Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas penales - ¿Cuáles son las circunstancias atenuantes que pueden mitigarse?

¿Cuáles son las circunstancias atenuantes que pueden mitigarse?

1. Tema especial

(1) Delitos juveniles: Quienes tengan menos de 18 años al momento de cometer el delito recibirán una pena más leve o reducida al dictar sentencia.

(2) Una persona con una enfermedad mental que no haya perdido por completo la capacidad de identificar o controlar su propio comportamiento tendrá responsabilidad penal por la comisión de un delito, pero se le podrá imponer una pena más leve o reducida. (Una persona que ha perdido por completo la capacidad de identificar o controlar su propio comportamiento es una persona sin capacidad de responsabilidad penal y no será considerada penalmente responsable de la comisión de un delito).

(3) Sordo- Las personas mudas o ciegas que cometan delitos podrán recibir una pena más leve o reducida o eximirse de pena.

2. Preparación, suspensión o tentativa de delito

En comparación con los delitos consumados, los delitos preparatorios pueden recibir penas más leves, reducidas o exentas.

Si el que suspende no causa daño alguno, quedará exento de pena; si causa daño, se le reducirá la pena;

Un intento de delito puede recibir una pena más leve o reducida que un delito consumado.

3. Renuncie

El artículo 67 de la "Ley Penal" estipula que se entrega quien voluntariamente se entrega a la policía después de cometer un delito y confiesa sinceramente su delito. Los delincuentes que se entreguen podrán recibir penas más leves o reducidas. Entre ellos, podrán quedar exentos de pena quienes cometan delitos menores.

La entrega típica incluye dos condiciones, una es entregarse voluntariamente y la otra es confesar sinceramente el delito.

Además, aunque algunas conductas no cumplen estrictamente las características de entrega, la ley también las trata como entrega.

(1) Los presuntos delincuentes, acusados ​​y delincuentes que cumplen condena y han sido sometidos a medidas coercitivas (detención) confiesan verazmente sus demás delitos que no son conocidos por las autoridades judiciales.

(2) Si se cumple una de las siguientes circunstancias y los principales hechos delictivos pueden explicarse verazmente, se puede considerar entrega: ① El sospechoso de un delito se entrega a su unidad, organizaciones de base urbanas y rurales o otro personal responsable relevante; (2) el sospechoso de un delito encomienda a otros que se entreguen primero debido a una enfermedad, lesión o para reducir las consecuencias del delito, o se entrega primero por telegrama (3) el comportamiento delictivo no ha sido descubierto por; las autoridades judiciales, y después de interrogatorio y educación por parte de organizaciones pertinentes o autoridades judiciales, se confiesa voluntariamente (4) Se fugó después de cometer un delito y se entregó voluntariamente durante el proceso de ser buscado o perseguido (5) Aquellos que están dispuestos a entregarse después; verificación, o sean sorprendidos por los órganos de seguridad pública en el camino a entregarse, se considerarán entregados.

(3) Generalmente, se puede considerar que aquellos que no escapan después de un accidente de tráfico se rinden, lo que incluye permanecer en el lugar para esperar tratamiento o abandonar el lugar del accidente para rescatar a los heridos.

, sólo se considerará entrega una confesión veraz de parte del delito.

4. Ejecución de servicio meritorio

Si hay desempeño de servicio meritorio, la pena podrá ser más leve o reducida; si hay desempeño de servicio meritorio mayor, la pena podrá reducirse; o exentos.

Desempeño meritorio:

(1) Los delincuentes denuncian y exponen los delitos de otras personas después de que llegan al delito, incluidos los cocriminales * * * Los delincuentes denuncian delitos que no sean cómplices * * * Si se verifica que es cierto; (2) Proporcionar pistas importantes para la detección de otros casos, y si se verifica que es cierto; detener las actividades criminales de otras personas; ayudar a los órganos judiciales a arrestar a otros sospechosos de delitos (incluidos cómplices); beneficios para el país y la sociedad Aquellos que se desempeñen de manera sobresaliente (como obtener patentes de invención mientras están bajo custodia o participar activamente en rescates de emergencia y socorro durante grandes desastres naturales) se considerarán que han realizado servicios meritorios.

Servicio meritorio significativo: (1) Los delincuentes informaron y expusieron actos criminales importantes de otros, que se verificaron como verdaderos; (2) Proporcionaron pistas importantes para la detección de otros casos importantes, que se verificó como verdaderos; verdadero (3) Prevención Si otros llevan a cabo actividades delictivas importantes; ayudar a los órganos judiciales a arrestar a otros sospechosos de delitos importantes (incluidos los cómplices) (4) Se considerará que han realizado otras contribuciones importantes al país y a la sociedad; servicios meritorios. Las normas para "delitos graves", "casos graves" y "sospechosos de delitos graves" generalmente se refieren a casos en los que el sospechoso o acusado puede ser condenado a cadena perpetua o más, o el caso tiene un impacto importante en la provincia, región autónoma , municipio directamente dependiente del Gobierno Central o situación a nivel nacional.

5. Son cómplices y cómplices coaccionados

Quienes desempeñen un papel secundario o auxiliar en un delito común, serán cómplices y recibirán pena más leve, reducida o exenta.

A una persona que sea obligada a participar en un delito se le impondrá una pena reducida o se le eximirá de pena en función de las circunstancias de su delito.

6. Otros

Defensa excesiva: Si la legítima defensa excede manifiestamente el límite necesario y causa un daño grave, incurrirá en responsabilidad penal, pero se le reducirá o eximirá la pena.

Cobertura excesiva: Si la cobertura de emergencia excede el límite necesario y causa un daño indebido, incurrirá en responsabilidad penal, pero se le reducirá o eximirá la pena.

Instigando a otros a cometer delitos, pero el instigado no ha cometido el delito instigado, se podrá imponer al instigador una pena más leve o reducida.

Otras circunstancias atenuantes cuando corresponda:

En la práctica judicial, además de las circunstancias legales anteriores que deben ser atenuadas, atenuadas o eximidas de pena conforme a la ley, si se cumple alguna de las siguientes Se cumplen las circunstancias, el juez. Los perpetradores pueden recibir castigos más leves basados ​​en la política de justicia penal de combinar indulgencia con severidad y combinarlos con casos específicos:

1.

2. Puede confesar sinceramente el delito cometido, con buena actitud de admisión de culpa y arrepentimiento;

3. Ser capaz de devolver activamente los bienes robados y obtener una indemnización por la víctima. pérdidas;

4. La víctima tiene la culpa (sospechoso del delito) Una persona lastima a la víctima con ira después de ser humillada por la víctima)

5. un delito accidental.