¿Una persona que puede ser condenada a cadena perpetua debe ser defendida por un abogado?
Análisis jurídico: Para las personas que pueden ser condenadas a cadena perpetua o muerte, el tribunal debe proporcionarles un defensor de conformidad con la ley. Si un sospechoso o acusado de un delito no ha designado un defensor independiente, el órgano de seguridad pública, la fiscalía popular y el tribunal popular notificarán de inmediato a la agencia de asistencia jurídica para que le asigne otro abogado para defenderlo.
Base jurídica: Artículo 15 del "Reglamento de Asistencia Jurídica en los Procedimientos Penales"
En los casos en que se concede asistencia jurídica previa solicitud, el sospechoso o imputado insiste en defenderse Si un abogado designado por una institución de asistencia jurídica se niega a defenderlo, la institución de asistencia jurídica lo permitirá y tomará la decisión de poner fin a la asistencia jurídica, si existen razones legítimas para solicitar un cambio de abogado, la institución de asistencia jurídica lo asignará; otro abogado para defenderlo.
Para los casos que requieren notificación de la defensa, si un sospechoso o acusado de un delito se niega a ser defendido por un abogado asignado por una agencia de asistencia jurídica, el órgano de seguridad pública, la fiscalía popular y el tribunal popular deben averiguar la motivos de la denegación y tienen motivos legítimos, se debe permitir y se debe informar al sospechoso o acusado de un delito que debe designar un defensor independiente. Si un sospechoso o acusado de un delito no ha designado un defensor independiente, el órgano de seguridad pública, la fiscalía popular y el tribunal popular notificarán de inmediato a la agencia de asistencia jurídica para que le asigne otro abogado para defenderlo.