¿Puede la sucursal firmar el contrato si gana la licitación?
Base Legal
Artículo 48 de la “Ley de Licitaciones y Licitaciones”
El adjudicatario deberá cumplir con sus obligaciones de conformidad con el contrato y completar el proyecto adjudicatario. . El postor ganador no podrá transferir el proyecto ganador a otros, ni podrá desmembrar el proyecto ganador y transferirlo a otra persona. El adjudicatario podrá, de conformidad con el contrato o con el consentimiento del licitador, subcontratar a otros algunos de los trabajos no principales y no críticos del proyecto ganador. El personal que acepte la subcontratación deberá tener la cualificación correspondiente y no podrá ser subcontratado nuevamente. El adjudicatario será responsable ante el licitador del proyecto subcontratado, siendo el subcontratista solidariamente responsable del proyecto subcontratado. Después de ganar la licitación, confiar a la sucursal la firma del contrato cumple con las normas de que "el postor ganador deberá cumplir con sus obligaciones de acuerdo con el contrato y completar el proyecto ganador". Una vez completado el poder y otros procedimientos pertinentes, la oficina central puede confiar a la sucursal la firma del contrato después de ganar la licitación.