¿Se puede garantizar la detención penal durante la Fiscalía de la Fiscalía?
Leyes y regulaciones pertinentes:
1. El artículo 65 de la "Ley de Procedimiento Penal" estipula claramente que para los sospechosos o acusados de delitos que tengan alguna de las siguientes circunstancias, el Tribunal Popular, Las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública pueden liberar bajo fianza a personas en espera de juicio: (1) quienes puedan ser condenados a vigilancia pública, detención penal o penas adicionales independientes; (2) quienes puedan ser condenados a penas de prisión de duración determinada o más; y quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio no representará un peligro para la sociedad (3) Quienes padecen enfermedades graves, mujeres que no pueden cuidar de sí mismas, están embarazadas o están amamantando a sus propios bebés, quedan en libertad bajo fianza en espera de juicio; no representan un riesgo para la sociedad; (4) El período de detención ha expirado y el caso no ha concluido, y deben ser puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio.
2. Según el artículo 78 del "Reglamento Procesal para la Tramitación de Casos Penales por los Órganos de Seguridad Pública", los sospechosos de delitos que sean reincidentes, principales delincuentes de grupos criminales y eludan la investigación mediante autolesiones. , automutilación, etc. estarán sujetos a delitos violentos graves y los sospechosos de otros delitos graves no podrán ser puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio.