Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación del derecho en el juicio de litigios civiles relacionados con la protección de marcas notoriamente conocidas
La interpretación del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en el juicio de disputas civiles relacionadas con la protección de marcas notoriamente conocidas Breve introducción: "La interpretación del Tribunal Popular Supremo de varias cuestiones relativas la Aplicación de la Ley en el Juicio de Controversias Civiles que Intervienen en la Protección de Marcas Notoriamente Conocidas", promulgada por la Interpretación de Varias Cuestiones sobre la Aplicación de la Ley a los Casos de Controversia", adoptada en la 1467ª reunión del Comité Judicial del Tribunal Popular Supremo sobre Se promulga el 22 de abril de 2009 y entrará en vigor el 1 de mayo de 2009. Explicación detallada el 23 de abril de 2009: "Interpretación del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en el juicio de disputas civiles relacionadas con la protección de marcas notoriamente conocidas" (adoptada en la 1467ª reunión del Comité Judicial del Tribunal Supremo Tribunal Popular de 22 de abril de 2009) Interpretación Legal [2009] No. 3 Artículo 1 Las marcas notoriamente mencionadas en esta Interpretación se refieren a marcas que son ampliamente conocidas por el público relevante en mi país. Artículo 2 En los siguientes casos de disputas civiles, si las partes utilizan marcas notoriamente conocidas como base fáctica y el tribunal popular lo considera necesario en función de las circunstancias específicas del caso, determinará si la marca en cuestión es notoriamente conocida: ( 1) Violación del artículo 13 de la Ley de Marcas. Demandas por infracción de marcas interpuestas por razón de que el nombre de la empresa es idéntico o similar a su marca notoriamente conocida; (3) Demandas de defensa o reconvención previstas en el artículo 6 de esta Interpretación; Artículo 3 En los siguientes casos de disputas civiles, el tribunal popular no examinará si la marca en cuestión es notoriamente conocida: (1) La supuesta infracción de marca o competencia desleal no se basa en el hecho de que la marca es notoriamente conocida (2; ) Por no cumplir con disposiciones legales. En otras condiciones, no se establece la supuesta infracción marcaria o competencia desleal. El demandante presentó una demanda por infracción alegando que el nombre de dominio registrado por el demandado era idéntico o similar a su marca registrada y que el comercio electrónico de productos relacionados se realizaba a través del nombre de dominio, lo que fue suficiente para inducir a error al público pertinente. pensando que fue manejado de conformidad con lo dispuesto en el inciso (1) del párrafo anterior. Artículo 4 Al determinar si una marca es notoriamente conocida, el tribunal popular tendrá en cuenta los hechos que demuestren que es notoriamente conocida y considerará de manera integral todos los factores estipulados en el artículo 14 de la Ley de Marcas, sin embargo, dependiendo de las circunstancias específicas. En cualquier caso, no es necesario considerar los factores previstos en este artículo. Todos los factores son suficientes para determinar que la marca es notoriamente conocida, excepto cuando la marca sea notoriamente conocida. Artículo 5 Si una parte afirma que una marca es notoriamente conocida, deberá, según las circunstancias específicas del caso, proporcionar las siguientes pruebas para demostrar que su marca ya era notoriamente conocida en el momento de la supuesta infracción o infracción desleal de la marca. competencia: (1) Participación de mercado, volumen de ventas de los productos que utilizan la marca Área, ganancias e impuestos (2) La duración del uso continuo de la marca (3) El método, duración, extensión, inversión de capital y alcance geográfico; actividades de publicidad o promoción de marcas (4) El registro de la marca protegida como marca notoriamente conocida (4) El registro de la marca registrada como marca notoriamente conocida (4) 5) La reputación en el mercado de la que goza; la marca; (6) Otros hechos que acrediten que la marca es notoriamente conocida. El tiempo, alcance y forma de uso de la marca mencionada en el párrafo anterior incluye el uso continuado antes de la aprobación del registro. El Tribunal Popular, en combinación con otras pruebas que demuestren que la marca es notoriamente conocida, llevará a cabo una revisión objetiva y exhaustiva de la antigüedad de uso de la marca, la clasificación de la industria, el informe de estudio de mercado, el informe de evaluación del valor de mercado y si se reconoce como marca. marca notoriamente conocida y otras pruebas. Artículo 6 El demandante interpuso una demanda civil alegando que el uso de la marca acusada infringía el derecho exclusivo de uso de una marca registrada. Si el demandado plantea una defensa o reconvención basándose en que la marca registrada del demandante ha sido plagiada, imitada o traducida, le corresponderá al demandado la carga de la prueba de que su marca no registrada anteriormente es notoriamente conocida. Artículo 7 Si la marca acusada de infracción de marca o competencia desleal ha sido reconocida como notoriamente conocida por el tribunal popular o el departamento de administración industrial y comercial del Consejo de Estado antes de que ocurriera el acto, y el demandado no tiene objeciones a este hecho, el el tribunal popular lo determinará. Si el demandado formula objeciones, el demandante seguirá soportando la carga de la prueba de que la marca es notoriamente conocida. A menos que esta interpretación disponga lo contrario, el Tribunal Popular no aplica las reglas de admisibilidad de prueba en litigios civiles al hecho de que una marca es notoriamente conocida. Artículo 8 Si el demandante proporciona pruebas básicas de una marca notoriamente conocida en China, o el demandado no tiene objeciones, el tribunal popular determinará el hecho de que la marca es notoriamente conocida. El artículo 9 es suficiente para hacer que el público pertinente malinterprete el origen de los productos que utilizan la marca notoriamente conocida y la marca acusada, o para que el público relevante piense que existe una conexión específica, como una licencia de uso o una relación empresarial afiliada, entre las operador que utiliza la marca notoriamente conocida y la marca acusada, entra en la categoría de “que pueda causar confusión” según lo estipulado en el artículo 13, párrafo 1 de la Ley de Marcas.
Basta con hacer creer al público pertinente que la marca acusada tiene un grado considerable de conexión con la marca notoriamente conocida, pero debilita el carácter distintivo de la marca notoriamente conocida, denigra la reputación en el mercado de la marca notoriamente conocida, o utiliza indebidamente la reputación en el mercado de la marca notoria, lo que se encuadra en el " párrafo 2 del artículo 13 de la Ley de Marcas estipula que "inducir a error al público y causar daño a los intereses del titular del registro de la marca notoria". Artículo 10 Si el demandante solicita prohibir al demandado el uso de una marca comercial o nombre comercial igual o similar a la marca registrada notoriamente conocida del demandante en productos diferentes, el tribunal popular tomará una decisión basada en las circunstancias específicas del caso. caso y consideración integral de los siguientes factores: (1) Marca notoriamente distintiva (2) La marca notoriamente conocida es conocida por el público relevante en los productos que utilizan la marca registrada o el nombre de la empresa (3) El grado de correlación entre; los productos que utilizan la marca notoriamente conocida y los productos que utilizan la marca registrada o el nombre de la empresa acusada (4) Otros factores relacionados; Artículo 11 Si la marca registrada utilizada por el demandado viola las disposiciones del artículo 13 de la Ley de Marcas y plagia, imita o traduce la marca notoriamente conocida del demandante, lo que constituye una infracción de los derechos de marca, el Tribunal Popular, a solicitud del demandante, prohibir al demandado utilizar la marca de conformidad con la ley. Sin embargo, si la marca registrada del demandado tiene alguna de las siguientes circunstancias, el tribunal popular no la admitirá: (1) Ha excedido lo dispuesto en el artículo 41. de la Ley de Marcas.
Objetividad jurídica:
Una marca notoriamente conocida se refiere a una marca que ha sido reconocida como “marca notoriamente conocida” por la autoridad competente de acuerdo con los procedimientos legales. Interpretación de las marcas notoriamente conocidas según la legislación china (interpretación judicial): Una marca notoriamente conocida es una marca que es ampliamente conocida por el público relevante en mi país y que goza de una gran reputación. El "público relevante" se refiere a un determinado tipo de marca. bienes o servicios relacionados con la marca, consumidores, otros operadores, vendedores y personal relevante involucrado en los canales de distribución que estén estrechamente relacionados con la comercialización de los bienes o servicios antes mencionados. El artículo 22 de la Interpretación del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en los juicios de casos de disputas civiles sobre marcas estipula que “al entender en casos de disputas sobre marcas, el Tribunal Popular podrá, basándose en la solicitud de las partes y las circunstancias específicas de En el caso, determinar si la marca registrada en cuestión es notoriamente conocida de conformidad con la ley. La determinación de marcas notoriamente conocidas se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Marcas, artículo 6 de la Interpretación del Tribunal Popular Supremo. de Varias Cuestiones Relativas a la Aplicación de la Ley en el Juicio de Controversias Civiles sobre Nombres de Dominio de Redes Informáticas establece que “el Tribunal Popular podrá, de acuerdo con la solicitud de las partes y las circunstancias específicas del caso, determinar legalmente si la marca registrada. "Hay cuatro formas de determinar una marca notoriamente conocida: 1. Solicitar el reconocimiento a la Oficina de Marcas de la Administración Estatal de Industria y Comercio; 2. Solicitar el reconocimiento a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas del Estado. Administración de Industria y Comercio Período de solicitud de reconocimiento; 3. Solicitar al departamento industrial y comercial a nivel de ciudad (prefectura) o superior; 4. Solicitar confirmación al Tribunal Popular; Las marcas notoriamente conocidas se reconocen de diferentes maneras y sus procedimientos de solicitud de reconocimiento también son diferentes.