcas comerciales, marcas de servicio, nombres de fabricantes, marcas de origen, nombres de países de origen y la prevención de la competencia desleal. Los principales contenidos de la convención son los siguientes:
Primero, el principio de trato nacional. Los nacionales de sus miembros disfrutan del mismo trato que sus propios nacionales en la protección de los derechos de propiedad industrial. Si los nacionales de países no contratantes tuvieran residencia permanente o una oficina industrial y comercial real y efectiva en un país contratante, gozarán también del mismo trato que los nacionales de los Estados miembros.
En segundo lugar, el principio de prioridad. Después de que los nacionales de un estado miembro presenten una solicitud de patente o marca registrada ante un estado contratante, gozarán de prioridad dentro de un período determinado (65.438+02 meses para invenciones y modelos de utilidad, 6 meses para diseños y marcas). Es decir, cuando la misma solicitud se presenta a otros Estados Contratantes, las solicitudes posteriores se consideran presentadas en la fecha en que se presentó la primera solicitud.
En tercer lugar, el principio de independencia de las patentes y marcas. Los derechos de patente y los derechos exclusivos de marcas otorgados por cada estado miembro son independientes entre sí, y cada país contratante solo protege los derechos de patente y los derechos exclusivos de marcas otorgados por sí mismo.
En cuarto lugar, el principio de concesión de licencias obligatorias de patentes. El Convenio estipula que si el titular de la patente no implementa o no implementa completamente la patente dentro de los cuatro años a partir de la fecha de la solicitud o de los tres años a partir de la fecha de aprobación de la patente (lo que sea más largo), los estados miembros pertinentes tienen derecho a tomar medidas legislativas y aprobar licencias obligatorias, permitiendo a terceros implementar la patente. Si una licencia obligatoria no logra impedir los abusos resultantes de la concesión de una patente dos años después de la primera concesión, se podrá iniciar un procedimiento de revocación de la patente. El Convenio también establece que las licencias obligatorias no pueden ser exclusivas ni transferibles; sin embargo, se permiten si se transfieren junto con la parte del negocio o marca que utiliza la licencia;
5. Uso de marcas. Según la Convención, una marca registrada de un estado miembro debe usarse, y su registro sólo puede revocarse después de que haya transcurrido un cierto período razonable y la parte no puede dar una razón válida por la falta de uso. Para una marca que ha sido registrada en un país miembro, si se cambia el patrón de las partes auxiliares de la marca, pero la parte importante de la marca original no se cambia y las características distintivas de la marca no se ven afectadas, el registro no ser rechazado. Si una marca es propiedad de varias empresas industriales y comerciales, no afecta su solicitud de registro y protección legal en otros países miembros. Sin embargo, la marca utilizada junto con la marca no debe engañar al público ni violar el interés público.
Protección de marcas notorias de verbos intransitivos. Si una marca notoriamente conocida es utilizada y registrada por otros sobre productos similares o productos similares, el propietario de la marca tiene derecho a solicitar la cancelación del registro dentro de al menos cinco años a partir de la fecha de registro de la imitación. No existe límite de tiempo para el titular de una marca notoriamente conocida cuando se trate de una persona que haya obtenido el registro de manera fraudulenta.
7. Transferencia de derechos de marca. Si las leyes de un estado miembro estipulan que la transferencia de derechos de marca debe ser efectiva para su negocio, entonces solo se puede transferir el negocio en ese país para determinar su efectividad, y no hay necesidad de transferir todos los negocios nacionales y extranjeros. Sin embargo, dicha transferencia estará sujeta a la condición de que no cause malentendido entre el público sobre el origen, la naturaleza o la calidad esencial de los productos portadores de la marca.
Además, el Convenio de París también prevé la protección temporal de patentes y marcas, así como de las marcas registradas sin el consentimiento del titular de la marca.
El "Convenio de París" estipula que los países participantes formen una alianza para la protección de la propiedad industrial, denominada Unión de París. La Unión tiene tres órganos, a saber, la Asamblea General, el Comité Ejecutivo y la Oficina Internacional.
China depositó su instrumento de adhesión al Convenio de Estocolmo revisado el 65 de febrero de 2009, y el Convenio entró en vigor para China el 65 de marzo de 2009.
El Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial (denominado Convenio de París) se firmó en París el 20 de marzo de 1883 y entró en vigor el 6 de julio de 1884. La Convención ha sido revisada siete veces; la versión actual fue revisada en Ginebra en febrero de 1980. Las partes contratantes originales son 11 países: Bélgica, Brasil, Francia, Guatemala, Italia, Países Bajos, Portugal, El Salvador, Serbia, España y Suiza. En septiembre de 2002, la Convención tenía 164 miembros, incluida China. Cuando se concluyó el Convenio, la intención de los Estados contratantes era que el Convenio se convirtiera en una ley unificada de propiedad industrial. Sin embargo, debido a los diferentes intereses de los diferentes países y las enormes diferencias en los sistemas legislativos internos, la unificación es imposible. Con el tiempo, el Convenio se convirtió en el principio que todos los Estados miembros deben respetar al formular derechos de propiedad industrial y puede desempeñar un papel de coordinación.
Los objetos protegidos por el Convenio de París son patentes, modelos de utilidad, diseños, marcas comerciales, marcas de servicio, nombres de fabricantes, marcas de origen, nombres de países de origen y la prevención de la competencia desleal.
Los principales contenidos de la convención son los siguientes:
Primero, el principio de trato nacional. Los nacionales de sus miembros disfrutan del mismo trato que sus propios nacionales en la protección de los derechos de propiedad industrial. Si los nacionales de países no contratantes tuvieran residencia permanente o una oficina industrial y comercial real y efectiva en un país contratante, gozarán también del mismo trato que los nacionales de los Estados miembros.
En segundo lugar, el principio de prioridad. Después de que los nacionales de un Estado miembro presenten una solicitud de patente o marca registrada ante un Estado contratante, gozarán de prioridad dentro de un período determinado (65.438+02 meses para invenciones y modelos de utilidad, 6 meses para diseños y marcas). Es decir, cuando la misma solicitud se presenta a otros Estados Contratantes, las solicitudes posteriores se consideran presentadas en la fecha en que se presentó la primera solicitud.
En tercer lugar, el principio de independencia de las patentes y marcas. Los derechos de patente y los derechos exclusivos de marcas otorgados por cada estado miembro son independientes entre sí, y cada país contratante solo protege los derechos de patente y los derechos exclusivos de marcas otorgados por él mismo.
En cuarto lugar, el principio de concesión de licencias obligatorias de patentes. El Convenio estipula que si el titular de la patente no implementa o no implementa completamente la patente dentro de los cuatro años a partir de la fecha de la solicitud o de los tres años a partir de la fecha de aprobación de la patente (lo que sea más largo), los estados miembros pertinentes tienen derecho a tomar medidas legislativas y aprobar licencias obligatorias, permitiendo a terceros implementar la patente. Si una licencia obligatoria no logra prevenir el abuso causado por la concesión de una patente dos años después de su concesión por primera vez, se pueden iniciar procedimientos para revocar la patente. El Convenio también establece que las licencias obligatorias no pueden ser exclusivas ni transferibles; sin embargo, se permiten si se transfieren junto con la parte del negocio o marca que utiliza la licencia;
5. Uso de marcas. Según la Convención, una marca registrada de un estado miembro debe usarse, y su registro sólo puede revocarse después de que haya transcurrido un cierto período razonable y la parte no puede dar una razón válida por la falta de uso. Para una marca que ha sido registrada en un país miembro, si se cambia el patrón de las partes auxiliares de la marca, pero la parte importante de la marca original no se cambia y las características distintivas de la marca no se ven afectadas, el registro no ser rechazado. Si una marca es propiedad de varias empresas industriales y comerciales, no afecta su solicitud de registro y protección legal en otros países miembros. Sin embargo, la marca utilizada junto con la marca no debe engañar al público ni violar el interés público.
Protección de marcas notorias de verbos intransitivos. Si una marca notoriamente conocida es utilizada y registrada por otros sobre productos similares o productos similares, el propietario de la marca tiene derecho a solicitar la cancelación del registro dentro de al menos cinco años a partir de la fecha de registro de la imitación. No existe límite de tiempo para el titular de una marca notoriamente conocida cuando se trate de una persona que haya obtenido el registro de manera fraudulenta.
7. Transferencia de derechos de marca. Si las leyes de un estado miembro estipulan que la transferencia de derechos de marca debe ser efectiva para su negocio, entonces solo se puede transferir el negocio en ese país para determinar su efectividad, y no hay necesidad de transferir todos los negocios nacionales y extranjeros. Sin embargo, dicha transferencia estará sujeta a la condición de que no cause malentendido entre el público sobre el origen, la naturaleza o la calidad esencial de los productos portadores de la marca.
Además, el Convenio de París también prevé la protección temporal de patentes y marcas, así como de las marcas registradas sin el consentimiento del titular de la marca.
El "Convenio de París" estipula que los países participantes formen una alianza para la protección de la propiedad industrial, denominada Unión de París. La Unión tiene tres órganos, a saber, la Asamblea General, el Comité Ejecutivo y la Oficina Internacional.
China depositó su instrumento de adhesión al Convenio de Estocolmo revisado el 65 de febrero de 2009, y el Convenio entró en vigor para China el 65 de marzo de 2009.
El Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial (denominado Convenio de París) se firmó en París el 20 de marzo de 1883 y entró en vigor el 6 de julio de 1884. La Convención ha sido revisada siete veces; la versión actual fue revisada en Ginebra en febrero de 1980. Las partes contratantes originales son 11 países: Bélgica, Brasil, Francia, Guatemala, Italia, Países Bajos, Portugal, El Salvador, Serbia, España y Suiza. En septiembre de 2002, la Convención tenía 164 miembros, incluida China. Cuando se concluyó el Convenio, la intención de los Estados contratantes era que el Convenio se convirtiera en una ley unificada de propiedad industrial. Sin embargo, debido a los diferentes intereses de los distintos países y las enormes diferencias en los sistemas legislativos internos, la unificación es imposible. Con el tiempo, el Convenio se convirtió en el principio que todos los Estados miembros deben respetar al formular derechos de propiedad industrial y puede desempeñar un papel de coordinación.
Los objetos protegidos por el Convenio de París son patentes, modelos de utilidad, diseños, marcas comerciales, marcas de servicio, nombres de fabricantes, marcas de origen, nombres de países de origen y la prevención de la competencia desleal. Los principales contenidos de la convención son los siguientes:
Primero, el principio de trato nacional. Los nacionales de sus miembros disfrutan del mismo trato que sus propios nacionales en la protección de los derechos de propiedad industrial. Si los nacionales de países no contratantes tuvieran residencia permanente o una oficina industrial y comercial real y efectiva en un país contratante, gozarán también del mismo trato que los nacionales de los Estados miembros.
En segundo lugar, el principio de prioridad. Después de que los nacionales de un Estado miembro presenten una solicitud de patente o marca registrada ante un Estado contratante, gozarán de prioridad dentro de un período determinado (65.438+02 meses para invenciones y modelos de utilidad, 6 meses para diseños y marcas). Es decir, cuando la misma solicitud se presenta a otros Estados Contratantes, las solicitudes posteriores se consideran presentadas en la fecha en que se presentó la primera solicitud.
En tercer lugar, el principio de independencia de las patentes y marcas. Los derechos de patente y los derechos exclusivos de marcas otorgados por cada estado miembro son independientes entre sí, y cada país contratante solo protege los derechos de patente y los derechos exclusivos de marcas otorgados por él mismo.
En cuarto lugar, el principio de concesión de licencias obligatorias de patentes.
El Convenio estipula que si el titular de la patente no implementa o no implementa completamente la patente dentro de los cuatro años a partir de la fecha de la solicitud o de los tres años a partir de la fecha de aprobación de la patente (lo que sea más largo), los estados miembros pertinentes tienen derecho a tomar medidas legislativas y aprobar licencias obligatorias, permitiendo a terceros implementar la patente. Si una licencia obligatoria no logra prevenir el abuso resultante de la concesión de una patente dos años después de la primera concesión, se podrá iniciar un procedimiento de revocación de la patente. El Convenio también establece que las licencias obligatorias no pueden ser exclusivas ni transferibles; sin embargo, se permiten si se transfieren junto con la parte del negocio o marca que utiliza la licencia;
5. Uso de marcas. Según la Convención, una marca registrada de un estado miembro debe usarse, y su registro sólo puede revocarse después de que haya transcurrido un cierto período razonable y la parte no puede dar una razón válida por la falta de uso. Para una marca que ha sido registrada en un país miembro, si se cambia el patrón de las partes auxiliares de la marca, pero la parte importante de la marca original no se cambia y las características distintivas de la marca no se ven afectadas, el registro no ser rechazado. Si una marca es propiedad de varias empresas industriales y comerciales, no afecta su solicitud de registro y protección legal en otros países miembros. Sin embargo, la marca utilizada junto con la marca no debe engañar al público ni violar el interés público.
Protección de marcas notorias de verbos intransitivos. Si una marca notoriamente conocida es utilizada y registrada por otros sobre productos similares o productos similares, el propietario de la marca tiene derecho a solicitar la cancelación del registro dentro de al menos cinco años a partir de la fecha de registro de la imitación. No existe límite de tiempo para el titular de una marca notoriamente conocida para las personas que hayan obtenido el registro por medios fraudulentos.
7. Transferencia de derechos de marca. Si las leyes de un estado miembro estipulan que la transferencia de derechos de marca debe ser efectiva para su negocio, entonces solo se puede transferir el negocio en ese país para determinar su efectividad, y no hay necesidad de transferir todos los negocios nacionales y extranjeros. Sin embargo, dicha transferencia estará sujeta a la condición de que no cause malentendido entre el público sobre el origen, la naturaleza o la calidad esencial de los productos portadores de la marca.
Además, el Convenio de París también prevé la protección temporal de patentes y marcas, así como de las marcas registradas sin el consentimiento del titular de la marca.
El "Convenio de París" estipula que los países participantes formen una alianza para la protección de la propiedad industrial, denominada Unión de París. La Unión tiene tres órganos, a saber, la Asamblea General, el Comité Ejecutivo y la Oficina Internacional.
China depositó su instrumento de adhesión al Convenio de Estocolmo revisado el 65 de febrero de 2009, y el Convenio entró en vigor para China el 65 de marzo de 2009.
Los tres principales sistemas jurídicos de la OMC se refieren al comercio de bienes, al comercio de servicios y a los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio.