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La diferencia entre derechos civiles e intereses civiles

Análisis Jurídico

La diferencia entre derechos civiles y derechos e intereses civiles radica principalmente en los diferentes efectos jurídicos. 1. Los derechos civiles son el ámbito de los intereses concedidos a los sujetos civiles por la ley y la voluntad de realizar determinadas conductas o abstenerse de determinadas conductas para lograr determinados intereses. Incluyendo: ciertos intereses que disfruta directamente el titular del derecho (como los derechos personales) e intereses obtenidos a través de ciertos comportamientos (como los derechos de propiedad) el propio titular del derecho realiza un determinado comportamiento o no realiza un determinado comportamiento y solicita a otros que realicen un determinado comportamiento; determinada conducta o no realizar una determinada conducta, con el fin de garantizar que disfruten o realicen determinados beneficios cuando se violen sus derechos, pueden solicitar protección a los organismos estatales pertinentes; 2. Los derechos e intereses civiles se refieren a los derechos e intereses civiles que disfrutan los ciudadanos o personas jurídicas en actividades civiles. Los llamados derechos civiles se refieren a las calificaciones jurídicas que obtienen los sujetos civiles de conformidad con el derecho civil para realizar determinadas conductas u obtener determinados beneficios. Los denominados intereses civiles se refieren a determinados beneficios que obtienen los sujetos civiles al ejercer los derechos civiles. Los derechos civiles están estipulados por la ley, pero los intereses civiles no están estipulados por la ley sino que son el resultado del ejercicio de los derechos civiles.

Base Legal

Artículo 13 de la "República Popular China y Código Civil": Desde el momento del nacimiento hasta el momento de la muerte, una persona física tiene capacidad para ejercer derechos civiles , disfruta de los derechos civiles de conformidad con la ley y asume obligaciones de derechos civiles. Artículo 14 Todas las personas naturales tienen iguales derechos y capacidades civiles. Artículo 126 Los sujetos civiles gozarán de los demás derechos e intereses civiles previstos por la ley.