¿Es válido el contrato con el licenciante de infracción de patente?
Base Legal
Artículo 867 del Código Civil
El licenciatario de un contrato de licencia de patente deberá implementar la patente de acuerdo con el acuerdo y no otorgará licencia para un tercero distinto del acuerdo Implementa la patente y paga regalías según lo acordado.
Artículo 873
Si el licenciatario no paga la tarifa de uso según lo acordado, el licenciatario deberá pagar la tarifa de uso y la indemnización por daños y perjuicios según lo acordado; o indemnización por daños y perjuicios, el licenciatario cesará la ejecución si el solicitante patenta o utiliza secretos técnicos, devolverá los datos técnicos y será responsable del incumplimiento del contrato si la ejecución de la patente o el uso de los secretos técnicos excede el alcance acordado; se permite a un tercero implementar la patente o utilizar secretos técnicos sin el consentimiento del licenciante, el incumplimiento del contrato quedará suspendido y la parte será responsable por el incumplimiento del contrato. Cualquiera que viole las obligaciones de confidencialidad acordadas será responsable por el incumplimiento de; contrato.
El cesionario responderá por incumplimiento del contrato de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.