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Una pregunta sobre la solicitud de patente

Debería haber solicitado prioridad el día 3, pero no la solicitó el día 2. De ser así, en primer lugar, resulta dudoso que la solicitud nº 3 pueda gozar de prioridad. El contenido de la Solicitud No. 3 es básicamente el mismo y no tiene nada que ver con la determinación de si se establece el derecho de prioridad. La clave depende de lo que representes.

Si las reivindicaciones 1-3 de la solicitud No. 3 son consistentes con las reivindicaciones de la solicitud No. 1 (preferiblemente son idénticas sin mejoras, para que puedan disfrutar al 100% de prioridad). Si el solicitante debe modificarlo, es decir, existe la llamada "mejora no crítica", depende de si la mejora está registrada en la especificación de solicitud No. 1, y no basta con registrar solo las características técnicas. de la mejora. Esto también depende de si su solución técnica mejorada está registrada en la descripción de la aplicación en su conjunto.

Pero a juzgar por su descripción, estas mejoras no están registradas en la descripción ni en las afirmaciones originales. Incluso si son mejoras no críticas, básicamente no pueden disfrutar de prioridad. Porque las soluciones técnicas son completamente diferentes, es decir, las invenciones no pertenecen a la misma materia.

Asimismo, si las tres reclamaciones adicionales constan en la Solicitud N° 1, gozarán de prioridad, en caso contrario no gozarán de prioridad.

Hablemos primero de los conflictos de aplicaciones. Si se establece la prioridad, la aplicación No. 3 puede convertirse en una aplicación conflictiva para la aplicación No. 2. No sé cuáles son sus aplicaciones No. 2 y No. 3, por lo que es difícil juzgar. Los criterios para el juicio son los mismos que para el juicio de novedad.

Si no se establece el derecho de prioridad, entonces la Solicitud N° 2 es el estado de la técnica de la Solicitud N° 3, y hay más del 90% de probabilidad de que el Documento de Referencia 1 de la Solicitud N° 3 sea el estado de la técnica más cercano.

Si se maximizan los beneficios. Ese es el mejor de los casos: la aplicación n.° 3 tiene prioridad y la aplicación n.° 2 es diferente de la aplicación n.° 3. La diferencia radica en la "mejora no crítica" que mencionó. Dado que las solicitudes contradictorias no pueden utilizarse para evaluar la actividad inventiva, se espera que se concedan tanto la solicitud n.º 2 como la n.º 3.

El peor de los casos es que el número 3 no pueda disfrutar de prioridad. El número 2 es la tecnología existente del número 3 y puede evaluar la creatividad del número 3, por lo que el número 3 es básicamente inútil. Todavía hay drama el día 2.

Si quieres saber más, debes describir en detalle los contenidos de la aplicación 1, 2 y 3. Su descripción es demasiado general y difícil de juzgar.