Red de conocimiento del abogados - Respuesta a la Ley de patrimonio - ¿Un cartel realizado por una modelo en una tienda de ropa infringe el derecho al retrato?
¿Un cartel realizado por una modelo en una tienda de ropa infringe el derecho al retrato?
El artículo 100 de los "Principios Generales del Derecho Civil" de mi país estipula que "los ciudadanos gozan del derecho de retrato y no pueden utilizar su retrato con fines de lucro sin el consentimiento del ciudadano". El derecho de un ciudadano a tener un retrato debe cumplir normalmente dos elementos: el primero, no hacerlo con su consentimiento; el segundo, la obtención de un beneficio; Las infracciones habituales de los derechos de retrato de los ciudadanos son principalmente el uso de retratos de otras personas para publicidad comercial, decoración de productos, portadas de libros, calendarios impresos, etc., sin su consentimiento. En caso de infracción de los derechos de retrato, la víctima puede detenerla por su cuenta, como solicitar la entrega del vídeo que tomó, retirar el retrato de la exhibición pública, etc. , y también puede solicitar al autor que detenga la infracción, elimine los obstáculos, elimine el impacto o compense las pérdidas de conformidad con la ley. El derecho a indemnización por daños y perjuicios no requiere daños materiales.
Otras leyes e interpretaciones judiciales también han incluido algunas disposiciones correspondientes sobre la infracción del derecho de retrato. El artículo 139 de las "Opiniones sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de los principios generales del derecho civil" del Tribunal Popular Supremo estipula: Con fines de lucro, los retratos de los ciudadanos pueden utilizarse para publicidad, marcas, decoración de ventanas, etc. Todo lo que se haga sin el consentimiento del ciudadano se considerará una infracción del derecho del ciudadano al retrato.
Así que creo que su caso debería considerarse una infracción porque es para uso comercial.