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Varias disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre pruebas en litigios civiles

Artículo 1 Cuando un demandante presente una demanda ante el Tribunal Popular o el demandado presente una reconvención, deberá ir acompañada de las pruebas correspondientes que cumplan con las condiciones para el procesamiento. Artículo 2 Las partes interesadas tienen la responsabilidad de aportar pruebas para probar los hechos en los que se basan sus propias reclamaciones litigiosas o para refutar los hechos de las reclamaciones litigiosas de la otra parte.

Si no existen pruebas o las pruebas son insuficientes para probar los hechos determinados por las partes, la parte que soporta la carga de la prueba soportará las consecuencias adversas. Artículo 3 El tribunal popular explicará a las partes los requisitos para la presentación de pruebas y las consecuencias jurídicas, y alentará a las partes a que presenten pruebas de forma activa, exhaustiva, correcta y honesta dentro de un período de tiempo razonable.

Si las partes no pueden reunir pruebas por sí mismas por razones objetivas, pueden solicitar al tribunal popular que las investigue y recopile. Artículo 4 Las siguientes demandas por infracción soportarán la carga de la prueba de acuerdo con las siguientes disposiciones:

(1) Para las demandas por infracción de patentes que surjan de patentes de invención para métodos de fabricación de nuevos productos, la unidad o individuo que fabrica el mismo producto asumirá la responsabilidad por el método de fabricación del producto, diferente de la carga de la prueba para los métodos patentados;

(2) En los juicios por infracción que involucren daños causados ​​por operaciones altamente peligrosas, el infractor deberá soportar la responsabilidad. carga de la prueba por el hecho de que la víctima causó daño intencionalmente;

( 3) En una demanda de compensación por daños por contaminación ambiental, el infractor deberá soportar la carga de la prueba por las razones de exención especificadas en la ley y el hecho de que no existe una relación causal entre su comportamiento y los resultados del daño;

(4) Edificios u otros El propietario o administrador deberá soportar la carga de la prueba en los litigios por daños en los que se derrumben instalaciones u objetos suspendidos en edificios. , caerse o causar daños;

(5) Litigios por daños en los que los animales causan daños a las personas debido a la crianza de animales. El criador o administrador de animales deberá soportar la carga de la prueba de que la víctima tiene la culpa o que un tercero tiene la culpa;

(6) Para demandas por infracción causadas por productos defectuosos, para las exenciones estipuladas por la ley, el productor del producto deberá La persona que comete el acto peligroso soporta la carga de la prueba ;

(7) En un juicio por daños en el que el mismo acto peligroso causa daño a otros, la persona que cometió el acto peligroso asumirá la responsabilidad si no existe relación causal entre su acto y el daño resultante. Carga de la prueba;

(8) En litigios por daños causados ​​por conducta médica, las instituciones médicas asumirán la carga de la prueba de que no existe una relación causal entre la conducta médica y los resultados del daño y que no existe. culpa médica.

Si las leyes pertinentes tienen disposiciones especiales sobre la carga de la prueba en litigios por infracción, esas disposiciones prevalecerán. Artículo 5 En un caso de disputa contractual, la parte que afirma que la relación contractual está establecida y es válida soportará la carga de la prueba de que el contrato está establecido y es válido; la parte que afirma cambiar, rescindir, rescindir o rescindir la relación contractual; soportará la carga de la prueba de los hechos que provocaron la modificación de la relación contractual.

Si con motivo de la ejecución del contrato surge un litigio, la carga de la prueba corresponderá a la parte obligada a cumplirlo.

Si hay una disputa sobre el derecho de representación, la parte que reclama el derecho de representación deberá soportar la carga de la prueba. Artículo 6 En los casos de conflicto laboral, si surge un conflicto laboral debido a la decisión del empleador de despedir, destituir, expulsar, rescindir el contrato de trabajo, reducir la remuneración laboral, calcular la vida laboral del empleado, etc., el empleador asumirá la carga de la prueba. . Artículo 7 Cuando no existan disposiciones específicas en la ley y la carga de la prueba no pueda determinarse con base en estas disposiciones y otras interpretaciones judiciales, el tribunal popular podrá determinar la carga de la prueba con base en los principios de equidad y buena fe y considerando integralmente la la capacidad de la parte para presentar pruebas y otros factores. Artículo 8 Durante el curso del litigio, si una de las partes reconoce explícitamente los hechos del caso declarados por la otra parte, la otra parte no necesita proporcionar pruebas. Las excepciones son los casos que involucran relaciones de identidad.

Si los hechos declarados por una parte no son reconocidos o negados por la otra parte, y si los hechos no se afirman o niegan claramente después de una explicación completa y un interrogatorio por parte del juez, los hechos se considerarán una admisión de los hechos.

Si una parte encomienda a un mandatario la participación en el litigio, el reconocimiento del mandatario se considerará reconocimiento de la parte. Sin embargo, se exceptúa esto si la admisión de hechos por un agente sin autorización especial conduce directamente a la admisión de la reclamación de la otra parte; si una parte está presente pero no niega la admisión de su agente, se considerará que la parte ha; lo admitió.

Si una parte retira su admisión antes de finalizar el debate judicial y obtiene el consentimiento de la otra parte, o si hay pruebas suficientes para demostrar que su admisión se hizo bajo coerción o malentendido mayor y es inconsistente con los hechos, la otra parte no puede eximirse de la carga de la prueba. Artículo 9 Las partes no necesitan aportar pruebas para probar los siguientes hechos:

(1) Hechos notorios;

(2) Leyes y teoremas naturales;

(3) Otros hechos que puedan inferirse con base en la ley o hechos conocidos y reglas de la experiencia de la vida diaria;

(4) Hechos confirmados por la sentencia legalmente efectiva del Tribunal Popular;

(5) ) Hechos confirmados por el laudo vigente de la institución arbitral;

(6) Hechos certificados por documentos notariados válidos.

Los puntos (1), (3), (4), (5) y (6) del párrafo anterior, salvo que el interesado tenga prueba suficiente en contrario para revocarlo. Artículo 10 Cuando las partes aporten pruebas al Tribunal Popular, deberán aportar documentos u objetos originales. Si es necesario conservar los documentos originales o las pruebas originales por uno mismo o es realmente difícil proporcionar los documentos originales o las pruebas originales, se puede proporcionar una copia o un duplicado verificado por el tribunal popular. Artículo 11 La prueba aportada por las partes al tribunal popular se forma fuera del territorio de la República Popular China y debe ser autenticada por la autoridad notarial del país donde se encuentra y autenticada por la República Popular China y la embajada de China. o consulado en ese país, o por la República Popular China y la embajada o consulado de China en ese país. Procedimientos de certificación estipulados en los tratados pertinentes celebrados por el país anfitrión.

Las pruebas aportadas por las partes al Tribunal Popular se formaron en Hong Kong, Macao y la provincia de Taiwán, y se deben completar los procedimientos de certificación pertinentes.