¿Los honorarios del abogado del demandante pueden correr a cargo del demandado?
La ley no exige que las partes estén representadas por abogados, por lo que las partes pueden optar por contratar un abogado o no contratarlo según sus propias circunstancias. Los siguientes casos pueden requerir que el acusado asuma los honorarios de los abogados y los costos del litigio:
1. Casos de asistencia legal;
2. Casos de infracción de derechos de autor;
3. Casos de infracción de marcas;
4. Casos de infracción de patentes;
5. Casos de competencia desleal;
6. Casos de litigio en los que los acreedores ejercen su derecho de cancelación. disputas contractuales;
7. Casos de litigios sobre derechos de garantía;
8. Casos de litigios de interés público civil del consumidor.
En los litigios civiles, los honorarios del litigio los asigna el tribunal en función de las circunstancias reales del caso, generalmente quién pierde la demanda. En cuanto a los honorarios de abogados, si hay acuerdo, se pueden pactar. Si no hay acuerdo, quien contrate al abogado lo pagará. Entre ellos, la parte perdedora en el caso de propiedad intelectual correrá con todos los costos.
De acuerdo con el principio de libertad contractual, siempre que ambas partes acuerden en el contrato que los honorarios de los abogados correrán a cargo de la parte perdedora, las reclamaciones por honorarios de los abogados generalmente se sustentarán en juicios o arbitrajes. Por lo tanto, al redactar el contrato, las partes del contrato pueden enumerar los honorarios de los abogados como daños y perjuicios e incluso estipular en detalle el método y la norma para asumir los honorarios de los abogados.
Base jurídica
Métodos de pago de los honorarios del litigio
Artículo 29 Los honorarios del litigio serán a cargo de la parte perdedora, a menos que la parte vencedora los soporte voluntariamente.
Si el caso se gana o se pierde parcialmente, el tribunal popular determinará el monto de los gastos del litigio a cargo de las partes en función de las circunstancias específicas del caso.
* * *Si una parte pierde la demanda, el tribunal popular decidirá el monto de los gastos del litigio que deberá soportar cada parte en función de su interés en el objeto de la demanda. Artículo 32 Si se cumplen las disposiciones del artículo 9 (1) y (2) de estas Medidas, los gastos del litigio serán sufragados por la parte que solicita un nuevo juicio; si ambas partes solicitan un nuevo juicio, los gastos del litigio serán de conformidad con el artículo; 29 de estas Medidas. La carga de los costos del litigio del juicio original será redeterminada por el tribunal popular de conformidad con el principio de carga de los costos del litigio.