Estatutos de la Asociación de Auditoría Interna de China
Constitución del Instituto de Auditoría Interna de China
Capítulo 1 Disposiciones generales
Artículo 1 Instituto de Auditoría Interna de China (en adelante, la Asociación), está en inglés La traducción es Instituto de Auditoría Interna de China y se abrevia como C I I A.
Artículo 2: Esta asociación es una organización social nacional formada voluntariamente por instituciones de auditoría interna y auditores internos de empresas e instituciones. Es una organización social que presta servicios a todas las instituciones de auditoría interna y trabajadores de auditoría interna.
Artículo 3 El objeto de esta asociación es observar la constitución, las leyes, los reglamentos y las políticas nacionales, y acatar la moral y las modas sociales, las funciones básicas de la asociación son la gestión, la publicidad, la comunicación y el servicio; . Esto es implementar una gestión industrial autodisciplinada de auditoría interna, proporcionar orientación empresarial y llevar a cabo diversas actividades de servicios profesionales para las instituciones de auditoría interna y los auditores internos, ampliar la influencia de la auditoría interna a través de la publicidad y la comunicación, y mantener la independencia y autoridad de la auditoría interna. entidades de auditoría y los derechos e intereses legítimos de los auditores internos, y promover la mejora de la calidad del equipo de auditoría interna.
Artículo 4 La Asociación acepta la orientación, supervisión y gestión empresarial de la Oficina de Auditoría y del Ministerio de Asuntos Civiles.
Artículo 5 La dirección de la asociación: Beijing.
Capítulo 2 Ámbito Empresarial
Artículo 6 El Ámbito Empresarial de la Asociación:
(1) Formular normas de auditoría interna y normas de ética profesional, y supervisar e inspeccionar Estado de implementación; proporcionar opiniones y sugerencias a los departamentos relevantes sobre la necesidad de una legislación de auditoría interna.
(2) Investigar y estudiar nuevas cuestiones en el desarrollo de la auditoría interna, y proponer opiniones y sugerencias para orientar el trabajo de auditoría interna.
(3) Organizar capacitación empresarial en auditoría interna, llevar a cabo educación de seguimiento y promover el establecimiento y mejora del sistema de certificación del personal de auditoría interna y el sistema de examen de títulos técnicos de auditoría interna.
(4) Realizar investigaciones teóricas y prácticas sobre auditoría interna; resumir e intercambiar experiencias en auditoría interna y administrar bien la revista "China Internal Auditing".
(5) Velar por los derechos e intereses legítimos de los socios.
(6) Proporcionar servicios intermediarios como consultoría de auditoría interna; coordinar las relaciones internas y externas dentro de la industria.
(7) Realizar actividades de intercambio internacional; organizar e implementar el examen unificado de Auditores Internos Certificados Internacionales (abreviatura en inglés CIA) en China; encargarse de la revisión y declaración de los miembros del Instituto Internacional de Auditores Internos.
(8) Realizar otros trabajos relevantes que le encomienden o autoricen las leyes nacionales, los reglamentos administrativos y los organismos de auditoría.
Capítulo 3 Miembros
Artículo 7 Los miembros de esta asociación se dividen en miembros de unidad, miembros individuales y miembros individuales especialmente invitados.
Artículo 8 Condiciones de membresía:
(1) Membresía grupal
(2) Membresía individual.
(3) Invitar especialmente a miembros individuales.
Artículo 9 Procedimientos de Membresía:
(1) Presentar una solicitud de membresía;
(2) Aprobado por la Junta Directiva desarrollar durante el período intermedio; período de sesiones de la Junta Directiva Un pequeño número de miembros será manejado por la Secretaría de la Asociación caso por caso y reportado al Consejo Permanente para su aprobación;
(3) Los certificados de membresía serán emitido por la Junta Directiva o una organización autorizada por la Junta Directiva.
Artículo 10 Los Socios gozarán de los siguientes derechos:
(1) El derecho a elegir, ser elegido y votar de la Asociación;
(2) Recibir servicios de la Asociación Prioridad;
(3) El derecho a criticar, sugerir y supervisar el trabajo de la Asociación;
(4) El derecho a solicitar protección legal de la Asociación ;
(5) Participar en actividades educativas y de capacitación organizadas por la Asociación;
(6) Participar en actividades especiales relevantes de investigación e intercambio de experiencias organizadas por la Asociación;
(7) La membresía es voluntaria y el retiro es gratuito.
Artículo 11 Los miembros deberán cumplir las siguientes obligaciones:
(1) Implementar las resoluciones de la asociación y aceptar la orientación, supervisión y gestión de la asociación;
(2) ) Salvaguardar los derechos e intereses legítimos de la Asociación;
(3) Completar el trabajo asignado por la Asociación;
(4) Completar las tareas de educación y aprendizaje profesional de seguimiento prescritas ;
(5) Pagar las cuotas de membresía según sea necesario;
(6) Informar la situación a la Asociación y proporcionar información relevante.
Artículo 12 Los Socios deberán solicitar por escrito su baja de membresía y devolver sus tarjetas de membresía.
Si un miembro no paga la cuota de membresía durante un año sin ningún motivo, se considerará que ha dado de baja automáticamente la membresía.
Artículo 13 Si un miembro viola gravemente los Estatutos Sociales, será removido de la membresía mediante votación de la Junta Directiva o la Junta Directiva Permanente.
Capítulo 4: Estructura Organizacional y Creación y Remoción de Responsables
Artículo 14: La máxima autoridad de la Asociación es el Congreso de Socios, y las facultades del Congreso de Socios son :
(1) Formular y modificar el estatuto;
(2) Elegir y destituir directores;
(3) Revisar el informe de trabajo y el informe financiero de la junta directiva;
(4) Decidir sobre asuntos de terminación;
(5) Decidir sobre otros asuntos importantes.
Artículo 15 Al Congreso de Socios deberán asistir más de las dos terceras partes de los representantes de los socios, y sus resoluciones deberán ser adoptadas por más de la mitad de los representantes de los socios presentes para que surtan efecto.
Artículo 16 La duración de cada congreso miembro es de cinco años. Si por circunstancias especiales fuera necesario modificar o aplazar el plazo, será propuesto por el Consejo Permanente e informado previamente a las autoridades competentes. departamento comercial y la autoridad de registro y gestión de la sociedad para su aprobación, y será aprobado por el comité ejecutivo Adoptado por votación del Consejo de Administración. Sin embargo, la prórroga máxima del cambio de plazo no podrá exceder de 1 año.
Artículo 17 La Junta Directiva es el órgano ejecutivo del Congreso Miembro, dirige la Asociación para realizar sus trabajos durante el período en que el Congreso no se encuentra reunido y es responsable ante el Congreso Miembro.
Artículo 18 Son funciones y facultades de la Junta Directiva:
(1) Ejecutar las resoluciones del Congreso Miembro;
(2) Elegir y destituir al presidente, vicepresidente, secretario general y director ejecutivo;
(3) Decidir sobre el reemplazo y incorporación de directores individuales por cambios laborales o fallecimiento;
(4 ) Preparar la convocatoria del Congreso de Miembros
(5) Informar sobre el estado laboral y financiero al Congreso de Miembros
(6) Decidir sobre la admisión o remoción de miembros
(7 ) Decidir sobre el establecimiento de oficinas, sucursales, oficinas de representación y entidades;
(8) Decidir sobre el nombramiento de subsecretarios generales y directores de cada agencia;
(9) Formular el sistema de gestión interno y liderar el trabajo de diversas agencias de la Asociación;
(10) Decidir sobre otros asuntos importantes.
Artículo 19 El Consejo de Administración deberá contar con la asistencia de más de dos tercios de los directores antes de poder ser convocado, y sus resoluciones deberán ser votadas por más de dos tercios de los directores presentes antes de poder ser convocada. tener un efecto.
Artículo 20 El Consejo de Administración se reúne con carácter general al menos una vez al año. En circunstancias especiales, también podrá celebrarse mediante comunicación.
Artículo 21 La asociación establecerá un consejo permanente y el número de directores permanentes no excederá un tercio del número de directores. El Consejo Permanente es elegido por el Consejo Directivo y ejercerá las funciones y atribuciones previstas en los numerales 1, 3, 4, 6, 7, 8, 9 y 10 del artículo 18 cuando el Consejo Directivo no se encuentre reunido, y rendirá cuentas ante el Consejo de Administración. Hay oficinas dependientes del Consejo Permanente responsables del trabajo diario.
Artículo 22 El Consejo Permanente deberá contar con la asistencia de más de dos tercios de los directores permanentes antes de que pueda ser convocado, y sus resoluciones deberán ser adoptadas por más de dos tercios de los directores permanentes presentes antes de que se puede surtir efecto.
Artículo 23 El Consejo Permanente se reunirá al menos una vez cada seis meses. En circunstancias especiales, podrá celebrarse también mediante comunicación.
Artículo 24 El presidente, vicepresidente y secretario general de la asociación deberán cumplir las siguientes condiciones:
(1) Adherirse a la línea, principios y políticas del partido, y tener buena calidad política;
(2) Tener una mayor influencia en el campo de la auditoría;
(3) La edad máxima de nombramiento no excederá los 70 años, y el El Secretario General será de tiempo completo;
(4) Gozará de buena salud y podrá trabajar normalmente;
(5) No habrá sido objeto de sanción penal que le prive de derechos políticos;
(6) Tener plena capacidad para la conducta civil.
Artículo 25 Si el presidente, vicepresidente y secretario general de la asociación exceden la edad máxima para ejercer el cargo, deberán ser votados por la junta directiva y reportados a la Sindicatura y al Ministerio del Estado. Asuntos para aprobación.
Artículo 26 El presidente, vicepresidente y secretario general de la Asociación serán elegidos por un período de cinco años. El mandato máximo del presidente, vicepresidente y secretario general no excederá de dos mandatos. Si por circunstancias especiales fuera necesario prorrogarlo, deberá ser aprobado por el voto de más de dos tercios de los miembros. representantes en el Congreso de Miembros y se informa a la Oficina de Auditoría y al Ministerio de Asuntos Civiles para su aprobación, antes de poder asumir el cargo.
Artículo 27 El presidente de la Asociación será el representante legal de la Asociación.
El representante legal de esta asociación no actúa concurrentemente como representante legal de otras organizaciones.
Artículo 28 El presidente de la Asociación ejercerá las siguientes facultades:
(1) Convocar y presidir la Junta Directiva y el Consejo Permanente;
(2) Inspeccionar la implementación de las resoluciones del Congreso Miembro, el Consejo y el Consejo Permanente;
(3) Firmar documentos importantes y relevantes en nombre de la Asociación.
Artículo 29 El Secretario General de la Asociación ejercerá las siguientes facultades:
(1) Presidir el trabajo diario de la oficina y organizar la ejecución del plan anual de trabajo;
(2) Coordinar el trabajo de cada sucursal, agencia de representación y agencia de entidad;
(3) Nombrar al subsecretario general y al responsable principal de cada oficina, agencia representativa y agencia entidad, y presentarlos a la Junta Directiva o al Director Permanente. La reunión decidirá;
(4) Decidir sobre el empleo de personal de tiempo completo de oficinas, agencias representativas y entidades ;
(5) Mantener la cooperación con las asociaciones (sociedad) de auditoría interna local y departamental; Contactar y comunicar información;
(6) Manejar las tareas asignadas por el presidente y el vicepresidente; p>
(7) Manejar otros asuntos diarios.
Capítulo 5 Principios de gestión y uso de activos
Artículo 30 Fuentes de financiación de la asociación:
(1) Cuotas de membresía;
(2) Financiamiento gubernamental;
(3) Financiamiento social y donaciones;
(4) Ingresos de actividades o servicios dentro del ámbito comercial aprobado;
(5) Intereses;
(6) Otros ingresos legales.
Artículo 31 La Asociación recauda las cuotas de membresía de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.
Artículo 32 Los fondos de la asociación deben utilizarse para el ámbito empresarial y el desarrollo de carrera y no se distribuirán entre los miembros.
Artículo 33 La Asociación establecerá un estricto sistema de gestión financiera para garantizar que la información contable sea legal, auténtica, exacta y completa.
Artículo 34 La Asociación deberá contar con personal contable profesionalmente calificado. Los contadores no podrán desempeñar simultáneamente las funciones de cajeros. Los contadores deben realizar cálculos contables e implementar supervisión contable. Cuando el personal contable transfiere puestos de trabajo o deja sus puestos de trabajo, debe aclarar los procedimientos de traspaso con la persona que asume el cargo.
Artículo 35 La gestión de activos de la asociación deberá cumplir con el sistema de gestión de propiedades estipulado por el estado; los activos y los ingresos y gastos financieros de la asociación estarán sujetos a la supervisión del congreso miembro y del departamento financiero. Si el origen de los activos proviene de apropiaciones estatales o donaciones o subsidios sociales, deben estar sujetos a la supervisión de organismos de auditoría y la información pertinente debe anunciarse al público de manera adecuada.
Artículo 36 Antes de modificar el mandato o cambiar el representante legal, la asociación deberá aceptar la auditoría financiera organizada por el Ministerio de Asuntos Civiles y la Oficina de Auditoría.
Artículo 37 Los bienes de esta Asociación no podrán ser malversados, divididos privadamente o malversados por ninguna unidad o individuo.
Artículo 38 Los salarios, seguros y beneficios sociales del personal de tiempo completo de la asociación se implementarán con referencia a las regulaciones nacionales pertinentes para las instituciones públicas.
Capítulo 6 Procedimientos para la modificación de los estatutos
Artículo 39: Las modificaciones a los estatutos de la Asociación serán propuestas por el Consejo Permanente y se presentarán al Congreso de Miembros para su revisión después de ser votada y aprobada por el Consejo.
Artículo 40 Los estatutos revisados de la Asociación serán revisados y aprobados por la Oficina de Auditoría dentro de los 15 días posteriores a su adopción por la Conferencia de Representantes de Miembros, y se informarán al Ministerio de Asuntos Civiles para su aprobación. antes de hacerse efectivo.
Capítulo 7 Procedimientos de Extinción y Enajenación de Bienes después de la Extinción
Artículo 41 Si la Asociación ha cumplido su objeto o se disuelve o necesita cancelarse por escisión, fusión u otras causas, el director La reunión o el Consejo Permanente propondrá una moción para poner fin.
Artículo 42 La moción de terminación de la asociación deberá ser votada y aprobada por la asamblea de representantes de los socios y reportada a la Sindicatura para su revisión y aprobación.
Artículo 43 Antes de que se dé por terminada la asociación, se debe establecer una organización de liquidación bajo la dirección de la Oficina de Auditoría y las autoridades pertinentes para liquidar las reclamaciones y deudas y hacer frente a las consecuencias. Durante el período de liquidación no se realizarán actividades distintas a la liquidación.
Artículo 44 La Asociación se dará por terminada una vez que el Ministerio de Asuntos Civiles haya tramitado los procedimientos de baja.
Artículo 45 La propiedad restante después de la terminación de la asociación se utilizará para desarrollar empresas relacionadas con el propósito de la asociación bajo la supervisión de la Oficina de Auditoría y el Ministerio de Asuntos Civiles y de acuerdo con las normas nacionales pertinentes. regulaciones.
Capítulo 8 Disposiciones Complementarias
Artículo 46 Este Estatuto Social fue votado y aprobado por el Cuarto Congreso de Socios el 26 de enero de 2000.
Artículo 47 El derecho de interpretar los presentes estatutos corresponde al Consejo de la Asociación.
Artículo 48 Este Estatuto entrará en vigor a partir de la fecha de aprobación por el Ministerio de Asuntos Civiles.