¿Qué es una disputa de marca, qué es una objeción de marca y cuál es la diferencia entre ambas?
Las disputas sobre marcas comerciales se refieren a disputas sobre marcas registradas, es decir, disputas por derechos de marcas entre dos propietarios de marcas registradas porque las dos marcas son idénticas o similares. La objeción de marca significa que el titular del derecho anterior o la parte interesada cree que la marca inicialmente aprobada por la Oficina de Marcas para su anuncio es ilegal y presenta una opinión a la Oficina de Marcas para no registrarla dentro de los 3 meses siguientes a la fecha del anuncio. En pocas palabras, una disputa sobre marcas ocurre cuando se utiliza una marca. La oposición de marca ocurre cuando se solicita una marca.
? ¿Características diferentes
? Características de la oposición de marca:
1. Objeción a la protección de derechos, por considerar que la marca preliminarmente aprobada es igual o similar a una marca registrada o solicitada previamente.
2. Se cree que el examen preliminar y la aprobación de la marca violaron las cláusulas de prohibición u otras disposiciones de la Ley de Marcas.
? Características de las disputas de marcas:
1. El solicitante debe ser el solicitante del registro de una marca registrada previamente;
2. El plazo para presentar una disputa es dentro de los cinco años posteriores a la fecha de la marca en disputa. aprobado para su registro;
3. El ámbito de uso de las dos marcas registradas en disputa debe involucrar el mismo tipo de productos (o servicios) o productos (o servicios) similares;
4. Las palabras, los gráficos o sus combinaciones pueden ser idénticos o similares;
5. La marca en disputa no ha sido opuesta por el mismo motivo antes de que se aprobara su registro, ni ha sido adjudicada.
? Esencialmente diferente:
La esencia de la disputa de marca son las medidas especiales de protección para el anterior titular de la marca registrada; la esencia de la oposición de marca es la objeción social a la aprobación preliminar de la marca, incluida la propietario o el solicitante anterior Objeción al uso de la misma o similar marca registrada en los mismos o similares productos (o servicios).
? El contenido es diferente:
El contenido de la disputa es una disputa de derechos; el contenido de la objeción es solo una objeción a una marca que ha sido aprobada preliminarmente.
? El momento es diferente:
La disputa se planteó dentro de un año después de que se aprobó el registro de la marca en disputa, es decir, se emitió el "Certificado de Registro de Marca" la objeción se planteó dentro de los tres meses posteriores a la evaluación preliminar; revisión, es decir, después del anuncio de marca publicado en.
? Las entidades de solicitud son diferentes:
La parte contendiente es específica, es decir, debe ser el registrante anterior; el oponente no es específico y puede ser cualquier agencia, grupo, empresa o individuo, incluido el registrante anterior. .
? Los motivos son diferentes:
Si la marca en disputa es idéntica o similar a la marca del solicitante en productos (o servicios) iguales o similares, se debe presentar una disputa además de los motivos anteriores; también violaciones a las disposiciones de la Ley Prohibitiva de Marcas u otras disposiciones.
? Diferentes agencias de manejo:
Las disputas sobre marcas se envían directamente a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas; las objeciones de marcas se envían a la Oficina de Marcas. Si no está satisfecho con la decisión de la Oficina de Marcas, puede presentar una revisión a la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas dentro de los quince días posteriores a la recepción de la notificación.
Las tarifas que se pagan son diferentes:
No hay tarifa por oposición de marca, pero sí una tarifa de examen por disputas de productos.