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¿El consejo de administración de una sociedad limitada tiene que tener representantes de los trabajadores?

Análisis jurídico: El consejo de administración de una sociedad limitada no necesariamente tiene que tener representantes de los trabajadores. En términos generales, el consejo de administración de una sociedad de responsabilidad limitada puede (pero no está obligado) incluir representantes de los trabajadores. Sólo el consejo de administración de una empresa de propiedad totalmente estatal o de una sociedad de responsabilidad limitada establecida por dos o más empresas de propiedad estatal o dos o más inversores de propiedad estatal debe incluir representantes de los trabajadores, pero no existe ningún límite legal sobre la proporción de representantes de los trabajadores.

Base jurídica: Artículo 40 de la "Ley de Sociedades de la República Popular China". Si una sociedad de responsabilidad limitada establece un consejo de administración, la junta de accionistas será convocada por el consejo de administración y presidida por el presidente del consejo de administración cuando no pueda o no pueda desempeñar sus funciones, el vicepresidente presidirá la reunión si el vicepresidente no puede o no cumple con sus funciones, más de la mitad del tiempo; Los directores elegirán conjuntamente un director. Si una sociedad de responsabilidad limitada no tiene directorio, la asamblea de accionistas será convocada y presidida por el director ejecutivo. Si la junta directiva o el director ejecutivo no puede o no cumple con el deber de convocar una junta general de accionistas, la junta de supervisores o el supervisor de la empresa sin junta de supervisores convocará y presidirá la junta si el; Si la junta de supervisores o el supervisor no convocan ni presiden la reunión, los accionistas que representen más de una décima parte de los derechos de voto podrán convocarla y presidirla por sí solos y presidir las reuniones.