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¿Cuál es el quórum para una junta de accionistas según el derecho de sociedades?
Análisis jurídico: más de tres personas, menos de 50 personas, no más de 50 personas.
Base legal: Artículo 17 del “Reglamento de la Asamblea General de Accionistas de una Sociedad de Responsabilidad Limitada”: El número de directores es inferior al mínimo legal previsto en la “Ley de Sociedades Anónimas”, o menos de tres tercios del número previsto en los "Estatutos Sociales" Segundo, o si la sociedad no logra compensar pérdidas que alcancen un tercio de su capital social total, y el consejo de administración no convoca una asamblea general extraordinaria junta de accionistas dentro del plazo prescrito, la junta de supervisores o los accionistas podrán convocar por su propia cuenta una junta general extraordinaria de accionistas de conformidad con los procedimientos previstos en el presente reglamento.