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¿Cuáles son las reglas para la emisión y uso de certificados de calificación de agentes de marcas?

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de las "Medidas provisionales para la gestión de las organizaciones de agencias de marcas" y las necesidades del trabajo de las agencias de marcas, la emisión y el uso del "Certificado de calificación de agente de marcas" (en adelante, el Certificado de calificación) son Por el presente se estipula lo siguiente:

1. Alcance de distribución: Agentes de marcas que se dedican a negocios de agencia de marcas dentro de una organización de agencia de marcas y han pasado la evaluación de la Oficina de Marcas.

2. Ámbito de aplicación: Los agentes de marcas que se dediquen al negocio de agencia de marcas deberán presentar un certificado de calificación.

Tres. Autoridad emisora: El certificado de calificación es elaborado y emitido de manera uniforme por la Oficina de Marcas de la Administración Estatal de Industria y Comercio.

4. Disciplinas que debe observar el titular del certificado:

(1) Actuar conforme a los procedimientos legales.

(2) No se podrán cobrar tarifas de forma privada.

(3) El certificado de calificación no se prestará a otras personas.

(4) No buscar beneficio personal ni incurrir en malas prácticas para beneficio personal.

(5) Sea cortés, honesto y justo.

Gestión de certificados de calificación de verbo (abreviatura de verbo):

(1) Las agencias de marcas deben registrar y presentar certificados de calificación de agentes dentro de sus propias agencias y formular medidas de gestión unificadas.

(2) El titular del certificado de calificación debe conservarlo adecuadamente. Si se daña o se pierde, debe solicitar de inmediato a la autoridad emisora ​​una nueva emisión.

(3) El certificado de calificación deberá registrarse en la Oficina de Marcas una vez al año. Los certificados de calificación no registrados se consideran inválidos.

(4) Si un agente de marcas cambia la organización de la agencia de marcas, el certificado de calificación se presentará a la Oficina de Marcas dentro de un mes y el certificado se devolverá después de que la Oficina de Marcas lo haya visado.

(5) Para los agentes de marcas que violen las disciplinas, además de confiscar sus certificados de calificación, también se les deben imponer sanciones disciplinarias según las circunstancias.

(6) Si la organización de agencia de marcas transferida ya no realiza trabajos de agencia de marcas, al transferirse de la organización de agencia de marcas, su certificado de calificación se retirará y se devolverá a la Oficina de Marcas.

(7) Las agencias de marcas deberán informar a la Oficina de Marcas al final de cada año sobre la expedición, pérdida y reposición de los certificados de calificación.

(8) La Oficina de Marcas supervisará e inspeccionará periódicamente la gestión de certificados de calificación de varias organizaciones de agencias de marcas y la disciplina de los titulares de certificados.