Si el comité de la aldea tiene calificaciones de sujetos civiles
1. El comité aldeano tiene la calificación de director civil.
1. Como organización autónoma de masas de base, el comité de aldea es una persona jurídica de grupo social y generalmente cuenta con un certificado de persona jurídica de grupo social emitido por el departamento de asuntos civiles local. Por lo tanto, como persona jurídica, el comité municipal ciertamente tiene las calificaciones para ser objeto de un litigio civil.
2. El comité de la aldea tiene un director del comité de la aldea elegido por las masas de acuerdo con el "Reglamento de autonomía de los aldeanos". Él es el representante legal de la aldea y tiene calificaciones independientes como sujeto de litigio.
2. Los grupos de aldeas también pueden actuar como sujetos civiles.
1. En 2005, el Tribunal Popular Supremo otorgó claramente a los grupos de aldeanos la calificación para ser litigantes en su respuesta a la “Solicitud de instrucciones sobre varias cuestiones relativas al ejercicio de los grupos de aldeanos” del Tribunal Popular Superior Provincial de Hebei. 'Derechos de Litigios.” La respuesta es la siguiente:
El tercer grupo de aldeanos de la aldea de Toudaocheng, municipio de Xiaochang, ciudad de Zunhua, puede ser parte en el litigio civil. El litigio que involucre al tercer grupo de aldeanos como parte se iniciará con el líder del grupo como principal responsable. Cuando el líder del grupo ejerza derechos de litigio en nombre del líder del grupo de aldeanos, deberá consultar el artículo 17 de la Ley Orgánica del Comité de Aldeanos de la República Popular China y realizar procedimientos de negociación democrática.
2. El artículo 10 de la "Ley de Tierras" estipula: La tierra propiedad de los agricultores es administrada por la organización económica colectiva de la aldea o el comité de la aldea. Ha sido propiedad de dos o más organizaciones económicas colectivas rurales. y es propiedad de cada colectivo rural de la aldea. Organización o grupo de aldeanos operación y gestión al mismo tiempo, el artículo 10 de la "Ley Orgánica del Comité de Aldea" también confirma la legalidad de su existencia;
De las dos leyes anteriores, se puede determinar que el grupo de aldeanos es una organización económica colectiva de la aldea que tiene derechos de propiedad y uso de la tierra y puede soportar ciertas consecuencias civiles con esta propiedad, por lo que debería; Ser sujeto de litigio previsto en el Reglamento de la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre otras organizaciones puede convertirse en materia de calificaciones de sujeto civil.