Detalles de las reglas de calificación para abogados en casos penales
2. El deber del defensor es proponer que el presunto delincuente o imputado sea. inocente, el delito es menor o el delito se reduce o exime en función de los hechos y la ley. Proporcionar materiales y opiniones sobre responsabilidad penal y salvaguardar los derechos de litigio y otros derechos e intereses legítimos de los sospechosos y acusados de delitos.
3. Artículo 36 Los abogados defensores podrán brindar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos durante la investigación; presentar denuncias y acusaciones; solicitar cambios en las medidas obligatorias e informarse ante los organismos de investigación sobre los delitos y casos de los sospechosos; son sospechosos de brindar opiniones sobre situaciones relevantes.
Artículo 37 Los abogados defensores podrán reunirse y comunicarse con los presuntos delincuentes y los acusados bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular.
Los abogados defensores se reúnen con sospechosos de delitos y acusados bajo custodia para conocer el caso y brindarles asesoramiento legal. A partir de la fecha en que el caso se transfiere para su revisión y enjuiciamiento, se pueden verificar las pruebas pertinentes con el sospechoso o acusado del delito. Los abogados defensores no están sujetos a vigilancia cuando se reúnen con sospechosos y acusados de delitos.
5. Artículo 38 A partir de la fecha en que la Fiscalía Popular examina el expediente, los abogados defensores podrán consultar, extraer y copiar el expediente. Otros defensores también pueden consultar, extraer y copiar los materiales antes mencionados con el permiso del Tribunal Popular o de la Fiscalía Popular.
Artículo 39: Si el defensor considera que las pruebas y materiales recabados por los órganos de seguridad pública y la Fiscalía Popular durante el período de investigación, revisión y procesamiento demuestran la inocencia del sospechoso o imputado o del delito menor. del delito no han sido presentados, el defensor tiene derecho a presentarlo ante el pueblo. La Fiscalía y el Tribunal Popular solicitan su traslado.