¿Qué son los bienes personales después del matrimonio?
Los siguientes bienes después del matrimonio son bienes muebles:
1. Bienes prematrimoniales de uno de los cónyuges.
2. lesiones físicas, gastos como salarios perdidos, subsidios de subsistencia, etc.;
3. Bienes determinados que pertenecen solo a una de las partes en el testamento o contrato de donación;
4. exclusivamente para una de las partes;
5. Otros bienes que deberían pertenecer a una de las partes según la ley, como los honorarios de liquidación de quiebra que una de las partes realmente haya obtenido o debería obtener.
Los bienes personales del marido y la mujer se refieren a los bienes personales del marido y la mujer antes del matrimonio o los bienes adquiridos durante la relación matrimonial que tienen una fuerte exclusividad personal o no pueden ser utilizados por otros. En caso de divorcio, los bienes individuales de los cónyuges pertenecen a cada uno de ellos.
Serán propiedad conjunta del marido y la mujer los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial:
1. Salarios y bonificaciones
2.
3. Los ingresos por derechos de propiedad intelectual;
4. Los bienes obtenidos por herencia o donación, pero que se determinen en el contrato de donación. sólo el marido o la mujer serán propietarios de ellos, excepto los bienes;
5.
6. Ingresos obtenidos por una de las partes provenientes de inversiones en bienes muebles.
7. Subsidios de vivienda y fondos de previsión de vivienda que tanto hombres como mujeres reciben o deberían recibir;
9. Los ingresos generados por los bienes muebles de uno de los cónyuges después del matrimonio, excepto los intereses y los naturales; aumento, serán reconocidos como marido y mujer* **Mismo patrimonio.
Base jurídica:
“La República Popular China y el Código Civil”
Artículo 1063
El siguiente La propiedad es el bienes personales de uno de los cónyuges:
(1) los bienes prematrimoniales de una de las partes;
(2) la compensación o compensación recibida por una de las partes debido a daños personales;
(3) Propiedad que se determina que pertenece a una sola de las partes en el contrato de testamento o donación;
(4) Artículos de primera necesidad utilizados exclusivamente por una de las partes;
(5) Otros bienes que deberían pertenecer a una de las partes.