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Cuando el sospechoso queda en libertad bajo fianza en espera de juicio, ¿puede ver a un abogado antes del primer juicio?

Sí puedes.

El deber del abogado defensor es presentar materiales y opiniones de que el sospechoso o imputado es inocente, el delito es menor o la responsabilidad penal se reduce o exime con base en los hechos y el derecho, y salvaguardar los derechos de litigio del sospechoso o acusado de un delito y otros derechos e intereses legítimos. Según las disposiciones de la Ley de Procedimiento Penal, incluso si el sospechoso de un delito no ha sido puesto en libertad bajo fianza en espera de juicio o detenido, los abogados aún pueden reunirse con el sospechoso de un delito bajo custodia en cualquier etapa del proceso penal (incluso, por supuesto, antes durante el proceso) (para delitos que ponen en peligro la seguridad nacional, actividades terroristas) Para delitos y delitos de soborno especialmente graves, los abogados defensores deberán obtener permiso de la agencia de investigación cuando se reúnan con sospechosos de delitos bajo custodia durante la investigación).

Por lo tanto, si un sospechoso de un delito queda en libertad bajo fianza en espera de juicio, el sospechoso de un delito puede reunirse con su abogado defensor en cualquier momento sin ningún obstáculo legal.

Ley de Procedimiento Penal

Artículo 33 El sospechoso de un delito tiene derecho a confiar un defensor desde el primer día del interrogatorio o de las medidas obligatorias adoptadas por el organismo de investigación. Durante la investigación, sólo se puede confiar la defensa a abogados. El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento.

Al interrogar a un sospechoso de un delito o tomar medidas coercitivas contra él por primera vez, el organismo de investigación le informará del derecho a confiarle un defensor. La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor. El Tribunal Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de aceptación del caso, notificará al imputado su derecho a confiar un defensor. Si un sospechoso o acusado de un delito solicita que se le encomiende un defensor mientras se encuentra bajo custodia, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública comunicarán sin demora la solicitud.

Si un sospechoso o acusado de un delito se encuentra detenido, su tutor o pariente cercano también podrá confiarle un defensor.

Después de aceptar la encomienda de un sospechoso o acusado de un delito, el defensor deberá notificar de inmediato a la agencia que maneja el caso.

Artículo 35 El defensor deberá, con base en los hechos y en el derecho, presentar materiales y opiniones sobre si el sospechoso o imputado es inocente, el delito es menor o la responsabilidad penal está reducida o eximida, y salvaguardará el sospechoso o acusado de un delito, los derechos de litigio y otros derechos e intereses legítimos.

Artículo 36 Los abogados defensores pueden brindar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos durante la investigación; representarlos en apelaciones y acusaciones; solicitar cambios en las medidas obligatorias e investigar ante los organismos de investigación sobre los delitos de los que se sospecha; y asuntos relacionados con la situación y brindar opiniones.

Artículo 37: Los abogados defensores podrán reunirse y comunicarse con los presuntos delincuentes y los imputados bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular.

Si un abogado defensor solicita reunirse con un sospechoso de un delito detenido o acusado con un certificado de ejercicio de abogado, un certificado de bufete de abogados, un poder o una carta de asistencia jurídica, el centro de detención deberá organizar la reunión en el momento oportuno. manera, a más tardar 48 horas.

En casos de delitos que ponen en peligro la seguridad nacional, actividades terroristas y, en particular, delitos graves de soborno, los abogados defensores deben obtener permiso de la agencia de investigación para reunirse con los sospechosos de delitos bajo custodia durante la investigación. El organismo de investigación notificará al centro de detención con antelación la situación anterior.

Los abogados defensores se reúnen con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia para conocer el caso y brindarles asesoramiento legal. A partir de la fecha en que el caso se transfiere para su revisión y enjuiciamiento, se pueden verificar las pruebas pertinentes con el sospechoso o acusado del delito. Los abogados defensores no están sujetos a vigilancia cuando se reúnen con sospechosos y acusados ​​de delitos.

Las disposiciones de los apartados 1, 3 y 4 se aplicarán a las reuniones y comunicaciones entre los abogados defensores y los sospechosos y acusados ​​de delitos que se encuentren bajo vigilancia domiciliaria.