¿Pueden los familiares acompañar a los abogados de detención penal cuando se reúnen con ellos?
Ley - Base jurídica:
Artículo 37 de la Ley de Procedimiento Penal: Los abogados defensores pueden reunirse y comunicarse con los sospechosos de delitos y los acusados bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados bajo custodia con el permiso del Tribunal Civil Popular y de la Fiscalía Popular.
Si un abogado defensor solicita reunirse con un sospechoso o acusado de un delito detenido con un certificado de ejercicio de abogado, un certificado de bufete de abogados, un poder y una carta de asistencia jurídica, el centro de detención deberá organizar la reunión en el momento oportuno. manera, a más tardar 48 horas.
En los casos de delitos que pongan en peligro la seguridad nacional, actividades terroristas y, en particular, delitos graves de soborno, los abogados defensores deberán obtener permiso de la investigación, la fiscalía y la aduana cuando se reúnan con sospechosos de delitos bajo custodia durante la etapa de investigación. Los casos, investigaciones, inspecciones y limpiezas antes mencionados deberán ser notificados con antelación al Negociado de Seguridad.
Cuando los abogados defensores se reúnen con sospechosos de delitos y acusados bajo custodia, pueden conocer el caso y brindarles asesoramiento legal. A partir de la fecha de transferencia del caso para juicio, investigación y enjuiciamiento, se pueden verificar las pruebas pertinentes con los sospechosos y acusados de delitos. Los abogados defensores no están sujetos a supervisión cuando se reúnen con sospechosos y acusados de delitos.
Las disposiciones de los apartados 1, 3 y 4 se aplicarán a las reuniones y correspondencia entre los abogados defensores y los sospechosos de delitos y los acusados bajo custodia.