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¿Infracción del nombre de la empresa?

Hay dos direcciones para juzgar la naturaleza jurídica de esta cuestión: 1. Si constituye infracción de marca registrada; 2. Si constituye competencia desleal;

En lo que respecta a las marcas, depende de la composición específica de ABCD. Si AB es una palabra clave y CD es una palabra común, básicamente constituye una infracción de marca. Si ABCD combinado es significativo, no debería serlo.

Competencia desleal: Comprueba si el ABCD que utilizas se confunde fácilmente con AB o ABEF, haciendo pensar erróneamente que es un producto ajeno o que tiene una conexión específica con otra persona. La sentencia concreta deberá basarse en el texto concreto pertinente y en el artículo 6 de la Ley de Lucha contra la Competencia Desleal.

Sugerencias prácticas: Si solicita el registro de la marca ABCD, significa que la autoridad competente no cree que sea similar o confusa a la marca solicitada anteriormente, y puede usarla con confianza si lo es; no está aprobado y no cita sensatamente la marca comercial AB primero, debe dejar de usar ABCD, lo cual es muy riesgoso desde el punto de vista legal.