¿Puede el demandado presentar una reconvención en una demanda por infracción de marca?
Si lo demandan por infracción de marca registrada, debe responder activamente a la demanda. El demandante en un juicio por infracción de marca será el propietario o interesado de la marca registrada. Si el demandante no es el propietario o interesado de la marca registrada, el demandado podrá oponer una defensa incondicional contra el demandante. El plazo de prescripción por infracción del derecho exclusivo de uso de una marca registrada es de dos años, contados a partir de la fecha en que el titular de la marca o el interesado tenga conocimiento de la infracción. Si un titular de registro de marca o parte interesada presenta una demanda hace más de dos años, y si la infracción continúa durante la demanda, el tribunal popular ordenará al demandado que cese la infracción dentro del período de validez del derecho exclusivo de uso de la marca registrada.
Objetividad jurídica:
Artículo 57 de la Ley de Marcas: Infringe el derecho exclusivo de uso de una marca registrada quien cometa cualquiera de los siguientes actos: (1) Sin el permiso del registrante de la marca (2) Usar una marca que es la misma que su marca registrada en el mismo tipo de productos sin el permiso del registrante de la marca o usar una marca que es idéntica o similar a su marca registrada en productos similares sin el permiso; del titular de la marca registrada Una marca que pueda causar confusión (3) Vender productos que infrinjan el derecho exclusivo de usar una marca registrada (4) Forjar o fabricar sin autorización signos de marca registrada de otros o vender marcas registradas falsificadas o no autorizadas; signos (5) Vender productos sin registro de marca El solicitante del registro acepta cambiar la marca registrada y poner los productos con la marca modificada nuevamente en el mercado (6) Facilita deliberadamente la infracción de los derechos exclusivos de las marcas comerciales de otros y ayuda a otros a; infringir los derechos exclusivos de las marcas comerciales; (7) Provocar que otros utilicen las marcas registradas exclusivamente para otros daños.