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¿Se puede registrar como marca el nombre común de un producto?

Una marca registrada puede contener el nombre común del producto, pero un logotipo que solo contiene el nombre común del producto no puede registrarse como marca.

Porque la marca solicitada para su registro debe tener características distintivas, ser fácilmente identificable y no debe entrar en conflicto con derechos legales previamente obtenidos por otros. Sin embargo, un logotipo que sólo contiene el nombre común de un producto obviamente no tiene características distintivas y es fácil de identificar y no puede registrarse como marca.

Base legal

El artículo 11 de la “Ley de Marcas” establece que no podrán registrarse como marcas las siguientes marcas:

(1) Sólo se refiere a las nombre común del producto, gráficos y modelos;

(2) Expresar únicamente directamente la calidad, principales materias primas, funciones, usos, peso, cantidad y demás características de la mercancía;

(3) Otras faltas de rasgos distintivos de. Si las marcas enumeradas en el párrafo anterior han adquirido características distintivas por el uso y son fácilmente identificables, podrán registrarse como marcas.