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¿La marca sigue siendo válida después de cancelar el registro de la empresa?

Una vez dada de baja la empresa, la marca sigue siendo válida. El artículo 47 de la Ley de Marcas establece: “La marca registrada que sea declarada nula de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de esta Ley será anunciada por la Oficina de Marcas, y se considerará que el derecho exclusivo de uso de la marca registrada ha sido declarado nulo”. No existen decisiones o fallos que declaren la nulidad de la marca registrada, sentencias y fallos sobre casos de infracción de marca hechos y ejecutados por el tribunal popular antes de la nulidad, decisiones de mediación en casos de infracción de marca hechos y ejecutados por los industriales y. autoridades administrativas comerciales, y los que hayan realizado un contrato de transferencia o licencia de marca no tiene efecto retroactivo. Sin embargo, si el registrante de la marca causa pérdidas a otros debido a su mala fe, será indemnizado por la falta de devolución de la indemnización por infracción de marca. , tarifas de transferencia de marca y tarifas de uso de marca de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior, lo cual es una clara violación. Según el principio de equidad, debe ser devuelto total o parcialmente ". Se puede observar que la marca. Solo puede ser declarado inválido por la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas y luego anunciado. El derecho exclusivo a registrar una marca se considera inexistente desde el principio, y la cancelación de la empresa no invalidará la marca.

Base Legal

Ley de Marcas de la República Popular China

Artículo 44: Las marcas registradas violan los artículos 4, 10 y 11 de esta Ley, artículo 12, El párrafo 4 del artículo 19, o si se registra mediante engaño u otros medios desleales, la Oficina de Marcas declarará inválida la marca registrada, otras unidades o personas podrán solicitar a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas que declare inválida la marca registrada;

Cuando la Oficina de Marcas decida declarar la nulidad de una marca registrada, deberá notificarlo por escrito a las partes interesadas. Si el interesado no está satisfecho con la decisión de la Oficina de Marcas, podrá solicitar revisión a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. La Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas tomará una decisión dentro de los nueve meses siguientes a la fecha de recepción de la solicitud y notificará a las partes por escrito. Si existen circunstancias especiales que requieran una prórroga, ésta podrá prorrogarse por tres meses con la aprobación del departamento de administración industrial y comercial del Consejo de Estado. Si la parte interesada no está satisfecha con la decisión de la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas, podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación.

Si otras unidades o personas solicitan a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas que declare inválida una marca registrada, la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas notificará a las partes pertinentes por escrito después de recibir la solicitud y presentará una defensa dentro de un tiempo. límite. La Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas, dentro de los nueve meses siguientes a la fecha de recepción de la solicitud, resolverá mantener la marca registrada o la declarará inválida, y notificará por escrito a las partes pertinentes. Si existen circunstancias especiales que requieran una prórroga, ésta podrá prorrogarse por tres meses con la aprobación del departamento de administración industrial y comercial del Consejo de Estado. Si la parte interesada no está satisfecha con el fallo de la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas, podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. El tribunal popular notificará a la otra parte en el procedimiento de adjudicación de marcas para que participe en el litigio como tercero.