Responsabilidad legal por falsificar un poder
La ley estipula: Artículo 49 Si el actor no tiene poder de agencia, excede el poder de agencia o celebra un contrato en nombre del mandante después de la terminación del poder de agencia, y la otra parte tiene motivos para creer que el actor tiene el poder de agencia, la agencia funcionará.
Artículo 122: Si una de las partes incumple el contrato y lesiona los derechos e intereses personales o patrimoniales de la otra, la parte perjudicada tiene derecho a exigirle que asuma la responsabilidad por el incumplimiento del contrato de conformidad con esta ley. o exigirle que asuma responsabilidad extracontractual de conformidad con otras leyes.
Consecuencias de la falsificación de un poder:
Para el acto de firmar un poder en nombre de otros, se puede consultar lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. , "falsificar o destruir pruebas importantes" , impedir que el Tribunal Popular conozca casos "El Tribunal Popular puede imponer multas y detenciones según la gravedad del caso; si se constituye un delito, la responsabilidad penal se perseguirá de conformidad con la ley; . "
Respecto a esta responsabilidad penal, la Fiscalía Popular Suprema estipuló en la "Respuesta sobre cómo aplicar la ley a la conducta de falsificación de pruebas para defraudar a jueces civiles de tribunales para que posean bienes ajenos": "A tal efecto de posesión ilegal, falsificación de pruebas para defraudar El comportamiento de un juez civil en un tribunal de posesión de bienes ajenos infringe principalmente las actividades procesales normales del Tribunal Popular, que pueden ser manejadas por el Tribunal Popular de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. No procede perseguir la responsabilidad penal del autor del delito de estafa.
Si el autor falsifica el sello de una empresa, empresa, institución u organización popular al falsificar pruebas, y esto constituye delito, será sancionado por falsificar el sello de la empresa, empresa o institución. de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 280 de la Ley Penal, el delito de sellado de organizaciones populares será investigado por responsabilidad penal si el autor instiga a otros a dar falso testimonio, lo que constituye un delito, será investigado; por responsabilidad penal por el delito de obstrucción del testimonio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 307, apartado 1, de la Ley Penal. "
El poder deberá contener el siguiente contenido:
1. Información básica del mandante y del fiduciario (nombre, sexo, fecha de nacimiento, domicilio actual);
2. La relación entre el mandante y el fiduciario;
3. Razones de la encomienda;
4. Autorización (la autorización debe ser clara y específica);
5. Plazo de encomienda;
6. Si el fiduciario tiene derecho a encomendar;
7. Otros contenidos que deben quedar claros.