Leyes relativas al tabaco

Ley de Monopolio del Tabaco de la República Popular China

(Adoptada en la vigésima reunión del Comité Permanente de la APN del Séptimo Congreso Nacional Popular el 29 de junio de 1991 y el Decreto 46 del Presidente de la República Popular China el 29 de junio de 1991 Anunciado y vigente a partir del 29 de junio de 1992 1).

Capítulo 1 Principios Generales

Artículo 1: Para implementar la gestión del monopolio del tabaco, organizar la producción y operación de los productos del monopolio del tabaco de manera planificada, mejorar la calidad de los productos del tabaco, y salvaguardar los intereses de los consumidores. Esta ley está formulada para proteger los ingresos fiscales nacionales.

Artículo 2 El término “productos especiales de tabaco” mencionado en esta Ley se refiere a cigarrillos, cigarros puros, tabaco rallado, hojas de tabaco recurridas, hojas de tabaco, papel de fumar, varillas de filtro, estopas de cigarrillos y maquinaria especial para tabaco. .

Los puros, los cigarros puros, el tabaco cortado y las hojas de tabaco recurrentes se denominan colectivamente productos del tabaco.

Artículo 3 El Estado implementará una gestión monopolística sobre la producción, venta, importación y exportación de productos de monopolio de tabaco de conformidad con la ley, e implementará un sistema de licencias de monopolio de tabaco.

Artículo 4 El departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado estará a cargo del trabajo del monopolio nacional del tabaco. Los departamentos administrativos del monopolio del tabaco de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central son responsables del trabajo del monopolio del tabaco dentro de sus respectivas jurisdicciones y están bajo el doble liderazgo del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado y de los gobiernos populares. de provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, con el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado como principal liderazgo.

Artículo 5 El Estado fortalecerá la investigación científica y el desarrollo tecnológico de los productos especiales de tabaco, mejorará la calidad de los productos de tabaco y reducirá el contenido de alquitrán y otros ingredientes nocivos.

El Estado y la sociedad han fortalecido la publicidad y la educación sobre los riesgos para la salud que conlleva fumar, han prohibido o restringido fumar en el transporte público y en lugares públicos, han disuadido a los adolescentes de fumar y han prohibido fumar a los estudiantes de primaria y secundaria.

Artículo 6 El Estado implementa la gestión del monopolio del tabaco en las áreas étnicas autónomas y se ocupa de los intereses de las áreas étnicas autónomas y del cultivo de tabaco y la producción de productos de tabaco en las áreas étnicas autónomas de conformidad con las disposiciones pertinentes de este ley y la Ley de Autonomía Étnica Regional.

Capítulo 2 Cultivo, Compra y Distribución de Hojas de Tabaco

Artículo 7 Las hojas de tabaco mencionadas en esta Ley se refieren al tabaco curado al humo y al tabaco curado al sol famoso y de alta calidad necesarios para la producción de productos de tabaco Lista de tabaco curado al sol famoso y de alta calidad Será estipulado por el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado.

Otros tabacos curados al sol que no estén incluidos en la lista de tabacos curados al sol pueden venderse en los mercados comerciales del mercado.

Artículo 8 La plantación de tabaco debe cultivar y promover variedades excelentes de acuerdo con las condiciones locales. Una vez que las variedades excelentes sean aprobadas por el comité de aprobación de variedades de tabaco nacional o provincial, las empresas tabacaleras locales las organizarán y suministrarán.

Artículo 9 El plan de compra de tabaco será emitido por el departamento de planificación del gobierno popular local a nivel de condado o superior de acuerdo con el plan emitido por el departamento de planificación del Consejo de Estado, y ninguna otra unidad. o individuo puede cambiarlo.

Las empresas tabacaleras o sus unidades encomendadas deberán celebrar contratos de compra de hoja de tabaco con los productores de hoja de tabaco. El contrato de compra de hoja de tabaco deberá estipular el área de plantación de hoja de tabaco.

El precio de compra de las hojas de tabaco será determinado por el departamento de precios del Consejo de Estado junto con el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado de conformidad con el principio de precios graduados.

Artículo 10 Las hojas de tabaco serán compradas por las empresas tabacaleras o unidades encomendadas por ellas de acuerdo con las normas de compra y precios prescritos por el Estado, y no podrán ser compradas por ninguna otra unidad o individuo.

Las empresas tabacaleras y sus unidades encargadas comprarán todas las hojas de tabaco producidas por los productores de tabaco de acuerdo con las normas estipuladas por el estado y el área de plantación estipulada en el contrato de compra de hojas de tabaco. No reducirán el precio y. manejar adecuadamente las disputas que surjan de la compra de hojas de tabaco.

Artículo 11 El plan de distribución de hojas de tabaco y hojas de tabaco curado en las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central será emitido por el departamento de planificación del Consejo de Estado. Las hojas y hojas de tabaco curado dentro de la jurisdicción de las provincias, regiones autónomas y municipios serán determinadas por las provincias, regiones autónomas y Es emitido por el departamento de planificación del municipio directamente dependiente del Gobierno Central y no puede ser modificado por ninguna otra unidad. o individual.

Se deberá firmar un contrato para la asignación de hojas de tabaco y hojas de tabaco reciclado.

Capítulo 3 Producción de Productos de Tabaco

Artículo 12 Para establecer una empresa de fabricación de productos de tabaco, debe ser aprobada por el departamento administrativo del monopolio de tabaco del Consejo de Estado, obtener un monopolio de fabricación de tabaco. licencia de empresa, y debe ser aprobada y registrada por el departamento administrativo industrial y comercial su división, fusión y cancelación debe ser aprobada por el departamento administrativo del monopolio de tabaco del Consejo de Estado, y los procedimientos de registro de cambio y cancelación deben completarse con el departamento administrativo industrial y comercial. Si no se ha obtenido una licencia de empresa de producción de monopolio de tabaco, el departamento de administración industrial y comercial no aprobará el registro.

Artículo 13 Las empresas fabricantes de productos de tabaco deben obtener la aprobación del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado para llevar a cabo la construcción de capital o la transformación tecnológica para ampliar la capacidad de producción.

Artículo 14 Los planes anuales de producción total de cigarrillos y puros en las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central serán emitidos por el departamento de planificación del Consejo de Estado. El plan de producción total anual de cigarrillos y puros de los fabricantes de productos de tabaco será emitido por el departamento administrativo del monopolio provincial del tabaco de acuerdo con el plan emitido por el departamento de planificación del Consejo de Estado y en combinación con las condiciones de venta del mercado. tareas de sobreproducción a los fabricantes de productos del tabaco. Si un fabricante de productos de tabaco necesita producir cigarrillos o puros por encima del plan de producción total anual basado en las ventas en el mercado, debe obtener la aprobación del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado.

Basándose en el plan de producción total anual emitido por el departamento de planificación del Consejo de Estado, la Corporación Nacional del Tabaco emite objetivos de producción de cigarrillos a las empresas tabacaleras provinciales en diferentes grados y categorías. Las empresas tabacaleras provinciales emiten indicadores de producción de cigarrillos clasificados y graduados a los fabricantes de productos de tabaco basándose en los indicadores de producción de cigarrillos clasificados y graduados emitidos por la Corporación Nacional del Tabaco y combinados con las ventas en el mercado. Las empresas fabricantes de productos de tabaco pueden realizar ajustes apropiados a los indicadores de producción de cigarrillos de diferentes grados y categorías dentro del alcance del plan de producción total anual de la empresa en función de las condiciones de venta del mercado.

Capítulo 4 Venta y transporte de productos de tabaco

Artículo 15 Las empresas dedicadas al negocio mayorista de productos de tabaco deben obtener la aprobación del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado o del departamento provincial de tabaco. departamento administrativo del monopolio Con la aprobación del departamento, se obtuvo una licencia de empresa mayorista de monopolio de tabaco y el registro fue aprobado por el departamento de administración industrial y comercial.

Artículo 16 Las empresas o personas físicas que se dediquen al negocio minorista de productos de tabaco, previa encomienda del departamento administrativo del monopolio del tabaco de nivel superior y previa revisión y aprobación del departamento administrativo industrial y comercial del condado: nivel de gobierno popular, se le expedirá un certificado de licencia de venta minorista de monopolio de tabaco. Si se ha establecido un departamento administrativo del monopolio de tabaco a nivel de condado, también se puede emitir una licencia minorista de monopolio de tabaco previa revisión y aprobación por parte del departamento administrativo del monopolio de tabaco a nivel de condado.

Artículo 17 El departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado, junto con el departamento de precios del Consejo de Estado, selecciona algunas marcas de cigarrillos como productos representativos en función del grado del cigarrillo. Los precios de los productos representativos los determina el departamento de precios del Consejo de Estado en colaboración con el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado. Los precios de los cigarrillos, puros y tabaco rallado no representativos serán determinados por el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado o por los departamentos administrativos del monopolio del tabaco de las provincias, regiones autónomas y municipios autorizados por el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Estado. Consejo, y se informará al departamento administrativo de precios del Consejo de Estado o a la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central. El departamento de precios del Gobierno Popular archivará el registro.

Artículo 18: El Estado formula normas para clasificar el contenido de alquitrán de cigarrillos y puros. Los cigarrillos y puros deben estar etiquetados en el paquete con el nivel de contenido de alquitrán y "Fumar es perjudicial para la salud".

El artículo 19 prohíbe la difusión y publicación de anuncios de productos de tabaco en emisoras de radio, televisiones y periódicos.

Artículo 20: Los cigarrillos, puros y tabaco cortado envasado deberán solicitar el registro de marca. Sin aprobación y registro, no se permiten la producción ni las ventas.

Está prohibido producir y vender productos de tabaco que falsifiquen marcas registradas de otras personas.

Artículo 21 Las marcas de productos de tabaco deben ser impresas por empresas designadas por el departamento provincial de administración industrial y comercial; las empresas no designadas no pueden imprimir marcas de productos de tabaco.

Artículo 22 Para consignar o consignar productos del monopolio del tabaco, se deberá poseer un permiso de transporte emitido por el departamento administrativo del monopolio del tabaco o una agencia autorizada por el departamento administrativo del monopolio del tabaco, sin licencia de transporte, el transportista no podrá; Llevar carga.

Artículo 23: El envío por correo y el transporte de hojas de tabaco y productos de tabaco en otros lugares no excederá el límite prescrito por el departamento competente correspondiente del Consejo de Estado.

Artículo 24: Las personas físicas que introduzcan productos de tabaco al país no excederán el límite establecido por las autoridades competentes del Consejo de Estado.

Capítulo 5: Producción y venta de papel para cigarrillos, varillas de filtro, remolques para cigarrillos y maquinaria específica para tabaco.

Artículo 25 Las empresas que producen papel para cigarrillos, barras de filtro, cables para cigarrillos y maquinaria especial para tabaco deben informar al departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado para su aprobación y obtener una licencia de empresa de producción del monopolio del tabaco.

El término "maquinaria especial para tabacos", tal como se utiliza en esta Ley, se refiere a la máquina completa de maquinaria especial para tabaco.

Artículo 26: Los fabricantes de papel para cigarrillos, varillas filtrantes, cables para cigarrillos y maquinaria especial para tabaco organizarán sus actividades de acuerdo con los planes del departamento administrativo del monopolio del tabaco dependiente del Consejo de Estado y los contratos de pedidos firmados con Fabricantes de productos del tabaco.

Artículo 27 Las empresas que producen papel para cigarrillos, barras de filtro, cables para cigarrillos y maquinaria específica para el tabaco solo pueden vender sus productos a las empresas tabacaleras y a las empresas tabacaleras que posean una licencia empresarial de producción de productos de monopolio.

Capítulo 6 Comercio de Importación y Exportación y Cooperación Económica y Técnica Exterior

Artículo 28 El departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado deberá, de conformidad con los reglamentos del Consejo de Estado, gestionar el comercio de importación y exportación y el comercio exterior de la industria tabacalera. Cooperación económica y técnica.

Artículo 29 Las empresas que se dediquen a la importación y exportación de productos de tabaco monopolizados, el envío de productos de tabaco extranjeros o la compra y venta de productos de tabaco extranjeros libres de impuestos dentro del área de supervisión aduanera deberán obtener la aprobación de el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado o el tabaco provincial Obtener la licencia especial de empresa del monopolio del tabaco con la aprobación del departamento administrativo del monopolio.

Las empresas que posean una licencia comercial especial de monopolio de tabaco deben presentar planes y declaraciones de compra, venta e inventario al departamento administrativo del monopolio de tabaco del Consejo de Estado de acuerdo con las regulaciones del departamento administrativo de monopolio de tabaco del Consejo de Estado. .

Capítulo 7 Responsabilidades Legales

Artículo 30 Quien viole las disposiciones de esta Ley y compre hojas de tabaco sin autorización será multado por el departamento administrativo del monopolio tabacalera y deberá comprar hojas de tabaco ilegales en un precio especificado por el Estado. Las hojas de tabaco adquiridas, si la cantidad es enorme, se confiscarán las hojas de tabaco adquiridas ilegalmente y las ganancias ilegales.

Artículo 31 Si los productos del monopolio del tabaco se envían o transportan sin un permiso de envío o en exceso de la cantidad especificada en el permiso de envío, el departamento administrativo del monopolio del tabaco impondrá una multa y podrá comprar mercancías ilegales a un precio estipulado por el Estado productos de monopolio de tabaco transportados; en casos graves, los productos de monopolio de tabaco transportados ilegalmente y las ganancias ilegales serán confiscados.

Si el transportista transporta a sabiendas mercancías del monopolio del tabaco para una unidad o individuo sin un permiso de transporte, las ganancias ilegales serán confiscadas por el departamento administrativo del monopolio del tabaco y se le impondrá una multa.

Quien transporte hojas de tabaco o productos del tabaco a otros lugares por encima del límite nacional será tratado de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1.

Artículo 32 Si una empresa de producción de monopolio de tabaco no tiene una licencia para producir productos de tabaco, el departamento administrativo del monopolio de tabaco le ordenará el cierre, confiscará sus ganancias ilegales e impondrá una multa.

Si una empresa no tiene una licencia de empresa de producción de monopolio de tabaco para producir papel de fumar, varillas de filtro, remolques de cigarrillos o maquinaria especial para tabaco, el departamento administrativo del monopolio de tabaco le ordenará que deje de producir los productos antes mencionados. confiscar las ganancias ilegales y pueden combinarse para imponer una multa.

Artículo 33: Cualquier persona que se dedique a un negocio mayorista de productos de tabaco sin obtener una licencia de empresa mayorista de monopolio de tabaco deberá recibir la orden del departamento administrativo del monopolio de tabaco de cerrar o detener el negocio mayorista de productos de tabaco; las ganancias ilegales serán confiscadas. , y se impondrá una multa .

Artículo 34 Cualquiera que no tenga una licencia especial de empresa monopólica tabacalera para dedicarse al negocio de importación y exportación de productos monopólicos de tabaco, al negocio de consignación de productos de tabaco extranjeros o a la compra y venta libre de impuestos de El departamento administrativo del monopolio del tabaco ordenará a los productos de tabaco extranjeros que cesen el negocio mencionado anteriormente, las ganancias ilegales serán confiscadas y se impondrán multas.

Artículo 35 Cualquier persona que opere un negocio minorista de productos de tabaco sin una licencia de monopolio minorista de tabaco recibirá la orden del departamento de administración industrial y comercial de detener el negocio minorista de productos de tabaco, se le confiscarán las ganancias ilegales y se le impondrá una multa.

Artículo 36 Quien produzca o venda cigarrillos, puros o tabaco envasado sin marca registrada, será ordenado por la administración industrial y comercial a suspender la producción y venta e imponerle una multa.

Quien produzca o venda productos de tabaco que falsifiquen marcas registradas ajenas, será ordenado por el departamento de administración industrial y comercial para que cese la infracción, indemnice al infractor por las pérdidas, pudiendo además ser multado si se trata de un delito; constituida, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley.

Artículo 37 Quien viole lo dispuesto en el artículo 21 de esta Ley e imprima ilegalmente marcas de productos de tabaco será destruido por el departamento administrativo industrial y comercial, las ganancias ilegales serán confiscadas y se le impondrá una multa. .

Artículo 38 Si la reventa de productos del monopolio del tabaco constituye delito de especulación, se investigará la responsabilidad penal conforme a la ley si las circunstancias son menores y no constituyen delito, los productos del monopolio del tabaco y; Las ganancias ilegales serán confiscadas por el departamento de administración industrial y comercial, y podrán ser sancionadas con el pago concurrente.

El personal del departamento administrativo del monopolio del tabaco y las empresas tabacaleras que se aprovechen de sus cargos para cometer el delito del párrafo anterior serán severamente castigados de conformidad con la ley.

Artículo 39 Quien falsifique o altere la licencia de empresa de producción del monopolio de tabaco, la licencia de negocio del monopolio de tabaco o el permiso de transporte estipulados en esta ley será investigado por responsabilidad penal de conformidad con la ley.

Quien compre o venda licencias de empresas de producción de monopolios de tabaco, licencias de negocios de monopolios de tabaco o permisos de transporte previstos en esta ley, será investigado por responsabilidad penal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley Penal.

El personal del departamento administrativo del monopolio del tabaco y las empresas tabacaleras que se aprovechen de sus cargos para cometer los delitos previstos en los dos primeros párrafos serán severamente castigados de conformidad con la ley.

Artículo 40 Si el contrabando de productos del monopolio del tabaco constituye delito de contrabando, la responsabilidad penal será investigada de conformidad con las disposiciones complementarias para la represión de los delitos de contrabando, si la cantidad de productos del monopolio del tabaco contrabandeados no es cuantiosa y; no constituye delito de contrabando, será decomisado por la aduana. El contrabando de mercancías, artículos y ganancias ilícitas también podrá dar lugar a multas.

El personal del departamento administrativo del monopolio del tabaco y las empresas tabacaleras que se aprovechen de sus cargos para cometer el delito del párrafo anterior serán severamente castigados de conformidad con la ley.

Artículo 41 El departamento administrativo del monopolio del tabaco tiene derecho a inspeccionar la implementación de esta ley. Cualquier persona que utilice violencia o amenazas para impedir que los inspectores del monopolio de tabaco realicen sus funciones de conformidad con la ley será investigada por responsabilidad penal de conformidad con la ley; cualquiera que se niegue u obstaculice a los inspectores del monopolio de tabaco en el desempeño de sus funciones de conformidad con la ley sin; el uso de violencia o amenazas será sancionado por los órganos de seguridad pública de conformidad con el Reglamento Sancionador de la Gestión de la Seguridad Pública.

Artículo 42 Si el personal del Tribunal Popular y los departamentos pertinentes que se ocupan de casos ilegales distribuyen de forma privada productos de tabaco confiscados, deberán seguir las disposiciones de los artículos 1 y 2 de las Disposiciones complementarias para sancionar el delito de corrupción y soborno. Persecución de responsabilidad penal.

Si el personal del Tribunal Popular y los departamentos pertinentes que se ocupan de casos ilegales compran productos de tabaco confiscados, se les ordenará que los devuelvan y se les podrán imponer sanciones administrativas.

Artículo 43 Si los miembros del personal de los departamentos administrativos del monopolio del tabaco y de las empresas tabacaleras abusan de su poder, cometen malas prácticas para beneficio personal o descuidan sus deberes, se les impondrán sanciones administrativas si las circunstancias son lo suficientemente graves como para; constituyen delito, serán penalmente responsables de conformidad con la ley.

Artículo 44 Si el interesado no está satisfecho con la decisión de sanción administrativa adoptada por el departamento administrativo del monopolio del tabaco y el departamento administrativo industrial y comercial, podrá, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción de la notificación de sanción. , presentar una denuncia ante la persona que tomó la decisión de sanción. La autoridad superior de la agencia podrá solicitar una reconsideración; la parte interesada también podrá presentar una demanda directamente ante el Tribunal Popular dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción de la notificación de sanción.

La autoridad de revisión deberá tomar una decisión de revisión dentro de los 60 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de revisión. Si una parte no está satisfecha con la decisión de revisión, puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción de la decisión de revisión si la autoridad de revisión no toma una decisión de revisión dentro del plazo; parte podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 15 días siguientes a la expiración del período de revisión.

Si la parte interesada no solicita la reconsideración dentro del plazo, no presenta una demanda ante el Tribunal Popular y no implementa la decisión de sanción, la agencia que tomó la decisión de sanción puede solicitar al Tribunal Popular de ejecución obligatoria.

Capítulo 8 Disposiciones complementarias

Artículo 45 El Consejo de Estado formulará los reglamentos de aplicación de conformidad con la presente Ley.

Artículo 46 La presente Ley entrará en vigor el 6 de junio de 2005. Al mismo tiempo, fueron abolidos los "Reglamentos del Monopolio del Tabaco" promulgados por el Consejo de Estado el 23 de septiembre de 1983.

Explicaciones del Tribunal Popular Supremo y de la Fiscalía Popular Suprema sobre varias cuestiones relativas a la aplicación específica de la ley en el tratamiento de casos penales relacionados con la producción y venta ilegal de productos del monopolio del tabaco.

(Aprobado en la 1481ª reunión del Comité Judicial del Tribunal Supremo Popular el 28 de febrero de 2009, y en la 29ª reunión del 11º Comité Fiscal de la Fiscalía Suprema Popular el 4 de febrero de 2010).

Con el fin de mantener el orden de la economía de mercado socialista y sancionar la producción y venta ilegal de productos de monopolio del tabaco de conformidad con la ley, de conformidad con las disposiciones pertinentes del Código Penal, se abordaron varias cuestiones relativas a la La aplicación específica de la ley en el manejo de tales casos penales se explica a continuación: Primero, cualquier persona que produzca y venda cigarrillos falsificados y de calidad inferior, y venda puros y otros productos especiales de tabaco con un monto de ventas superior a 50.000 yuanes, será condenado y castigado por el delito de producción y venta de productos falsificados y de calidad inferior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley Penal. Sin el permiso del titular de la marca registrada de cigarrillos, puros y otras especialidades del tabaco, si las circunstancias son graves, será condenado y sancionado por el delito de falsificación de marca registrada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 213 de la Ley Penal. . Cualquier persona que, a sabiendas, venda cigarrillos, puros y otras especialidades de tabaco que sean falsificaciones de marcas registradas ajenas, y el monto de las ventas sea relativamente grande, será condenado y sancionado por el delito de venta de productos con marcas registradas falsificadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 214 de la Ley Penal. La falsificación o fabricación no autorizada de marcas registradas de cigarrillos o puros ajenos o la venta de marcas registradas falsificadas o no autorizadas, si las circunstancias son graves, será condenada por el delito de fabricación o venta ilegal de marcas registradas fabricadas ilegalmente de conformidad con lo dispuesto en Artículo 215 de la Ley Penal sancionadora. Violar las regulaciones nacionales de gestión del monopolio de tabaco, operar ilegalmente productos de monopolio de tabaco sin el permiso del departamento administrativo del monopolio de tabaco, sin obtener una licencia de empresa de producción de monopolio de tabaco, una licencia de empresa mayorista de monopolio de tabaco, una licencia de empresa de monopolio de tabaco y una licencia de venta minorista de monopolio de tabaco, si las circunstancias lo son. graves, serán condenados y sancionados por el delito de negocio ilícito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 225 de la Ley Penal.

Artículo 2. Los cigarrillos, puros y otras especialidades del tabaco falsificados y de mala calidad aún no se han vendido y el valor de la mercancía supera el triple del umbral para condena del monto de las ventas previsto en el artículo 140 de la Ley Penal, o el El monto de las ventas no alcanza los 50.000 yuanes, pero no está relacionado con el monto de las ventas. Si el valor total de los productos no vendidos supera los 150.000 yuanes, serán declarados culpables y castigados por el delito de producción y venta de productos falsificados y de mala calidad (intento). . Si el volumen de ventas y el valor de los bienes no vendidos alcanzan diferentes rangos de penalización legal o ambos alcanzan el mismo rango de penalización legal, se impondrá una penalización más severa según corresponda dentro del rango de penalización legal que impone una penalidad más severa. Si se puede determinar el precio de venta de los cigarrillos y puros falsificados no vendidos incautados, se utilizará el precio de venta real. Si no se puede determinar el precio de venta real, si hay una marca, el precio de venta al por menor se calculará de acuerdo con el precio de venta al por menor emitido por el departamento administrativo del monopolio provincial del tabaco en el lugar donde se incauta la marca de cigarrillos o puros; sin marca, el cálculo se basará en el precio de venta al por menor emitido por el departamento administrativo provincial del monopolio del tabaco en el lugar donde se realizó la incautación. Cálculo del precio de venta medio de los cigarrillos en el año anterior. Artículo 3 Cualquier persona que opere ilegalmente productos de monopolio de tabaco en cualquiera de las siguientes circunstancias se considerará un "caso grave" según lo estipulado en el artículo 225 de la Ley Penal: (1) El monto del negocio ilegal es superior a 50.000 yuanes, o la cantidad de ingresos ilegales Más de 20.000 yuanes; (2) Operación ilegal de más de 200.000 cigarrillos; (3) Sanción administrativa por la operación ilegal de productos de monopolio de tabaco más de dos veces en tres años, y la cantidad de operación ilegal de productos de monopolio de tabaco. Es más de 30.000 yuanes. Cualquier persona que tenga una de las siguientes circunstancias se considerará un "caso particularmente grave" según lo estipulado en el artículo 225 de la Ley Penal: (1) El monto de las operaciones comerciales ilegales es superior a 250.000 yuanes, o el monto de las ganancias ilegales. cuesta más de 100.000 yuanes; (2) Vender ilegalmente más de un millón de cigarrillos. Artículo 4 Si el precio de compra o venta de productos especiales de tabaco puede determinarse ilegalmente, el volumen de negocio ilegal se calculará sobre la base del precio de compra o venta. Si no se puede determinar el precio de venta o compra, el volumen de negocio ilegal se calculará de acuerdo con el siguiente método: (1) El precio de los cigarrillos y puros incautados, si existe marca, se basará en el precio emitido por el Departamento administrativo del monopolio provincial del tabaco en el lugar donde se incauta la marca de cigarrillos y puros. Si no hay marca, el precio minorista de los cigarrillos se calcula de acuerdo con el precio minorista promedio de los cigarrillos del año anterior; Departamento administrativo del monopolio provincial de tabaco en el lugar de la incautación; (2) El precio de las hojas de tabaco recurridas y de las hojas de tabaco incautadas se calcula de acuerdo con el monopolio provincial del tabaco en el lugar de la incautación. Calculado sobre la base del precio de referencia promedio de los productos curados al humo. asignación de tabaco emitida por el departamento administrativo en el año anterior; (3) El precio del tabaco rallado se calcula de acuerdo con 1,5 veces el estándar de cálculo de precios especificado en el punto (2) El precio de los accesorios para cigarrillos, si existe un; marca, se calculará según la marca incautada. El cálculo del precio se basa en el precio publicado por el departamento administrativo provincial del monopolio de tabaco donde se encuentran los excipientes, si no existe marca, el cálculo se basa en el precio promedio del tipo de; excipientes de cigarrillos requeridos por la industria tabacalera en el año anterior publicado por el departamento administrativo provincial del monopolio del tabaco en el lugar donde se realizó la incautación (5) Ilegal El precio de producción, venta y compra de maquinaria especial para tabaco se calculará de acuerdo con; el catálogo nacional de precios orientativos para productos de maquinaria especial de tabaco emitido por el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado; si la maquinaria especial de tabaco no está incluida en el catálogo, el precio se calculará de acuerdo con el catálogo nacional de precios orientativos emitido por el tabaco; departamento administrativo de monopolio a nivel provincial o superior Cálculo del precio medio de maquinaria similar específica del tabaco en el catálogo. Artículo 5 Si un actor comete el delito de producción y venta ilegal de productos de monopolio de tabaco, que constituye simultáneamente el delito de producción y venta de productos falsificados e inferiores, el delito de infracción de derechos de propiedad intelectual y el delito de operaciones comerciales ilegales, deberá ser condenado y castigado de conformidad con las disposiciones sobre penas más severas. Artículo 6 Proporcionar a sabiendas préstamos, fondos, números de cuentas, facturas, certificados, licencias a otros, o proporcionar a otras personas locales de producción y negocios, equipos, transporte, almacenamiento, custodia, correo, agencia de importación y exportación y otras condiciones convenientes, o proporcionar otros con condiciones convenientes como Quienes proporcionen tecnología de producción y fórmulas para cigarrillos serán considerados penalmente responsables según el delito de * * *. Artículo 7 Cuando se manejen casos penales como la producción y venta ilegal de productos especiales de tabaco que requieran la identificación de productos especiales de tabaco falsificados y de mala calidad, la agencia de inspección de la calidad del tabaco designada por el departamento de gestión y supervisión de la calidad del producto del Consejo de Estado y el producto. Se encomendará la conducción al departamento de supervisión y gestión de la calidad del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central. Artículo 8 Si se utiliza violencia o amenazas para impedir que el personal encargado de hacer cumplir la ley del monopolio del tabaco cumpla con sus funciones de conformidad con la ley, y esto constituya un delito, se investigará la responsabilidad penal por el delito de obstrucción de las funciones oficiales. Si incitar a las masas a resistirse violentamente a la aplicación de la Ley del Monopolio del Tabaco, lo que constituye un delito, serán considerados penalmente responsables del delito de incitación a resistirse violentamente a la aplicación de la ley. Artículo 9 El término "productos especiales de tabaco", tal como se menciona en esta Interpretación, se refiere a cigarrillos, puros, tabaco rallado, hojas de tabaco recurridas, hojas de tabaco, papel de fumar, varillas de filtro, estopas de cigarrillos y maquinaria especial para tabaco. Los accesorios para cigarrillos a los que se hace referencia en esta explicación se refieren al papel para cigarrillos, las varillas de filtro y los estopas para cigarrillos.

El término "maquinaria especial para tabaco", como se menciona en esta explicación, se refiere al "Catálogo de maquinaria especial para tabaco" publicado por el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado, que puede completar uno o más procedimientos de procesamiento específicos y puede operar de forma independiente y se utiliza para Producción y procesamiento de cigarrillos y puros. Equipos mecánicos para tabaco, tabaco triturado, hojas de tabaco recicladas, hojas de tabaco, papel de fumar, varillas filtrantes y estopas de tabaco. El término "maquinaria especial para tabaco", tal como se menciona en esta explicación, se refiere a maquinaria y equipo que pueden completar los mismos procedimientos de procesamiento durante la producción y procesamiento de cigarrillos, puros, tabaco rallado, hojas de tabaco recurridas, hojas de tabaco, papeles para cigarrillos, barras de filtro, y remolques de tabaco. Artículo 10 Si las regulaciones pertinentes emitidas anteriormente son incompatibles con esta interpretación, esta interpretación prevalecerá.