Reglamento sobre la tramitación por parte de la Fiscalía Popular de las transferencias de casos sospechosos de delitos cometidos por organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley
1. Todos los casos penales sospechosos transferidos a los órganos de la fiscalía por los organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley serán aceptados por el departamento de procesamiento de la Fiscalía Popular.
Después de que la Fiscalía Popular acusa al departamento de la fiscalía de aceptar un caso penal sospechoso transferido por el organismo administrativo encargado de hacer cumplir la ley, lo registrará y asignará dos o más fiscales para realizar una revisión preliminar. 2. Cuando la Fiscalía Popular acuse al departamento de la fiscalía de examinar un caso penal sospechoso transferido por un organismo administrativo encargado de hacer cumplir la ley, propondrá un dictamen de manejo para su transferencia al departamento correspondiente en función de diferentes circunstancias y lo presentará al fiscal general adjunto o al jefe. fiscal para su aprobación dentro de los tres días, y notificar al organismo administrativo encargado de hacer cumplir la ley transferido:
(1) Para los casos que no estén bajo la competencia del órgano de fiscalía, transferirlos a otros organismos con competencia
(2) Para los casos que están bajo la jurisdicción del órgano de la fiscalía pero no bajo la jurisdicción de este tribunal Los casos bajo la jurisdicción de este tribunal se transferirán a la Fiscalía Popular con jurisdicción;
(3) Los casos bajo la jurisdicción de este tribunal se transferirán al departamento de fiscalía de lucha contra la corrupción, mala conducta e infracciones de este tribunal para su tramitación.
Para los casos cuya naturaleza no está clara y es difícil de manejar bajo la jurisdicción centralizada, la fiscalía y el departamento de fiscalía pueden realizar primero las investigaciones necesarias. 3. Para los casos que no son competencia de este tribunal pero para los cuales se deben tomar medidas de emergencia, el departamento de fiscalía de la Fiscalía Popular primero tomará medidas de emergencia antes de transferir el caso después de informar al fiscal general adjunto o al fiscal jefe para su aprobación. 4. Para los casos penales sospechosos transferidos por organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley, el Departamento de Fiscalía Anticorrupción, Malversación e Infracciones de la Fiscalía Popular examinará si se adjuntan los siguientes materiales:
(1) Carta de traslado del sospechoso casos penales;
(2) Informe de investigación sobre casos criminales sospechosos;
(3) Lista de elementos involucrados en el caso;
(4) Inspección relevante informes o conclusiones de tasación;
(5) Otros materiales relacionados con delitos sospechosos.
La Fiscalía Popular podrá solicitar al organismo administrativo encargado de hacer cumplir la ley que transfirió el caso que complemente los materiales y pruebas antes mencionados. 5. Para casos penales sospechosos transferidos por agencias administrativas de aplicación de la ley, si la Fiscalía Popular, después de una revisión, considera que se cumplen las condiciones para presentar un caso, tomará una decisión oportuna para archivar el caso y notificará a la agencia administrativa de aplicación de la ley transferida. . 6. Para casos penales sospechosos transferidos por organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley, si la Fiscalía Popular, después de su revisión, considera que no se cumplen las condiciones para presentar un caso, puede tomar la decisión de no presentar el caso si es necesario imponerlo; sanciones administrativas, penas administrativas o confiscación de ganancias ilegales al personal responsable correspondiente, podrá presentar una opinión fiscal se transferirá a las autoridades competentes pertinentes para su procesamiento, y se notificará la transferencia a la agencia administrativa de aplicación de la ley. 7. Respecto de la decisión de la Fiscalía Popular de no presentar un caso, el organismo administrativo encargado de hacer cumplir la ley que transfirió el caso penal sospechoso podrá solicitar a la Fiscalía Popular que tomó la decisión que no presente un caso para su revisión dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la decisión de no presentar un caso. el caso. El Departamento de Procesamiento de Denuncias Penales de la Fiscalía Popular asignará personal dedicado para realizar la revisión y tomar una decisión de revisión dentro de los siete días posteriores a la recepción de la solicitud de revisión de la agencia administrativa encargada de hacer cumplir la ley.
Si la agencia administrativa encargada de hacer cumplir la ley no está satisfecha con la decisión de reconsideración, puede presentar una revisión a la Fiscalía Popular del nivel inmediatamente superior dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la decisión de reconsideración de la Fiscalía Popular. La Fiscalía Popular del nivel inmediatamente superior tomará una decisión de revisión dentro de los quince días siguientes a la recepción del dictamen de revisión presentado por el organismo administrativo encargado de hacer cumplir la ley. Si la decisión original de no presentar un caso fue incorrecta, debe corregirse de manera oportuna y se debe notificar a la Fiscalía Popular de nivel inferior que tomó la decisión de no presentar un caso para que la implemente. 8. En el caso de que la Fiscalía Popular decida presentar para investigación, la Fiscalía Popular que se ocupa del caso notificará de inmediato al organismo administrativo encargado de hacer cumplir la ley que transfirió el caso la decisión de archivar el caso y los resultados de su tramitación. 9. Si el organismo administrativo encargado de hacer cumplir la ley que transfirió el caso penal sospechoso tiene objeciones a la decisión del organismo de seguridad pública de no archivar el caso o a la decisión de reconsideración de no archivar el caso, y recomienda que la Fiscalía Popular supervise la presentación del caso de conformidad con conforme a la ley, el departamento de investigación y supervisión de la Fiscalía Popular se encargará del asunto. 10. La Fiscalía Popular, de conformidad con la ley, llevará a cabo la presentación de casos y supervisará la tramitación de los casos sospechosos de delitos transferidos por los órganos de seguridad pública a los organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley. Para cualquiera de las siguientes circunstancias, la Fiscalía Popular requerirá que el órgano de seguridad pública responda a la Fiscalía Popular por escrito con una explicación de los motivos para no presentar un caso dentro de los siete días siguientes a la recepción del "Aviso solicitando razones para no presentar un caso" de la Fiscalía Popular. un Caso":
(1) La Fiscalía Popular considera que los órganos de seguridad pública no presentaron un caso para investigación cuando debería ser presentado para investigación;
(2) La víctima cree que los órganos de seguridad pública no presentaron un caso para investigación cuando debería ser presentado para investigación, y la víctima presenta una denuncia ante la Fiscalía Popular;
(3) La agencia administrativa de aplicación de la ley que transfirió el El sospechoso del caso penal tiene objeciones a la decisión de la agencia de seguridad pública de no archivar el caso o a la decisión de reconsideración de no archivar el caso, y recomienda que la Fiscalía Popular supervise la presentación del caso de conformidad con la ley.
Si la Fiscalía Popular considera que el motivo para no presentar un caso por parte del órgano de seguridad pública es insostenible, deberá notificar al órgano de seguridad pública para que decida archivar el caso dentro de los quince días siguientes a la recepción de la “Notificación de Presentación del caso” y enviar la decisión de archivar el caso a la Fiscalía Popular. 11. Si la Fiscalía Popular considera que los motivos del órgano de seguridad pública para no presentar un caso están establecidos, o cree que los motivos del órgano de seguridad pública para no presentar un caso no están establecidos y notifica al órgano de seguridad pública para que presente un caso, y el organismo de seguridad pública ya ha presentado el caso, la Fiscalía Popular notificará de inmediato al organismo administrativo encargado de hacer cumplir la ley que propuso la recomendación de supervisión de presentación del caso. 12. Las fiscalías populares de todos los niveles podrán emitir opiniones de fiscalía si los órganos administrativos encargados de hacer cumplir la ley no transfieren casos penales sospechosos en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) Los órganos de fiscalía descubren presuntos delitos que las autoridades administrativas los organismos encargados de hacer cumplir la ley deben transferir No transferir casos;
(2) No transferir casos criminales sospechosos que deben transferirse a organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley informados por las unidades e individuos pertinentes;
( 3) Ocultar y destruir los elementos involucrados en el caso o distribuir privadamente los bienes involucrados en el caso;
(4) Se utilizan sanciones administrativas en lugar de procesamiento penal sin transferencia.
Si se sospecha que el personal administrativo encargado de hacer cumplir la ley ha cometido un delito, será considerado penalmente responsable de conformidad con las disposiciones pertinentes de la ley penal.