Interpretación Judicial del Anuncio sobre Transferencia de Derechos de Acreedor en el Periódico
Subjetividad jurídica:
Artículo 545 del Código Civil: Un acreedor puede transferir todo o parte de sus derechos de acreedor a un tercero, salvo en una de las siguientes circunstancias: : ( 1) Intransferible según la naturaleza de los derechos del acreedor; (2) Intransferible según acuerdo de las partes; (3) Intransferible conforme a disposiciones legales; Si las partes acuerdan que los créditos no dinerarios no pueden transferirse, no podrán luchar contra un tercero de buena fe. Si las partes acuerdan que el crédito dinerario no será transferido, no podrán luchar contra un tercero. Artículo 546: Si un acreedor transfiere sus derechos de acreedor sin notificarlo al deudor, la transferencia no será oponible al deudor. La notificación de transferencia de derechos del acreedor no será revocada sino con el consentimiento del cesionario. Artículo 547: Cuando un acreedor transfiere sus derechos de acreedor, el cesionario obtendrá derechos accesorios relacionados con los derechos del acreedor, salvo que los derechos accesorios pertenezcan exclusivamente al propio acreedor. La adquisición de derechos de subordinación por parte del cesionario no se verá afectada por el hecho de que los derechos de subordinación no hayan pasado por los procedimientos de registro de transmisión o no se haya transferido la posesión. Objetividad jurídica:
Artículo 545 de la "República Popular China y Código Civil" Un acreedor puede transferir todo o parte de sus derechos de acreedor a un tercero, excepto en una de las siguientes circunstancias: (1) No transferible según la naturaleza de los derechos del acreedor; (2) No transferible según el acuerdo de las partes; (3) No transferible conforme a las disposiciones legales; Si las partes acuerdan que los créditos no dinerarios no pueden transferirse, no podrán luchar contra un tercero de buena fe. Si las partes acuerdan que el crédito dinerario no será transferido, no podrán luchar contra un tercero. Artículo 546 de la "República Popular China y Código Civil" Si un acreedor transfiere sus derechos de acreedor sin notificarlo al deudor, la transferencia no tendrá efecto contra el deudor. La notificación de transferencia de derechos del acreedor no será revocada sino con el consentimiento del cesionario. Artículo 547 de la "República Popular China y Código Civil": Cuando un acreedor transfiere sus derechos de acreedor, el cesionario obtiene derechos accesorios relacionados con los derechos del acreedor, excepto cuando los derechos accesorios pertenezcan exclusivamente al propio acreedor. La adquisición de derechos de subordinación por parte del cesionario no se verá afectada por el hecho de que los derechos de subordinación no hayan pasado por los procedimientos de registro de transmisión o no se haya transferido la posesión.