Alcance de la indemnización por daños personales
Subjetividad legal:
Alcance de la compensación por lesiones personales: La víctima debe ser compensada por los gastos médicos, de enfermería, de transporte y otros gastos razonables de tratamiento y recuperación incurridos debido a daños personales. lesiones, así como ingresos reducidos debido a la falta de trabajo. Si se produce una discapacidad, la víctima también será indemnizada por el coste de las ayudas de subsistencia y la indemnización por discapacidad. Si se produce la muerte de la víctima, también se indemnizarán los gastos funerarios y la indemnización por fallecimiento. Objetividad jurídica:
La compensación por daños personales se refiere a un método de responsabilidad extracontractual en el que el perpetrador infringe los derechos personales de otros y asume la responsabilidad de una compensación monetaria. La indemnización por daños personales comprende dos tipos: 1. La indemnización por daños y perjuicios por infracción de derechos personales materiales. Es decir, el perpetrador debe soportar la compensación por los daños causados por la infracción de los derechos a la vida y la salud de otras personas, lo que resulta en lesiones, discapacidad, muerte y otras consecuencias. Según el artículo 16 de la Ley de Responsabilidad Civil, quienes infrinjan a otros y causen daños personales serán indemnizados por gastos razonables como gastos médicos, gastos de enfermería, gastos de transporte, etc. para tratamiento y recuperación, así como la pérdida de ingresos. debido al trabajo perdido. Si se produce una discapacidad, también se proporcionará compensación por ayudas de vida por discapacidad y compensación por discapacidad. Si se produce la muerte, también se deben compensar los gastos funerarios y la indemnización por fallecimiento. Los gastos razonables de tratamiento y recuperación, como gastos médicos, gastos de enfermería y gastos de transporte, así como la pérdida de ingresos debido a la falta de trabajo, caen dentro del alcance de la compensación general por lesiones personales causadas por infracción a otros. 1. Gastos médicos, incluidos los gastos de inscripción, los gastos de examen, los gastos de medicamentos, los gastos de tratamiento, los gastos de rehabilitación, etc. Los gastos médicos se determinan sobre la base de los recibos de gastos médicos y honorarios de hospitalización emitidos por las instituciones médicas, combinados con pruebas pertinentes, como registros médicos y certificados de diagnóstico. Si el obligado a indemnizar tuviere alguna objeción a la necesidad y racionalidad del tratamiento, soportará la carga de la prueba correspondiente. El monto de la indemnización por gastos médicos se determinará sobre la base del monto real incurrido antes de la conclusión del debate judicial de primera instancia. Para los honorarios de rehabilitación necesarios para la capacitación para la recuperación de la función de los órganos, los honorarios apropiados de cirugía plástica y otros honorarios de tratamientos de seguimiento, el titular de los derechos de compensación puede demandar por separado después del suceso real. Sin embargo, los gastos que se determinen inevitables con base en certificados médicos u dictámenes de tasación podrán compensarse junto con los gastos médicos en que ya se haya incurrido. 2. Los gastos de enfermería se refieren a los gastos en que incurre la víctima que no puede valerse por sí misma debido al daño y necesita que alguien la cuide. Los honorarios de enfermería se determinan en función de la situación de ingresos del personal de enfermería, la cantidad de cuidadores y la duración de la atención. Si el personal de enfermería tiene ingresos, se calculará con referencia a las normas sobre remuneración por trabajo perdido; si el personal de enfermería no tiene ingresos o emplea trabajadores de enfermería, se calculará con referencia a las normas de remuneración laboral para los trabajadores de enfermería locales contratados; el mismo nivel de atención. En principio, el número de personal de enfermería es de una persona, pero si la institución médica o la institución de evaluación tiene opiniones claras, el número de personal de enfermería se puede determinar por referencia. El período de atención se computará hasta que la víctima recupere su capacidad para cuidar de sí misma. Si la víctima no puede recuperar la capacidad de cuidar de sí misma debido a una discapacidad, se podrá determinar un período razonable de atención en función de su edad, estado de salud y otros factores, pero el período máximo no excederá los 20 años. El nivel de atención a la víctima después de que se determina que la víctima tiene una discapacidad debe determinarse en función del grado de dependencia de la atención y la preparación de dispositivos de asistencia para la discapacidad. 3. Los gastos de transporte se refieren a los gastos de transporte reales incurridos por la víctima y sus acompañantes necesarios para el tratamiento médico o el traslado. Los gastos de transporte se calculan sobre la base de los gastos reales incurridos por la víctima y sus asistentes necesarios para el tratamiento médico o el traslado a un hospital para recibir tratamiento. Los gastos de transporte deben estar respaldados por recibos oficiales; los comprobantes pertinentes deben ser coherentes con el lugar, la hora, el número de personas y la frecuencia del tratamiento médico. 4. Ingresos reducidos debido a falta de trabajo se refiere al trabajo y los ingresos laborales perdidos o reducidos debido a que la víctima resultó lesionada y no pudo realizar un trabajo o trabajo normal. El pago por trabajo perdido se determina en función del tiempo de trabajo perdido y el estado de ingresos de la víctima. El tiempo perdido en el trabajo se determina sobre la base de un certificado de la institución médica donde la víctima recibió tratamiento. Si la víctima continúa faltando al trabajo debido a una lesión o discapacidad, el tiempo perdido en el trabajo se puede calcular hasta el día anterior a la fecha de la discapacidad. Si la víctima tiene ingresos fijos, el salario perdido se calculará sobre la base de la reducción real de ingresos. Si la víctima no tiene ingresos fijos, el cálculo se basará en su ingreso promedio de los últimos tres años, si la víctima no puede acreditar su ingreso promedio en los últimos tres años, el cálculo podrá basarse en el salario promedio de; empleados en la misma o similar industria en el año anterior donde se encuentra el tribunal donde se presenta la demanda. 5. El subsidio de alimentos por hospitalización se puede determinar consultando el estándar de subsidio de alimentos para viajes de negocios para el personal de primer movimiento de las agencias estatales locales. Si la víctima necesita ir a otros lugares para recibir tratamiento y no puede ser hospitalizada por razones objetivas, se compensará la parte razonable de los gastos de alojamiento y alimentación efectivamente incurridos por la víctima y sus acompañantes. 6. Los gastos de alimentación se determinan en función de la discapacidad de la víctima y con referencia a las opiniones de la institución médica. 7. La compensación por el costo de los dispositivos de asistencia para personas discapacitadas se refiere al costo de preparar dispositivos de asistencia para la discapacidad con funciones compensatorias después de que la víctima haya perdido total o parcialmente sus funciones corporales debido a su discapacidad. La tarifa por los dispositivos de asistencia para personas discapacitadas se calcula sobre la base de los estándares de costo razonable para los dispositivos ordinarios aplicables.
Si la lesión requiere necesidades especiales, puede consultar las opiniones de la agencia dispensadora de dispositivos de asistencia para determinar los estándares de tarifas razonables correspondientes. El ciclo de reemplazo y el período de compensación de los dispositivos de asistencia se determinarán con referencia a las opiniones de la agencia dispensadora. 8. La indemnización por invalidez es un elemento de compensación único para la víctima después de quedar discapacitada. La indemnización por invalidez se calculará con base en el grado de incapacidad para trabajar o el nivel de discapacidad de la víctima, con base en el ingreso disponible per cápita de los residentes urbanos o el ingreso neto per cápita de los residentes rurales en el año anterior donde se encuentra el tribunal donde se presenta la demanda. se basa y se calcula durante un período de 20 años a partir de la fecha de determinación de la incapacidad. Sin embargo, para los mayores de 60 años la edad se reducirá en 1 año por cada año adicional; para los mayores de 75 años se computará como 5 años; Si la víctima queda discapacitada debido a una lesión pero sus ingresos reales no se reducen, o si el nivel de discapacidad es relativamente menor pero causa un obstáculo ocupacional que afecta gravemente su empleo, la compensación por discapacidad puede ajustarse en consecuencia. 9. Gastos funerarios. Los gastos funerarios se calculan con base en el salario mensual promedio de los empleados del año anterior en el lugar del tribunal donde se presenta la demanda, y se calculan como un total de 6 meses. Los gastos de subsistencia del dependiente se calcularán con base en el grado de pérdida de capacidad laboral del dependiente y el gasto de consumo per cápita de los residentes urbanos y el gasto de consumo de subsistencia anual per cápita de los residentes rurales en el año anterior donde se presentó el tribunal donde se presentó la demanda. se encuentra. Si el dependiente es menor de edad, el período se computará hasta los 18 años; si el dependiente no puede trabajar y no tiene otra fuente de sustento, el período se computará por 20 años; Sin embargo, para los mayores de 60 años se reducirá un año por cada año adicional de edad; para los mayores de 75 años se computará como 5 años. Los dependientes se refieren a menores que están legalmente obligados a mantener a la víctima o a parientes adultos cercanos que han perdido la capacidad de trabajar y no tienen otra fuente de ingresos. Si el dependiente tiene otros dependientes, el obligado a indemnizar sólo indemnizará a la víctima la parte que conforme a ley le corresponde soportar. Si hay varios dependientes, la compensación anual total no excederá el gasto de consumo per cápita de los residentes urbanos o el gasto de consumo vital anual per cápita de los residentes rurales en el año anterior. "Acerca de la aplicación" del Tribunal Popular Supremo