Reglamento sobre Aranceles de Importación y Exportación de la República Popular China (Revisado en 1992)
Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de implementar la política de apertura al exterior y promover el desarrollo económico y comercial exterior y la economía nacional, el presente reglamento se formula de conformidad con las disposiciones pertinentes. de la Ley de Aduanas de la República Popular China. Artículo 2 Las mercancías cuya importación y exportación esté permitida por la República Popular de China serán recaudadas por la aduana de conformidad con los "Aranceles Aduaneros de Importación y Exportación de la República Popular China" (en adelante, los "Aranceles Aduaneros de Importación y Exportación" "), a menos que el Estado estipule lo contrario. Derechos de importación o derechos de exportación.
Para mercancías originarias de China compradas e importadas desde el extranjero, la aduana cobrará los derechos de importación de acuerdo con los "Aranceles Aduaneros de Importación y Exportación".
Los “Aranceles Aduaneros de Importación y Exportación” son parte integrante de esta normativa. Artículo 3 El Consejo de Estado establecerá una Comisión Arancelaria, cuyas responsabilidades serán proponer directrices, políticas y principios para formular o revisar el "Reglamento de Modificación de Aranceles de Exportación" y los "Aranceles Aduaneros de Importación y Exportación", revisar proyectos de revisión de aranceles, formular propuestas tasas impositivas, y revisar y aprobar ajustes parciales a las tasas impositivas.
La composición de la Comisión de Tarifas del Consejo de Estado será estipulada por el Consejo de Estado. Artículo 4 El destinatario de las mercancías importadas y el expedidor de las mercancías exportadas son contribuyentes de los derechos de aduana.
El agente que acepte la encomienda para llevar a cabo los trámites pertinentes deberá observar las disposiciones de este Reglamento respecto de su cliente. Artículo 5 Las medidas de exención de impuestos para el equipaje de pasajeros entrante y saliente y los envíos postales personales serán prescritas por separado por la Comisión de Aranceles Aduaneros del Consejo de Estado. Capítulo 2 Aplicación de los tipos impositivos Artículo 6 Los aranceles de importación se dividen en tipos impositivos generales y tipos impositivos preferenciales. Los bienes importados provenientes de países o regiones que no hayan celebrado un acuerdo de reciprocidad arancelaria con la República Popular China estarán gravados a tasas ordinarias; los bienes importados provenientes de países o regiones que tengan un acuerdo de reciprocidad arancelaria con la República Popular China estarán gravados al tipo normal; el tipo normal; los bienes importados de un país o región se gravan con tipos preferenciales.
Las mercancías importadas que estén gravadas a tipos ordinarios según lo estipulado en el párrafo anterior, podrán estar gravadas a tipos preferenciales previa aprobación especial de la Comisión Arancelaria Aduanera del Consejo de Estado.
Si cualquier país o región impone aranceles discriminatorios o da otro trato discriminatorio a sus bienes importados originarios de la República Popular China, las aduanas impondrán aranceles especiales a los bienes importados. Los tipos de mercancías sujetas a aranceles especiales, tasas impositivas y horarios de inicio y finalización serán determinados por la Comisión Arancelaria del Consejo de Estado y promulgados para su implementación. Artículo 7 Las mercancías importadas y exportadas se clasificarán en los números fiscales correspondientes de acuerdo con los principios de clasificación estipulados en los Aranceles Aduaneros de Importación y Exportación, y se gravarán de acuerdo con la tasa impositiva aplicable. Artículo 8 Las mercancías de importación y exportación estarán gravadas según el tipo impositivo vigente en la fecha en que el consignatario o consignatario o su agente declare la importación o exportación.
Si las mercancías importadas se declaran anticipadamente con la aprobación de la aduana antes de su llegada, tributarán según el tipo impositivo vigente en la fecha en que el medio de transporte que transporta las mercancías declare su entrada. Artículo 9 Para el pago y devolución de impuestos sobre bienes importados y exportados, se aplicará la tasa impositiva vigente en la fecha en que los bienes importados o exportados fueron declarados originalmente para su importación o exportación. Las medidas específicas serán estipuladas separadamente por la Administración General de Aduanas. Capítulo 3 Tasación del valor pagado Artículo 10 El valor pagado de las mercancías importadas será el valor CIF basado en el precio de transacción aprobado por la aduana. El precio CIF incluye el precio de la mercancía, más los gastos de embalaje, flete, seguro y otros costos laborales antes de que la mercancía llegue al punto de entrada dentro del territorio de la República Popular China y la aduana nacional. Artículo 11 Si el valor CIF de las mercancías importadas no puede determinarse después de la revisión aduanera, la aduana evaluará el valor imponible con base en los siguientes precios: (1) Las mercancías importadas son del mismo país exportador o El precio de transacción del mismo o similar bienes comprados en la región;
(2) El precio de transacción de bienes iguales o similares importados en el mercado internacional;
(3) El precio de transacción de los bienes importados en la región mercado internacional;
El precio mayorista de bienes importados iguales o similares en el mercado interno, menos los derechos de importación, otros impuestos sobre el proceso de importación y el transporte, almacenamiento, gastos operativos y ganancias posteriores a la importación;
(IV) ) El precio fijado por la aduana utilizando otros métodos razonables. Artículo 12 Si los equipos mecánicos, medios de transporte u otras mercancías enviadas para reparación al extranjero han sido declaradas en la aduana al salir del país y se reenvían al país dentro del plazo fijado por la aduana, los derechos de reparación y los materiales y piezas. Los derechos aprobados por la aduana se utilizarán como valor pagado. Artículo 13 Si las mercancías enviadas al extranjero para su procesamiento han sido declaradas en la aduana al salir del país y se reenvían al país dentro del plazo especificado por la aduana, el precio CIF de las mercancías procesadas al ingresar al país será igual o similar a las mercancías salientes originales o el mismo o similar precio La diferencia entre el precio CIF de las mercancías en el momento de la entrada se considera el valor pagado.
Las variedades y métodos específicos de gestión de las mercancías mencionadas en el párrafo anterior serán estipulados separadamente por la Administración General de Aduanas. Artículo 14 Para las mercancías importadas mediante arrendamiento (incluido el arrendamiento), se utilizará como valor imponible el alquiler de las mercancías aprobado por la aduana. Artículo 15 El valor imponible de los bienes importados incluirá las patentes, marcas, derechos de autor, tecnologías patentadas, software y materiales relacionados con los bienes importados que se paguen en el extranjero con el propósito de fabricarlos, usarlos, publicarlos o distribuirlos dentro del país. Artículo 16 El valor con derechos pagados de las mercancías exportadas será el precio FOB de las mercancías vendidas en el extranjero aprobado por la aduana, después de deducir los derechos de exportación. Cuando no pueda determinarse el precio FOB, el valor en aduana será evaluado por la aduana. Artículo 17 Los consignatarios y consignadores de mercancías importadas y exportadas o sus agentes deberán declarar verazmente en la aduana el valor de transacción de las mercancías importadas y exportadas. Si el precio de transacción declarado es significativamente menor o mayor que el precio de transacción de mercancías iguales o similares, la aduana determinará el valor pagado de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento.