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Artículo 204 de la Ley de Procedimiento Penal

Artículo 204 Si las partes, sus representantes legales o familiares cercanos presentan denuncias en cualquiera de las siguientes circunstancias, el tribunal popular volverá a juzgar: (1) Si hay nuevas pruebas que prueban la sentencia o fallo original Los hechos son efectivamente incorrectos;

(2) Las pruebas en que se basa la condena y sentencia son poco confiables o insuficientes, o existen contradicciones entre las principales pruebas que acreditan los hechos del caso;

(3) ) La sentencia o fallo original efectivamente fue erróneo en la aplicación de la ley;

(4) Los jueces incurrieron en corrupción, soborno, malas prácticas para beneficio personal o pervirtieron la ley.

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Este artículo prevé un nuevo juicio en apelación.

Un recurso de apelación es una solicitud de las partes, sus representantes legales y familiares cercanos que consideran que la sentencia o fallo efectivo del Tribunal Popular es erróneo y solicitan al Tribunal Popular o a la Fiscalía Popular su revisión y trámite. . El proceso de supervisión de juicios es un canal importante y una fuente material para que los órganos judiciales descubran y corrijan casos ilícitos. Sin embargo, una apelación no conduce necesariamente a un nuevo juicio ante el Tribunal Popular. El Tribunal Popular volverá a juzgar el caso sólo si se cumple una de las cuatro circunstancias legales. Las cuatro situaciones son: hay nuevas pruebas que demuestran que los hechos determinados en la sentencia o fallo original son efectivamente incorrectos, las pruebas en las que se basa la condena y la sentencia son poco fiables o insuficientes, o existe una contradicción entre las principales pruebas que prueban la existencia de pruebas de que los hechos determinados en la sentencia o fallo original son efectivamente incorrectos; hechos del caso; la sentencia original, el fallo fue que efectivamente hubo un error en la aplicación de la ley al conocer el caso, los jueces incurrieron en corrupción, cohecho, mala praxis para beneficio personal y quebrantamiento de la ley;