Condiciones y objetos de la asistencia jurídica en casos penales
(2) Las víctimas de casos de procesamiento público y su representante legal o pariente cercano no ha confiado un agente litigante debido a dificultades financieras desde la fecha en que el caso fue transferido para su revisión y procesamiento;
(3) Desde el caso de la acusación particular fue aceptado por el Tribunal Popular, el fiscal particular y su representante legal. La persona no puede nombrar un abogado litigante debido a dificultades financieras.
Base jurídica: “Reglamento de Asistencia Jurídica”
Artículo 11 En el proceso penal, los ciudadanos podrán solicitar asistencia jurídica a las agencias de asistencia jurídica en cualquiera de las siguientes circunstancias:
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(1) El sospechoso de un delito no contrató a un abogado debido a dificultades financieras después de ser interrogado por primera vez por la agencia de investigación o después de que se le tomaran medidas obligatorias (2) La víctima del caso de la fiscalía; y su representante legal o familiares cercanos, desde la fecha en que el caso fue transferido para su revisión y procesamiento, no se ha designado ningún agente litigante debido a dificultades financieras (3) Desde la fecha de aceptación del caso de acusación privada por el Tribunal Popular, El fiscal privado y su representante legal no han designado un agente litigante debido a dificultades financieras.
Artículo 12 En un caso en el que el fiscal comparece ante el tribunal para el procesamiento público y el acusado no contrata a un defensor debido a dificultades financieras u otras razones, y el tribunal popular designa un defensor para el acusado, el La agencia de asistencia jurídica proporcionará asistencia jurídica.
Si el imputado es ciego, sordo, mudo o menor de edad y no ha designado defensor, o el imputado puede ser condenado a muerte pero no ha designado defensor, cuando el tribunal popular designe un defensor para el acusado, la agencia de asistencia jurídica La asistencia jurídica debe proporcionarse sin examinar la situación financiera del acusado.
Artículo 13 Las normas para las dificultades financieras de los ciudadanos a que se refiere este Reglamento serán formuladas por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central con base en las necesidades de desarrollo económico y legal. ayudas en sus respectivas regiones administrativas.
Si el estándar de dificultades financieras del domicilio del solicitante es inconsistente con el de la agencia de asistencia legal que acepta la solicitud, prevalecerá el estándar de dificultades financieras de la agencia de asistencia legal que acepta la solicitud.